1º Juzgado de Letras de Curicó

BRAVO/ROJAS

Rol

C-777-2025

Fecha

30 de junio de 2025

Materia

ARRENDAMIENTO,DESAHUCIO CONTRATO BIENES RAÍCES URBANOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Que, a folio 1, con fecha 03 de mayo de 2025, comparece do añ CAROLINA BRAVO FUENZALIDA, c dula nacional de identidad N 14.588.087-é ° 4, Asistente Social, soltera, domiciliada en Camilo Henr quez N 86 de Curic , quiení ° ó vino en interponer demanda de t rmino de contrato de arriendo por incumplimientoé de las obligaciones que impone el contrato en procedimiento sumario en contra de do a ñ PAULINA ANDREA ROJAS GUTIERREZ, nacional de identidad N 13.573.997-9, se ignora profesi n u oficio, domiciliada para estos efectos en el° ó inmueble arrendado esto es, en Villa Don Rodrigo, pasaje Manzanilla casa 2615 comuna de Curic .ó Funda su presentaci n se alando que con ó ñ fecha 11 de Julio de 2019 entregó en arrendamiento a do a Paulina Andrea Rojas Guti rrez una propiedad compuestañ é de casa habitaci n ubicada en Villa don Rodrigo pasaje Manzanilla casa N 2615 deó ° esta ciudad de Curic , mediante contrato de arriendo suscrito en la Notar a deó í Curic de don Hern n Fuentes Acevedo, el que se acompa a en un otros .ó á ñ í Detalla que la renta de arrendamiento se pact en la suma de $300.000.-ó mensuales, cantidad que debe pagarse por periodos anticipados dentro de los primeros diez de cada mes. Tambi n se pact que el arrendatario se obliga a mantener al d a lasé ó í Cuentas de agua potable y luz el ctrica, debiendo exhibir el Pago correspondiente ené forma mensual. Expone que el contrato se acord a plazo fijo de un a o a contar del d a 11 deó ñ í julio de 2019 uno de febrero de 2022, plazo que se renovar a autom ticamente porí á periodos iguales si ninguna de las partes manifestare su intenci n de ponerle t rmino conó é una anticipaci n de un mes al t rmino del respectivo periodo.ó é Código: MXFWXZFQDVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Afirma que el demandado reiteradamente no ha dado cumplimiento a su obligaci n contractual de mantener las Cuentas de Agua Potable y Luz El ctrica al d a

Fundamentos

considerando el plazo de dos meses m s el aumento del mismo, por 5á meses y teniendo en consideraci n el m ximo establecido al final de la norma citada,ó á debe considerarse que el plazo del desahucio es de 6 meses, contados desde la fecha de notificaci n de la demanda.ó Explica que, teniendo presente que la notificaci n de la demanda fue el d a 15 deó í mayo de 2025, el plazo del desahucio judicial (6 meses) termina con fecha 15 de noviembre de 2025, fecha en que su representada deber a hacer entrega del inmuebleí materia de autos en el caso de dar lugar a la solicitud de desahucio, lo que desde ya solicita declarar en el caso que sea acogido el desahucio en la presente demanda. PETICIONES CONCRETAS. En consecuencia, en raz n a los argumentosó expuestos precedentemente, solicita se sirva tener por contestada la demanda interpuesta, solicitando: Código: MXFWXZFQDVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 a.- Que, se rechace la demanda, por no constituir el plazo pactado un incumplimiento contractual. b.- Que, se rechace la demanda, por no tener sentido dar t rmino a un contratoé ya expirado por el vencimiento del plazo extintivo de pleno derecho. c.- Que, se rechace la demanda de t rmino del contrato de arrendamiento bajoé la causal del no cumplimiento del pago de los servicios b sicos (agua y luz), toda vez que, elá pago de los servicios es accesorio al pago principal que es el arrendamiento, toda vez que las partes no pactaron en momento alguno que dichos conceptos son parte esencial del contrato y no revisten el car cter de obligaci n principal que de m rito a pedir elá ó é t rmino del contrato de arrendamiento.é d.- En subsidio y en el evento que se d lugar a la demanda o que se d lugar alé é desahucio incoado por la contraria, se declare que el plazo del desahucio judicial en el presente juicio es de 6 meses, el que termina con fecha 15 de noviembre de 2025, fecha en que su representada deber a hacer entrega del inmueble materia de autos.í Luego, conferido traslado a la parte demandante respecto de la objeci n deó documentos planteada por la demandada, la parte demandada, esta ratifica el documento, por cuanto asume la buena fe y que la fotograf a del contrato acompa adaí ñ es la correspondiente, solicita tener por evacuado el traslado. El Tribunal resuelve, tener por evacuado el traslado, se resolver junto con laá sentencia definitiva. Consta del acta que, llamadas las partes a conciliación, sta no se produce dadoé que los comparecientes no logran acuerdo. Acto seguido se recibi la causa a prueba, rindi ndose la que obra en el proceso.ó é Finalmente, atendido a lo dispuesto en el art culo 610 del C digo deí ó Procedimiento Civil, habi ndose realizado la audiencia de rigor, sin haber m s pruebaé á que rendir, se cita a las partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OBJECI N DE DOCUMENTOS DE FOLIOÓ 11: PRIMERO: Que, en el primer otros de folio 11í , la part

Fallo

fallo cause ejecutoria, bajoí apercibimiento de lanzamiento con auxilio de la fuerza p blica;ú 2.- Condenar al demandado al pago de las Cuentas de Servicios ya indicados en lo principal; y 3.- Al pago de las costas de la causa. Que, a folio 8, con fecha 15 de mayo de 2025, rola estampe receptorial que da cuenta de notificaci n de conformidad al art culo 44 del C digo de Procedimientoó í ó Civil, a do a Paulina Andrea Rojas Guti rrez, practicada con fecha 15 de mayo deñ é 2025. Que, a folio 13, con fecha 10 de junio de 2025 , rola acta de audiencia de contestaci n, conciliaci n y prueba, con la comparecencia del abogado de la parteó ó demandante don Rodrigo Enrique Llanca Fuenzalida y el abogado de la parte demandada don Carlos Palacios Maldonado. La parte demandante ratifica la demanda deducida en todas sus partes, solicitando se d lugar a ella con expresa condenaci n en costas. El Tribunal tiene poré ó ratificada la demanda. Código: MXFWXZFQDVM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 La parte demandada contesta la demanda mediante minuta escrita rolante a folio 11, solicitando se tenga como parte integrante de la presente audiencia. Al efecto arguye que la demanda de autos carece del m s m nimo m rito yá í é sentido, y debe ser rechazada por muchas razones. La primera y m s clara es porque elá contrato de arrendamiento que existi entre las partes respecto de un inmueble ubicadoó en Curic , Villa Don R

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Foja: 1 FOJA: 10 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : C-777-2025 CARATULADO : BRAVO/ROJAS Curico, treinta de junio de dos mil veinticinco VISTO: Que, a folio 1, con fecha 03 de mayo de 2025, comparece do añ CAROLINA BRAVO FUENZALIDA, c dula nacional de identidad N 14.588.087-é ° 4, Asistente Social, soltera, domiciliada en Camilo Henr quez N 8

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