4º Juzgado Civil de Santiago

CÓRDOVA/

Rol

V-317-2024

Fecha

27 de junio de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de su escrito de fecha 27 de diciembre de 2024, comparece Carold Jeannette Ortiz Ramírez, empleada, en representación de su hija menor de edad Maite Antonia Córdova Ortiz, estudiante, ambas con domicilio en Calle Concordia 4562, comuna de La Florida, Región Metropolitana. La compareciente solicita el cambio del primer apellido de su representada y, en consecuencia, la rectificación de su partida de nacimiento. Indica que su representada nació el 13 de abril de 2012 y fue inscrita bajo el N°708, en el Registro del Servicio de Registro Civil e Identificación referente al año 2012, de la circunscripción de La Florida, siendo registrada con el nombre de Maite Antonia Córdova Ortiz. Manifiesta la solicitante, que desde la edad de cuatro años, su hija ha sido conocida como Maite Antonia Rojas Ortiz, tanto en la vida social, familiar y en general en cualquier área que se desenvuelva. Agrega que, desde el año 2014, época en la cual la solicitante comenzó a vivir con Iván Alejandro Rojas Salinas, su representada considera a aquel como su padre, ocupando el apellido de él en su grupo social, familiar y escolar, siendo identificada como Maite Antonia Rojas Ortiz por todas las personas con las que interactúa. Refiere que su hija no tiene contacto con su padre biológico ni lo reconocer como tal, solo está consciente de aquel hecho por lo refrendado en su certificado de nacimiento. En definitiva, al tenor de los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y 1 inciso segundo letra b) de la Ley N°17.344, solicita tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre y que, accediéndose a tal petición, se rectifique la partida de nacimiento de su representada, quedando su nombre en definitiva como Maite Antonia Rojas Ortiz. SEGUNDO: Que, con fecha 19 de febrero de 2025, se tuvo por recibido Informe N°644 del Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 12 de febrero de 2025, en el cual se señala que consta en los registros la inscripción de nacimiento N°708, del año 2012, de la circunscripción de La Florida, siendo titular de ella Maite Antonia Córdova Ortiz, nacida el 13 de abril de 2012, consignando en el rubro correspondiente a Julio Emilio Córdova Rivas, y en el correspondiente a madre a Carold Jeanette Ortiz Ramírez. Código: HUXXXZDXSUD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Agrega este documento que, en la referida inscripción de nacimiento, a la fecha de revisión de esta en la base de datos computacional del servicio, consta subinscripción de acta de reconocimiento del padre de la inscrita, de fecha 25 de abril de 2012, otorgada por el padre ante el Oficial Civil de La Florida, y rectificación administrativa por Orden del Servicio 1466 de 1986, ambas practicadas con fecha 2 de mayo de 2012. Asimismo, mediante este oficio se sugiere, para un mejor resolver, la citación de la peticionaria y de su padre, a fin de q

Fallo

SE RESUELVE: Que SE HACE LUGAR a la petición de lo principal del escrito de fecha 27 de diciembre de 2024 y se ordena la rectificación de la partida de nacimiento inscrita bajo el N°708 del año 2012 de la circunscripción de La Florida del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, sólo en cuanto se sustituye el apellido “Córdova”, por el de “Rojas”, quedando en definitiva la referida inscripción a nombre de “Maite Antonia Rojas Ortiz”, sexo femenino, cédula de identidad N°23.923.363-5. Procédase por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile a efectuar la sub-inscripción legal de esta sentencia judicial al margen de la partida de nacimiento singularizada en el párrafo que antecede, de acuerdo con el artículo 19 de la Ley N°4.808, en relación con el artículo 3 de la Ley N°17.344. Regístrese, notifíquese, dese copia y, en su oportunidad, archívense los antecedentes. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintisiete de junio de dos mil veinticinco Código: HUXXXZDXSUD Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-27T18:52:42-0400

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-317-2024 CARATULADO : C RDOVA/Ó Santiago, veintisiete de junio de dos mil veinticinco VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en lo principal de su escrito de fecha 27 de diciembre de 2024, comparece Carold Jeannette Ortiz Ramírez, empleada, en representación de su hija menor de edad Maite Antonia Córdova Orti

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