1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

ZAMORA/ICARO SEGURIDAD LIMITADA

Rol

M-5111-2024

Fecha

24 de abril de 2025

Materia

Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACION (llamado) X · 1. TOTAL - · 2. PARCIAL - · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. RECLAMANTE X · A. DOCUMENTAL X · B.TESTIMONIAL X · 1. RECLAMADA X · A. DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X RELACION DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Que la trabajadora prestó servicios laborales desde 05 de enero de 2024, con la empresa Icaro Seguridad Ltda. 2. Que a su vez le prestaba servicios al Instituto Nacional De Deportes De Chile, como guardia se seguridad. 3. Que el 15 de julio de 2024 concluyó el contrato entre Instituto Nacional De Deportes De Chile e empresa Icaro Seguridad Ltda. 4. Que a la trabajadora no se le pagaron las remuneraciones correspondientes a los días trabajados de julio de 2024 y el feriado proporcional. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. La efectividad que a la trabajadora se le despidió verbalmente el día 15 de julio de 2024. 2. Si la demandada Instituto Nacional De Deportes De Chile cumplió o no con su derecho/deber de información y retención, en su caso. 3. La base de cálculo para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE RECLAMANTE OFRECE E INCORPORA: Documental: 1. Acta de comparendo de conciliación de fecha 23 de agosto de 2024. 2. Liquidaciones de sueldo correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril y junio del año 2024, donde se menciona la instalación donde trabajaba la demandante. El tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Testimonial: 1. Previo juramento, declara doña Hortensia Sáez Curriman, cédula de identidad N° 13.030.848-1. PARTE RECLAMADA OFRECE E INCORPORA: ICARO SEGURIDAD LIMITADA Documental: 1. Contrato de Trabajo de fecha 9 de enero de 2024. 2. Liquidaciones de sueldo correspondientes a los

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con esta fecha se conoció de la demanda en procedimiento monitorio por despido sin causa legal, subcontratación y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, interpuesta con fecha 29/10/2024 por doña MARIA ANTONIETA ZAMORA, cédula de identidad Nro.25.849.517-9, de nacionalidad venezolana, casada, domiciliada en El Parque 320, depto 32, comuna de Peñalolén, ciudad de Santiago, en contra de, ICARO SEGURIDAD LIMITADA, RUT Nro. 76.575.376-7, representada por don Gabriela Paz Chandía Ruiz, ambas domiciliadas en Calle Orrego N°315, Cerro Esperanza, VALPARAISO; y en contra del INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE, RUT 61.107.000-4, representada legalmente por don Israel Fernando Castro López, ambos domiciliados en Calle Fidel Oteiza N°1956, piso N°2, comuna de Providencia. EN VIRTUD DE LO EXPUESTO y disposiciones legales aplicable

Fallo

se declara que: I. Que se acoge la demanda, declarando injustificado el despido de doña MARIA ANTONIETA ZAMORA, obligando a la empresa ICARO SEGURIDAD LIMITADA y el INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES DE CHILE, todos individualizados, a pagar solidariamente las siguientes prestaciones: a) Indemnización sustitutiva de aviso previo por $ 722.500.-; b) Remuneraciones de 15 días servidos en el mes de Julio de 2024, por $360.990.- c) Feriado proporcional, $262.560.- II. Que las sumas ordenadas pagar mediante la presente resolución deberán ser reajustadas y devengarán intereses en la forma señalada en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que, no se condena en costas a las demandadas, regulándose las personales en la suma de $ 240.000.-. Regístrese, se le tiene por notificado y archívese en su oportunidad. Dirigió la audiencia doña LUZ ADRIANA CELEDON BULNES, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a veinticuatro de abril de dos mil veinticinco. REGISTRO DE AUDIO

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio FECHA 24/04/2025, Santiago RUC 24- 4-0618602-0 RIT M-5111-2024 CARATULADO ZAMORA/ICARO SEGURIDAD LIMITADA MAGISTRADO LUZ ADRIANA CELEDON BULNES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ashley Morales HORA DE INICIO 11:17 HORA DE TERMINO 12:33 SALA 1.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440618602-0-1348 PARTE RECLAM

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