RBU SANTIAGO SA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO SUR ORIENTE
Rol
I-26-2025
Fecha
25 de abril de 2025
Materia
Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante presentación de fecha 10 de enero de 2025 comparece el señor Alfredo Valdés Rodríguez, abogado, en representación de RBU Santiago S.A., ambos domiciliados en avenida José Arrieta N° 9425, comuna de La Reina, quien deduce acción de reclamación en contra de la Resolución de Multa N° 6183/24/55, de 19 de diciembre de 2024, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente, representada legalmente por el señor Pablo Fuentes Cáceres, ambos domiciliados en Campos de Deporte N° 787, comuna de Ñuñoa. Funda su pretensión señalando que su parte fue sancionada a través del acto administrativo impugnado por no llevar correctamente el sistema especial de control de asistencia y de las horas de trabajo, conforme lo establecido y regulado mediante Resolución Exenta N° 805, de fecha 30 de mayo de 2008, debido a que la empresa presentó un registro automatizado desarrollado por la empresa Easy Informático EIRL, el que no contaba con los requisitos señalados en la resolución exenta ya señalada, al no contener una planilla de ruta en duplicado en donde se refleje las horas trabajadas en cada turno firmada por el conductor, la programación semanal y/o mensual del ciclo de turno y un informe mensual y/o semanal de la jornada ordinaria y extraordinaria efectuada por los conductores, lo que afectó a los trabajadores Juan Bejarano Espinoza, Cristopher Aguilar Torres, Joel Castillo Provoste, Luis Díaz Bello, Diego Estay Padilla, Pablo Fuentealba Olmazabal, Joel González Donoso, Nelson Huecha Cheuquelén, Juan Ibarra Velásquez y José Jara Recabarren, correspondiente a los períodos de marzo de 2024 a noviembre de 2024. Se estimó como infringida la norma contenida en el inciso segundo del artículo 33 del Código del Trabajo. Manifiesta que, en la especie, la reclamada vulneró el principio del non bis in ídem, toda vez que el supuesto fáctico de la sanción es no llevar correctamente el registro de asistencia y determinación de la
Fundamentos
considerandos precedentes. Undécimo: Que no se condena en costas a la reclamante por estimar que tuvo motivos plausibles para litigar.
Fallo
Por estas consideraciones, teniendo, además en consideración lo dispuesto en los artículos 1 y siguientes, 503 y siguientes del Código del Trabajo; artículo 23 del DFL N° 2, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de 1967 y demás disposiciones legales aplicables, se declara: I.- Que se rechaza la acción de reclamación promovida por la empresa RBU Santiago S.A. en contra la Inspección Comunal del Trabajo Santiago Sur Oriente y, en consecuencia, se mantiene la Resolución de Multa N° 6183/24/55, de 19 de diciembre de 2024 II.- Que cada parte pagará sus costas. RIT I-26-2025. RUC 25- 4-0637311-0. Dictada por don Mauricio Guajardo Espinoza, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. Vistos y teniendo presente: Primero: Que mediante presentación de fecha 10 de enero de 2025 comparece el señor Alfredo Valdés Rodríguez, abogado, en representación de RBU Santiago S.A., ambos domiciliados en avenida José Arrieta N° 9425, comuna de La Reina, quien deduce acción de reclamación en contra de la Resolución de Multa N° 6183/24/55,
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