Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó

NORDEN CLEAN SPA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO COPIAPÓ

Rol

I-29-2025

Fecha

21 de abril de 2025

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: 1°) A folio 1, comparece doña Marys Escalante Valenzuela, dominicana, empresaria, cédula de Identidad N°22.614.886-8, domiciliada para estos efectos en calle Uribe 636, oficina 707, comuna de Antofagasta, en representación de NORDEN CLEAN SPA, rol único tributario N°77.467.501-9, de su mismo domicilio, deduciendo reclamo judicial en contra de la Inspección del Trabajo Provincial de Copiapó, representada legalmente por su Inspector don Benjamín Oscar Guiroux Zuluaga, Jefe Inspección Provincial de Copiapó, ambos domiciliados en Atacama N°433, Edificio IPS (ex INP), 2do Piso, comuna de Copiapó, por la dictación de la Resolución de Multa N°3530/25/46 de fecha 11 de marzo de 2025, pidiendo que se deje sin efecto. Indica que la resolución reclamada le fue notificada el 15 de marzo de 2024, y le aplica una multa de 1,11 IMM, $365.358, por no comparecer el empleador en forma personal o por intermedio de mandatario o apoderado con amplias facultades a la Inspección del Trabajo. Niega haber recibido la citación a la inspección, siendo la primera comunicación recibida desde la reclamada, la multa que impugna, no enterándose de la citación a un comparendo de conciliación de fecha 11 de marzo de 2025. Por lo anterior, pide: I. Que se deje sin efecto la Resolución de Multa N°3530/2025-46 de fecha 11 de marzo de 2025, emitida por la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago; II. Que, en subsidio, se rebaje al mínimo legal. III. Que se condene en costas a la reclamada o en subsidio se exima al reclamante de su pago. 2°) En la audiencia respectiva el reclamado evacuó su contestación, pidiendo el rechazo de la acción con costas, asumiendo para ello una defensa negativa, y por los argumentos que constan al audio. 3°) Luego, se hicieron los llamados conciliación, los que no prosperaron, y se fijó como hecho pacifico el siguiente: “Que se dictó por la reclamada la Resolución de Multa Administrativa N°3530/2025-46 de fecha 11 de marzo de 2025, del siguiente tenor: “No c

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 503 y siguientes del Código del Trabajo, 144 del Código de Procedimiento Civil, artículo 1698 del Código Civil, artículos 29 y 30 del DFL N°2 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y demás normas aplicables, se declara: I. Que se RECHAZA el reclamo interpuesto en folio 1, por NORDEN CLEAN SPA, en contra de la INSPECCIÓN DEL TRABAJO PROVINCIAL DE COPIAPÓ, representada por don Benjamín Oscar Guiroux Zuluaga, Jefe Inspección Provincial de Copiapó, respecto de la Resolución de Multa N°3530/25/46, de fecha 11 de marzo de 2025. II. Que se rechaza la petición subsidiaria de rebaja de la Resolución de Multa N°3530/25/46 de fecha 11 de marzo de 2025. III. Que cada parte solventará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad RIT: I-29-2025. RUC: 25-4-0660880-0 Dictada por ANITA NICULCAR SOLÍS, Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo y cobranza Previsional de Copiapó.

Texto Completo (Preview)

Juzgado del Trabajo de Copiapó Lunes, veintiuno de abril de dos mil veinticinco Vistos: 1°) A folio 1, comparece doña Marys Escalante Valenzuela, dominicana, empresaria, cédula de Identidad N°22.614.886-8, domiciliada para estos efectos en calle Uribe 636, oficina 707, comuna de Antofagasta, en representación de NORDEN CLEAN SPA, rol único tributario N°77.467.501-9, de su mismo domicilio, deducien

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