FILIGRANA/ZAMORA
Rol
M-26-2025
Fecha
17 de abril de 2025
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Parte resolutiva: Por los expuesto, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 58, 61, 63, 162, 453, 454, y 496 y siguientes del Código del Trabajo,
Fallo
se declara: I.- Que, se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta en esta causa por doña SONIA FILIGRANA GARCÍA, Pasaporte N°AR132022, cédula nacional de identidad provisoria N°44.231.397-0, en contra de don DUZAN EDGARDO ZAMORA FARÍAS cédula de identidad N°18.624.733-7 y, por lo tanto, no se declara la existencia de la relación laboral que la demanda pretende y, como consecuencia de ello, tampoco se accede a la declaración de despido injustificado, nulidad del despido, y cobro de prestaciones señalados en la demanda. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandante, por considerar que tuvo motivo plausible para litigar. Notifíquese y archívense los antecedentes en su oportunidad. RIT: M-26-2025 RUC: 25-4-0637994-1 Sentencia dictada por ROXANA CAMUS ARGALUZA, Jueza Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA ÚNICA FECHA 17 de abril de 2025 RUC 25-4-0637994-1 RIT M-26-2025 MAGISTRADA ROXANA CAMUS ARGALUZA ADMINISTRATIVA DE ACTAS MARÍA JOSÉ GÓMEZ SEGURA SALA 3 HORA DE INICIO 12:00 horas HORA DE TERMINO 14:00 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2540637994-1-1337 PARTE DEMANDANTE SONIA FILIGRANA GARCÍA (Nro. CNI provisorio: 44.231.397-0) ABOGADO EUGENIA MARIB
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