TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA/CABEZAS
Rol
C-23030-2024
Fecha
26 de junio de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 27 de diciembre de 2024ó comparece el abogado Joaqu n Carrillo Moreno en representaci n convencional del Banco Itaí ó ú Chile, representada por Andr Carvalho Whyte Gailey, en su calidad deé continuador legal de Ita Corpbancaú , y este a su vez en representaci n deó la Tesorer a General de la Rep blica, todos con domicilio en calle M lagaí ú á N 89, piso 9, comuna de Las Condes, demandando en juicio ejecutivo a° Francisca Alejandra Cabezas Arriagada, domiciliada en calle Gaspar Mar ní N 260 y/o calle Jose Miguel Carrera Gaspar Mar n N 260, Las Animas,° í ° ambos comuna de Valdivia, por la suma de 322,2528 UF m s intereses yá costas. Indica que su representada es due a de dos pagar s por las sumas deñ é 7,69588 UF y 314,5940 UF, con vencimiento el 10 de diciembre de 2024, suscritos el 11 de noviembre de 2024 por uno de sus apoderados, quien actu seg n mandato otorgado en el Contrato de Apertura de L nea deó ú í Cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal,é ó í Seg n Ley N 20.027.ú ° El capital adeudado devengar a a contar de la fecha de su suscripci n,í ó y hasta la fecha de pago efectivo, la tasa de inter s m xima convencionalé á vigente para operaciones de cr dito de dinero reajustables en monedaé nacional. Asimismo, se pact que, en caso de mora o simple retardo en el pagoó del capital adeudado, se devengar a un inter s penal igual al m ximoí é á convencional que la ley permita estipular para operaciones en moneda nacional reajustable, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci n adeudada en virtud de estos pagar s. ó é El deudor no pag los referidos documentos, adeudando ó 322,2528 UF. Código: NNYYXZQYHHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl La firma del suscriptor fue autorizada ante notario p blico. La deudaú consta de t tulo ejecutivo, es l quid
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen 2 í pagar sé Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritos el 11 de noviembre de° 2024 por Antonio Tuya Fuentes en representaci n del ejecutante y este, aó su vez, en representaci n de la ejecutada, por las sumas de 7,6588 UF yó 314,5940 UF, pagaderos al 10 de diciembre de 2024. Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s el ejecutante acompa los siguientesá ñó documentos: - contrato de apertura de l nea de cr dito para estudiantes deí é educaci n superior, con garant a estatal, seg n Ley N 20.027, suscrito por eló í ú ° ejecutado, en cuya cl usula d cima quinta dos) le confiri mandato especial,á é ó irrevocable y delegable, para que, actuando individualmente cualquiera de sus mandatarios, procedieran a la suscripci n, en su nombre yó representaci n, de uno o m s pagar s, debiendo autorizarse su firma por unó á é notario p blico; y, ú - informe de situaci n acad mica emitido por la Comisi nó é ó Administradora del Sistema de Cr ditos para Estudios Superiores, en el queé consta que la ejecutada termin el plan de estudios y egres el 31 deó ó diciembre de 2017. Agrega que la certificaci n de egreso dio inicio aló per odo de servicio normal del financiamiento, gener ndose la obligaci n deí á ó pago del cr dito el é 10 de julio de 2019. TERCERO: Que en lo relativo a la excepci n de concesi n deó ó esperas y pr rroga del plazo, atendido lo dispuesto en el art culo 1698 deló í C digo Civil, tocaba a la ejecutada acreditar los fundamentos de su defensa,ó lo que no hizo, por lo que ser desechada.á Código: NNYYXZQYHHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que sobre la excepci n de falta de requisitos del t tuloó í para que tenga fuerza ejecutiva, basada en no estar suscrito el pagar por elé ejecutado, as como respecto del primer fundamento í de la excepci n deó nulidad, sustentada en que el ejecutante hizo uso abusivo del mandato conferido para suscribir los pagar s, excedi ndose en lo referente al montoé é adeudado, condiciones de pago y tasa de inter s aplicada, é ser ná desestimados pues como se refiri en la motivaci n segunda, el ejecutadoó ó facult al ejecutante para que sus apoderados suscribieran pagar s ó é en su representaci n autoriz ndose la firma por notario p blico, constando en laó á ú cl usula d cima sexta del citado contrato á é las instrucciones para su llenado, las que no han sido desatendidas, por lo cual y seg n lo previsto en elú art culo 11 de la Ley N 18.092, no puede eximirse del pago de laí ° obligaci n. ó QUINTO: Que en lo que toca al segundo argumento de la excepci nó de nulidad de la obligaci n, esto es, constituir eó l cr dito con aval del Estadoé una grave violaci n a los derechos de los consumidores y una inmoralidadó deber tal cantidad de dinero para acceder al derecho const
Fallo
se declararon admisibles lasó excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba. ó Por resoluci n de 12 de junio de 2025 se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen 2 í pagar sé Financiamiento de Estudios de Educaci n Superior con Garant a deló í Estado, Fisco de Chile (Ley N 20.027), suscritos el 11 de noviembre de° 2024 por Antonio Tuya Fuentes en representaci n del ejecutante y este, aó su vez, en representaci n de la ejecutada, por las sumas de 7,6588 UF yó 314,5940 UF, pagaderos al 10 de diciembre de 2024. Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s el ejecutante acompa los siguientesá ñó documentos: - contrato de apertura de l nea de cr dito para estudiantes deí é educaci n superior, con garant a estatal, seg n Ley N 20.027, suscrito por eló í ú ° ejecutado, en cuya cl usula d cima quinta dos) le confiri mandato especial,á é ó irrevocable y delegable, para que, actuando individualmente cualquiera de sus mandatarios, procedieran a la suscripci n, en su nombre yó representaci n, de uno o m s pagar s, debiendo autorizarse su firma por unó á é notario p blico; y, ú - informe de situaci n acad mica emitido por la Comisi nó é ó Administradora del Sistema de Cr ditos para Estudios Superiores, en el queé consta que la ejecutada termin el plan de estudios y egres el 31 deó ó diciembre de 2017. Agrega que la certificaci n de egreso dio inicio aló per odo de servicio norma
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-23030-2024 CARATULADO : TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA/CABEZAS Santiago, veintis is de junio de dos mil veinticinco.é VISTOS: En presentaci n de 27 de diciembre de 2024ó comparece el abogado Joaqu n Carrillo Moreno en representaci n convencional del Banco Itaí ó ú Chile, representada por Andr Carvalho Whyte Gai
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