1º Juzgado de Letras de Los Andes

BANCO DE CHILE/GODOY

Rol

C-2281-2024

Fecha

30 de junio de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1, comparecen Gaspar Cort s Moya y Mauricio Aranedaé Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., personera jur dica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente generalí Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad an nima bancaria, del giro de suó denominaci n, representada a su vez por su gerente general Eduardoó Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en Calle Maip N 330 Oficina 35 Edificio Elba, Los Andes;ú ° quienes deducen demanda ejecutiva en contra de Catalina Andrea Godoy Flores, de quien ignoran profesi n u oficio, domiciliada en Avenida Pedro Aguirreó Cerda N 900, casa 33, Rinconada, a fin que se despache mandamiento de° ejecución y embargo en su contra por la suma de $3.257.981 m s interesesá pactados y costas. Fundan su demanda en que su representado es due o y leg timoñ í tenedor del pagar suscrito con fecha 19/11/2024, por la suma de $é 3.257.981, por Sociedad Operadora de Tarjetas de Cr dito Nexus S.A.,é representada por Marcelo Linker Urria, factor de comercio, y este ltimo aú su vez, en representaci n del deudor, seg n consta en el Contrato deó ú Tarjeta de Cr dito y Uso de Canales Remotos para Personas, que formaé parte del Contrato Unificado de Personas, el que se encuentra firmado por la demandada. Agregan que, de acuerdo a lo pactado en el pagar , la cantidadé adeudada devengar a desde su suscripci n y hasta la fecha del pago efectivo,í ó el m ximo inter s que permite la ley estipular para operaciones de cr ditoá é é de dinero no reajustables. Presentado a cobro, el documento no fue pagado, adeud ndose ená consecuencia la cantidad de $3.257.981, suma a la que hay que agregar y calcular los intereses pactados, los penales y las costas de esta causa. El deudor liber al Banco de la obligaci n de protesto.ó ó A folio 3 del cuaderno de apremio, consta el requerimiento de pago al deudor, el que se practic ó con

Fundamentos

considerando: Primero: Que, la ejecutada funda la excepci nó del N°2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre, en que el mandato judicial acompa ado no da fe de lañ representaci n legal de la demandante, por no constar su calidad deó Gerente General. Segundo: Que, evacuado el traslado, el ejecutante solicita su rechazo, atendido que consta en el mandato la representaci n legal.ó Tercero: Que, el mandato Judicial de Banco de Chile a Mauricio Araneda Bunting consta en la escritura p blica, repertorio N 6.182-2003 deú ° fecha 6 de marzo de 2003 complementada mediante escritura, repertorio N 26.698-2016 de fecha 2 de agosto de 2016, ambas otorgadas en la° Notar a Ren Benavente Cash, consta por escritura p blica, repertorioí é ú N 793-2023 de fecha 20 de enero de 2023, respectivamente, otorgada ante° don Gino Beneventi Alfaro, Notario P blico Interino de la 45 Notar a deú ° í Santiago, que acompa junto a la demanda; cuestiñó ón que fue tomada en consideración en la acreditación de poder de fecha 14 de noviembre de 2024, realizada ante el Secretario del tribunal, por lo que la excepci nó será rechazada. Cuarto: Que, la excepción del artículo 464 N°7 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demando, se funda en que no aparece acreditado que se haya dado cumplimiento por la parte ejecutante al pago del Impuesto de Timbres y Estampillas, lo que priva de mérito ejecutivo al título. Quinto: Que, el ejecutante indica que consta en el pagar é que el impuesto al que se refiere la ejecutada ha sido pagado. Sexto: Que, el Decreto Ley N°3581 del año 1980, artículo 3°, hace inaplicable la sanción establecida en el inciso 1 ° del artículo 26 del Decreto Ley N°3475 a los documentos cuyo impuesto se paga por ingresos mensuales en Tesorería, los que sólo deben reunir los requisitos establecidos en dicho Decreto Ley, tales como la numeración correlativa y la leyenda que el impuesto que grava la operación se paga por ingresos mensuales en Tesorería. Pues bien, de la revisión del pagar é que sirve de base en la presente ejecución, consta que el título contiene la referida leyenda “Exento de impuestos de timbres y estampillas seg n D.L 3.475, art culo 24, N 9ú í ° ”, por lo que esta excepción debe ser rechazada. S ptimo:é Que, en lo relativo a la excepci n de la nulidad de laó obligaci n, establecida en el n mero 14 del art culo 464 del C digo deó ú í ó Código: CFBXZPGMBN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2281-2024 Procedimiento Civil, el ejecutado fundamenta su defensa primero indicando que, siendo el documento en cuesti n un pagar a la vista, la fecha de suó é vencimiento no requiere sea consignada en el mismo,

Fallo

se declararon admisibles las excepciones, dictándose acto seguido la correspondiente interlocutoria de prueba. A folio 21 del cuaderno principal, se cit a las partes a oó ír sentencia. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, la ejecutada funda la excepci nó del N°2 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre, en que el mandato judicial acompa ado no da fe de lañ representaci n legal de la demandante, por no constar su calidad deó Gerente General. Segundo: Que, evacuado el traslado, el ejecutante solicita su rechazo, atendido que consta en el mandato la representaci n legal.ó Tercero: Que, el mandato Judicial de Banco de Chile a Mauricio Araneda Bunting consta en la escritura p blica, repertorio N 6.182-2003 deú ° fecha 6 de marzo de 2003 complementada mediante escritura, repertorio N 26.698-2016 de fecha 2 de agosto de 2016, ambas otorgadas en la° Notar a Ren Benavente Cash, consta por escritura p blica, repertorioí é ú N 793-2023 de fecha 20 de enero de 2023, respectivamente, otorgada ante° don Gino Beneventi Alfaro, Notario P blico Interino de la 45 Notar a deú ° í Santiago, que acompa junto a la demanda; cuestiñó ón que fue tomada en consideración en la acreditación de poder de fecha 14 de noviembre de 2024, realizada ante el Secretario del tribunal, por lo que la excepci nó será rechazada. Cuarto: Que, la excepción del artículo 464 N°7 d

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C-2281-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Los Andesº CAUSA ROL : C-2281-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/GODOY Los Andes, treinta de junio de dos mil veinticinco. Visto: A folio 1, comparecen Gaspar Cort s Moya y Mauricio Aranedaé Bunting, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., personera jur dica del giro cobranza a terceros, representada por su gerent

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