OSORIO/MARKVISION INT CHILE LTDA
Rol
O-583-2024
Fecha
24 de abril de 2025
Materia
Costas, Feriado proporcional, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 09 de octubre de 2024, don EGIDIO REGULO OSORIO OYARCE, dependiente, actualmente cesante, domiciliado para estos efectos en calle Patricio Lynch N°1364 de la Ciudad de Iquique, interponen demanda en juicio ordinario, en contra de MARKVISIÓN INT´L CHILE LTDA. RUT Nº76.142.970-1, representada por don MAHMOUD KI AMRO, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Manzana 14 Galpón 10, Zona Franca, ciudad de Iquique, y en forma solidaria o subsidiaria, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO, RUT Nº69.265.100-6, representada por don PATRICIO ELÍAS FERREIRA RIVERA, alcalde, ambos con domicilio en Avenida Ramón Pérez Opazo N°3125, comuna de Alto Hospicio, solicitando se condene a las demandadas al pago de las indemnizaciones y prestaciones que alega, más reajustes, intereses y costas. Que, con fecha 16 de diciembre de 2024, se tuvo por contestada la demanda, por la demandada principal. Que, con fecha 24 de octubre de 2024, se tuvo por contestada la demanda por la demandada solidaria o subsidiaria. Que, en audiencia preparatoria celebrada con fecha 29 de enero de 2025, se llamó a las partes a conciliación, la cual no se produjo. Que, en audiencia preparatoria se fijaron los siguientes puntos de prueba: 1.- Efectividad de ser procedente el despido alegado por la demandante hechos y circunstancias. 2.- Efectividad de adeudarse las prestaciones que se alegan; montos. 3.- Existencia de la responsabilidad alegada por la parte demandante en su caso naturaleza jurídica y extensión. Que, con fecha 14 de febrero de 2025, la parte demandante y la demandada solidaria o subsidiaria, llegaron a un avenimiento. Que, las partes ofrecieron prueba al tenor de los puntos de prueba determinados por el tribunal. CON LO RELACIONADO VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el demandante manifiesta que ingresó a trabajar para la demandada principal, con fecha 29 de septiembre del año 2023, a fin de desempeñarse como GUARDIA DE SEGURIDAD, con una remuneración $642.666.-, en régimen de subcontratación con la Municipalidad de Alto Hospicio. En cuanto al despido expresa que, el 30 de junio de 2024, la empresa demandada principal le comunicó la decisión de poner término a la relación laboral a partir de dicha fecha, por la causal contemplada en el artículo 159 N°4 del Código del Trabajo, esto es, “vencimiento del plazo convenido en el contrato”. Agrega que, no obstante, la demandada principal no ha dado cumplimiento al pago de las prestaciones a las cuales se encuentra obligada, esto es, la remuneración del mes de junio de 2024, por la suma de $642.666.- y el feriado proporcional por la suma de $235.642.-, por un total de 11 días.
Fallo
POR TANTO, solicita que se acoja su demanda, declarando: 1.- Que, el despido del cual fue objeto con fecha 30 de junio del año en curso se declara nulo en conformidad a lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo. 2.- Que, se condena a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a.- $642.666.-, por concepto de remuneraciones correspondientes al mes de junio del año 2024. b.- $235.642.-, por concepto de feriado proporcional (11 días). c.- $1.927.998.-, por concepto de remuneraciones devengadas desde la fecha del despido nulo, esto es, desde el día 30 de junio de 2024 a la fecha de presentación del presente libelo, a las que se deberán adicionar todas aquellas remuneraciones que se devenguen hasta la fecha de convalidación. 4.- Que, se oficie a las instituciones de previsión del suscrito, a fin de que, dichas instituciones desplieguen las acciones pertinentes para perseguir el pago de las cotizaciones de previsión adeudadas por las demandadas a esta parte. 5.- Que, las prestaciones se paguen debidamente reajustadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. 6.- Que, se condena a las demandadas a las costas de la causa. SEGUNDO: Que, contestando la demanda, la demandada principal expresa que: i. Reconoce expresamente la relación laboral con la parte demandante. ii. Reconoce expresamente la fecha de término de la relación laboral, por vencimiento del plazo convenido en el contrato. II.- Niega expresamente: i. que se den las hip
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N° RIT 0-583-2024 RUC 24-4-0615457-9 OSORIO OYARCE, EGIDIO REGULO CON MARKVISIÓN INT´L CHILE LTDA. MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO JUICIO ORDINARIO SENTENCIA Iquique, veinticuatro de abril de dos mil veinticinco VISTOS: Que, con fecha 09 de octubre de 2024, don EGIDIO REGULO OSORIO OYARCE, dependiente, actualmente cesante, domiciliado para estos efectos en calle Patricio Lynch N°1364 de la Ciudad
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