CONTRERAS/CORPORACION EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCION
Rol
T-1281-2024
Fecha
25 de abril de 2025
Materia
Art. 19 Nº 16 CPR. Libertad de Trabajo y su protección, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDOS: PRIMERO: Que, comparece don MARIO ANTONIO CONTRERAS MEDINA Profesor de Historia y Ciencias Sociales, RUT. 16.274.253-1, con domicilio en Los Olivos N°282, quien interpone demanda en contra de la Corporación Educacional de la Construcción; representada legalmente por doña Rosana Sprovera Manríquez. Indica que el inicio de la relación laboral fue el 02 de marzo de 2020, siendo contratado bajo subordinación y dependencia por la demandada suscribiendo con igual fecha el respectivo contrato de trabajo a plazo fijo, para realizar funciones como Profesor de Historia en el Liceo Industrial Ernesto Pinto Lagarrigue ubicado en calle República de Chile N° 255, comuna de Rancagua, cumplía sus funciones de lunes a viernes, en jornada de 44 horas cronológicas semanales. Su contrato de trabajo inicialmente fue de plazo fijo y con fecha 01 de marzo de 2022, mediante anexo de contrato, pasó a ser de duración indefinida, la remuneración pactada con su ex empleador al mes de febrero de 2024, último mes de vigencia de la relación contractual, estaba compuesta por $1.900.486. indica que, en el año 2021, el actor suscribió con su ex empleador un anexo de contrato de trabajo que modificó las condiciones de la relación contractual entre las partes dado que el Liceo Industrial Ernesto Pinto Lagarrigue ingresó a la carrera docente, lo que importó una reestructuración de las remuneraciones de todo el personal docente. Esta modificación en las condiciones de remuneraciones significó una disminución en su sueldo base y como contrapartida, un incremento en el estipendio denominado “ Planilla suplementaria”, cuyo resultado final implicó un incremento en su remuneración líquida, la que continuó recibiendo por los meses siguientes sin dificultad por casi un año; sin embargo, en el mes de octubre del año 2022, la alerta vino desde el director del liceo señor Cristian Letelier Valdivia y del presidente del sindicato don Luis González, quienes convocaron a una reunión de todo el cuerp
Fundamentos
fundamentos que motivaron el despido. En subsidio para el caso que se estime que la carta cumple con los supuestos legales, la causal de “Necesidades de la Empresa” es del tipo objetivo, y
Fallo
por tanto su origen será siempre ajeno a la conducta contractual o personal del dependiente y que excede, de igual forma, la mera voluntad del empleador. Requiere entonces para su configuración de la concurrencia de hechos o circunstancias que fuercen procesos de modernización o racionalización -derivados ambos del funcionamiento de la empresa- o de acontecimientos de tipo económico graves, como son las bajas en la productividad o cambios en las condiciones del mercado, los que deberán ser probados en el pleito. Por lo que solicita se aumente la indemnización de años de servicio en un treinta por ciento, si se hubiere dado término por aplicación improcedente del artículo 161 del código del Trabajo, por la suma de $ 2.280.583 (dos millones doscientos ochenta mil, quinientos ochenta y tres pesos), equivalentes al 30% de la indemnización por años de servicios, más reajustes e intereses. SEGUNDO: Que, comparece INÉS VIÑUELA SUÁREZ, abogada, cédula nacional de identidad N° 6.878.513-8, y EVELYN ANTÚNEZ VIÑUELA, abogada, cédula nacional de identidad N° 13.675.020-8, por la demandada y denunciada CORPORACIÓN EDUCACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN, en adelante también COREDUC, quien, en relación a la tutela laboral, exponen lo siguiente: a) Es efectivo que el actor ingresó a prestar servicios para su representada el 02 de marzo de 2020, mediante un contrato a plazo fijo, el que posteriormente devino en indefinido. b) Es cierto que el denunciante se desempeñaba como Profesor de Historia y G
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago En Santiago a veinticinco de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y OIDOS: PRIMERO: Que, comparece don MARIO ANTONIO CONTRERAS MEDINA Profesor de Historia y Ciencias Sociales, RUT. 16.274.253-1, con domicilio en Los Olivos N°282, quien interpone demanda en contra de la Corporación Educacional de la Construcción; representada legalmente por doña Rosana S
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