1º Juzgado de Letras de Arica

ROJAS/

Rol

V-253-2023

Fecha

27 de junio de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que en el folio 1, compareció CHRISTOFFER FERNANDO ROJAS TICUNA, 16.227.012-5, abogado, con domicilio en calle General Lagos Nº 746 Arica, de la comuna de Arica; e interpuso solicitud de cambio -en la inscripción de nacimiento- de su primer nombre “CHRISTOFFER” para que pase a ser “CRISTÓBAL”, quedando en definitiva como “CRISTÓBAL FERNANDO ROJAS TICUNA”. Fundó su solicitud haciendo presente que, según consta en el certificado de nacimiento acompañado en un otrosí de su presentación, nació en la ciudad de Arica, con fecha 24 de abril de 1986, y fue inscrito con el nombre de CHRISTOFFER FERNANDO ROJAS TICUNA. Indicó que, sin embargo, durante gran parte de su vida fue llamado por sus cercanos con el nombre de CRISTÓBAL, por resultar más fácil de escribir y pronunciar que CHRISTOFFER, debiendo convivir con ambos nombres. Señaló que en su entorno familiar y social es conocido como CRISTÓBAL, mientras que en el ámbito laboral debe presentarse como CHRISTOFFER por razones formales. Hizo presente que esta dualidad lo ha llevado a desear regularizar su situación nominal, a fin de poder identificarse exclusivamente como CRISTÓBAL. Añadió que, en la actualidad, es reconocido con ese nombre por familiares, amigos y vecinos, con la única excepción del ámbito laboral. Manifestó que uno de los

Fundamentos

motivos que lo impulsan a solicitar esta modificación es haber nombrado a su hijo menor, de diez meses de edad, como Cristóbal Alonso Rojas Vásquez, en atención a la identificación personal que siente con dicho nombre. Expuso que su estado civil actual es el de divorciado, razón por la cual existe un registro de matrimonio con inscripción de divorcio que deberá ser modificado. Hizo presente que tiene dos hijos menores de edad: Fátima Fernanda Rojas Vásquez, RUT 27.434.148-7, de actualmente 2 años de edad, y Cristóbal Alonso Rojas Vásquez, RUT 27.950.289-2, de actualmente 10 meses de edad, por lo que resulta necesario realizar las modificaciones correspondientes en lo relativo al nombre del padre. Código: XHQEXZHXKFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Previas citas legales, solicitó tener por interpuesta solicitud cambio de nombre, ordenando en definitiva la modificación de su primer nombre, en el sentido que su nombre quede en definitiva como CRISTÓBAL FERNANDO ROJAS TICUNA, debido al uso social y familiar por más de cinco años. En el folio 12 rola informe del Servicio de Registro Civil e Identificación. En el folio 15 rola la publicación de rigor. En el folio 18 se rindió información sumaria de testigos. En el folio 20 rola certificado del señor Secretario Subrogante del Tribunal de que no hubo oposición a la solicitud de autos, encontrándose vencido el plazo para hacerlo. En el folio 31 consta oficio emitido por la Fiscalía Regional de Arica y Parinacota. En el folio 33 consta oficio emitido por Carabineros de Chile. En el folio 41 consta oficio emitido por la Policía de Investigaciones de Chile. En el folio 44 se citó a oír sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Artículo 1°, letra b) de la Ley 17.344, dispone que: “Cualquier persona podrá solicitar por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: (...) b) Cuando el solicitante haya sido conocido, durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres, apellidos o ambos, diferentes de los propios”. De este modo, se permite el cambio de nombres o apellidos, o de ambos a vez, estableciendo como requisito para ello, que quien lo solicita haya sido conocido por más de 5 años con un nombre o apellido diverso, cuestión que el solicitante manifestó fue el fundamento de su petición, al haber sido conocido por más de 5 años como Cristóbal Fernando Rojas Ticuna. SEGUNDO: Que para acreditar los requisitos legales para el cambio de nombre del solicitante éste acompañó en el proceso el siguiente documento: 1.- Certificado de Nacimiento de Christoffer Fernando Rojas Ticuna. 2.- Certificado de nacimiento de hijo Cristóbal Alonso Rojas Vásquez. 3.- Certificado de nacimiento de hija Fátima Fernanda Rojas Vásquez. El primer documento acompañado, da cuenta que efectivamente el nombre completo del solicitante es Christoffer Fernando Rojas Ticuna. Por su p

Fallo

se declara: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 1 y, se ordena al Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación que proceda a rectificar la inscripción de nacimiento N° 1.177 del año 1986, de la circunscripción de Arica, del Servicio de Registro Civil e Identificación, R.U.N 16.227.012-5, a fin de que se reemplace el nombre del inscrito “Christoffer Fernando Rojas Ticuna”, por “CRISTÓBAL FERNANDO ROJAS TICUNA”, manteniéndose invariables sus demás datos de identificación. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol N° V-253-2023 Dictada por GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica./fdl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del Código de Procedimiento Civil. En Arica, a veintisiete de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: XHQEXZHXKFC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-27T10:39:45-0400

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FOJA: 44 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-253-2023 CARATULADO : ROJAS/ Arica, veintisiete de junio de dos mil veinticinco VISTOS: Que en el folio 1, compareció CHRISTOFFER FERNANDO ROJAS TICUNA, 16.227.012-5, abogado, con domicilio en calle General Lagos Nº 746 Arica, de la comuna de Arica; e interpuso solicitud de cambio -en la inscripció

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