Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

OLIVARES/TODO PLACAS SPA

Rol

M-74-2025

Fecha

28 de abril de 2025

Materia

Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos a probar 1.- Existencia de la relación laboral entre las partes, fecha de inicio y término de la misma, servcicios contratados y remuneración que debe servir de base de cálculo para el pago de prestaciones. 2.- Motivo de término de la relación laboral, causal invocada, cumplimiento de las formalidades legales, y efectividad de los hechos que se hayan expuesto como justificación para poner término al contrato de trabajo. 3.- Efectividad de adeudarse alguna suma a la demandante por concepto de feriado legal y/o proporcional, en su caso monto. Pruebas incorporadas por la parte demandante I.- Documental: 1.- Reclamo ante la Inspección del Trabajo de fecha 26 de noviembre de 2024. 2.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo de fecha 4 de diciembre de 2024. 3.- Contrato de trabajo de fecha 3 de enero de 2022. 4.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 3 de abril de 2022. 5.- Carta de aviso de término de contrato de trabajo de fecha 18 de noviembre de 2024. 6.- Proyecto de finiquito entregado por la demandada, sin firma. II.- Confesional: De don Alex Mauricio Montecinos Bravo, representante legal de la demandada, quien llamado por el Tribunal a viva voz y por tres veces consecutivas, éste no comparece. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento del artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. Tribunal: deja su resolución para definitiva. III.- Exhibición de documentos: Se exhiba por la demandada los siguientes documentos, bajo apercibimiento legal: 1.- Comprobante de otorgamiento del feriado de la demandante o comprobante de pago de la indemnización compensatoria del mismo. 2.- Carta de despido y comprobante de envío de una copia de la misma a la Inspección del Trabajo respectiva La parte demandante atendido a que no fueron exhibidos los documentos por la demandada, por su inasistencia, solicita se haga efectivo el apercibimiento del artículo 453 N°5 del Código del Trabajo. Tribunal: Atendida la no comparecenci

Fallo

se declara frustrado el llamado a conciliación. Hechos a probar 1.- Existencia de la relación laboral entre las partes, fecha de inicio y término de la misma, servcicios contratados y remuneración que debe servir de base de cálculo para el pago de prestaciones. 2.- Motivo de término de la relación laboral, causal invocada, cumplimiento de las formalidades legales, y efectividad de los hechos que se hayan expuesto como justificación para poner término al contrato de trabajo. 3.- Efectividad de adeudarse alguna suma a la demandante por concepto de feriado legal y/o proporcional, en su caso monto. Pruebas incorporadas por la parte demandante I.- Documental: 1.- Reclamo ante la Inspección del Trabajo de fecha 26 de noviembre de 2024. 2.- Acta de comparendo de conciliación ante la Inspección del Trabajo de fecha 4 de diciembre de 2024. 3.- Contrato de trabajo de fecha 3 de enero de 2022. 4.- Anexo de contrato de trabajo de fecha 3 de abril de 2022. 5.- Carta de aviso de término de contrato de trabajo de fecha 18 de noviembre de 2024. 6.- Proyecto de finiquito entregado por la demandada, sin firma. II.- Confesional: De don Alex Mauricio Montecinos Bravo, representante legal de la demandada, quien llamado por el Tribunal a viva voz y por tres veces consecutivas, éste no comparece. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento del artículo 454 N°3 del Código del Trabajo. Tribunal: deja su resolución para definitiva. III.- Exhibición de documentos: Se ex

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA FECHA 28 DE ABRIL DE 2025 RUC 25-4-0644983-4 RIT M-74-2025 MAGISTRADO RODRIGO DÍAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVO DE ACTAS CAROLINA LEÓN AGUILERA SALA 2 HORA DE INICIO 10:55 HORA DE TERMINO 11:30 Nº REGISTRO DE AUDIO 2540644983-4-1337 PARTE DEMANDANTE CAMILA ANDREA OLIVARES NEYRA ABOGADO LUCAS MARDONES OJEDA PARTE DEMANDADA (EN REBELDIA) TODO PLACAS SPA La

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica