CARRILLO/GARAY
Rol
M-2706-2024
Fecha
30 de abril de 2025
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Indemnización de trabajadora de casa particular, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS CONTROVERTIDOS X DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA X OBSERVACIONES A LA PRUEBA, PARTE DEMANDANTE X SENTENCIA X Incomparecencia: el demandado fue legalmente notificado según consta a folio 30 no comparece a la audiencia y no contestó la demanda, trámite que se tiene por evacuado en su rebeldía. Al escrito presentado por el apoderado de la parte: Téngase presente y por digitalizados los documentos. Llamado a conciliación: resultó frustrado. Fija hechos controvertidos: 1) Existencia de relación laboral. Efectividad que la demandante prestó servicios dependientes y subordinados respecto del demandado. Fecha de inicio, funciones desempeñadas, jornada y lugar de trabajo. Pormenores y circunstancias. En la afirmativa de lo anterior: 2) Haberes que componen la remuneración y cuantía para efectos indemnizatorios y compensatorios del feriado. 3) Fecha de término de la relación laboral, pormenores y circunstancias. 4) Estado de pago de las cotizaciones previsionales correspondientes a AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile por el tiempo servido. 5) Cuantía de la remuneración devengada en enero y febrero de 2024, efectividad de encontrarse pagada. 6) Cuantía del feriado proporcional devengado. Medios de Prueba: LA PARTE DEMANDANTE OFRECIÓ E INCORPORÓ LOS SIGUIENTES MEDIOS DE PRUEBA: Documental: 1) 07 hojas de cartola chequera electrónica emitida por el Banco del Estado. 2) Presentación de reclamo N° 1318/2024/9501 de fecha 12.04.2024. 3) Acta de comparendo de conciliación de fecha 08 de mayo de 2024. 4) Certificado de AFP Planvital. 5) Certificado de Fonasa. 6) Certificado de AFC Chile. La prueba documental no fue objetada ni de fondo ni de pertinencia. Confesional: Se solicitó la declaración del demandado, bajo apercibimiento legal, quien no compareció. La demandante solicita hacer efectivo el apercibimiento correspondiente y el Tribunal deja su resolución para definitiva. PRUEBA DEL DEMANDADO: Atendida la incomparecencia del demandad
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, 8°, 9°, 41, 42, 54 a 58, 71, 73, 420, 423, 446 a 462, 496 a 502 del Código del Trabajo; se resuelve: I) Que se acoge la demanda interpuesta por doña JUDITH CAROL CARRILLO MALDONADO, cédula de identidad N° 25.977.817-4, en contra de don CARLOS ARTURO GARAY SANCHEZ, cédula de identidad N° 6.131.217-K; y se declara: A) La existencia de un contrato de trabajo entre las partes, entre el 7 de diciembre de 2023 y el 6 de febrero de 2024. B) Que el demandado deberá pagar las siguientes sumas a la demandante: - $187.272, por remuneraciones adeudadas, correspondientes a los meses de enero y febrero de 2024. - $49.000, por compensación del feriado proporcional. - Las cotizaciones previsionales en AFP Planvital, Fonasa y AFC Chile por el periodo entre el 7 de diciembre de 2023 y el 6 de febrero de 2024, en base a una remuneración mensual equivalente a la suma de $420.000, pago que deberá efectuar ante aquellas instituciones previsionales. II) Que las sumas que se ordena pagar se reajustarán y devengarán el interés que corresponda, según el artículo 63 del Código del Trabajo. III) Que cada parte pagará sus costas. IV) Una vez ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella dentro de 5° día hábil, de lo contrario y previa certificación pasen los antecedentes para su cumplimiento compulsivo ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Las partes quedan notificadas en el acto de esta sentenc
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ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO DE RECLAMO MONITORIO FECHA TREINTA DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA TRES RUC 24-4-0582964-5 RIT M-2706-2024 MAGISTRADO JORGE LUIS ESCUDERO NAVARRO ADMINISTRATIVO DE ACTAS ARTURO MEDEL HORA DE INICIO 10:31 HORAS HORA DE TÉRMINO 10:50 HORAS N° REGISTRO
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