RAMIREZ/CÉSPEDES
Rol
C-17805-2024
Fecha
24 de junio de 2025
Materia
ARRENDAMIENTO DEVOLUCIÓN GARANTÍA
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: A folio 1, comparece don Juan Carlos Ram rez Escobarí , pensionado y do a ñ Alexandra Preciado Raquejo, estilista, ambos domiciliado en San Pablo N 2076, departamento N 512, comuna de° ° Santiago, en juicio sumario especial sobre devoluci n de garant a y cobro deó í prestaciones derivadas del contrato de arrendamiento, en contra de do añ Mirtha C spedes Olavarr aé í , asistente social, domiciliada en calle Ahumada N 312, oficina 513, comuna de Santiago, ciudad de Santiago,° Regi n Metropolitana, con el fin que se acoja la presente acci n, en eló ó sentido de declarar que se acoja la demanda y se condene a la demandada hacer devoluci n de la suma de $185.470.- correspondiente al pago de laó garant a dejada en dinero, y, asimismo, se les restituya el cheque dejadoí como garant a por la suma de $870.000.-, individualizado en el cuerpo de laí demanda, y respecto de la suma en dinero, con los reajustes e intereses hasta el d a de su pago efectivo, todo ello con condena en costas.í Expresa que el 9 de noviembre de 2016 celebraron en calidad de arrendatarios un contrato de arrendamiento con la demandada, respecto del inmueble ubicado en Calle San Pablo N 2002, departamento 106, comuna° de Santiago. Dicho arriendo empez el d a 10 de noviembre de 2016 y, suó í duraci n ser a de un a o renovable autom ticamente por el mismo per odo.ó í ñ á í En cuanto a la renta fijada mensualmente, est ascendi en la sumaá ó de $290.000, pagaderos en forma anticipada entre los d as 01 y 05 de cadaí mes. La renta se reajustar a cada 06 meses en un porcentaje igual o laí variaci n que experimente el IPC., aplic ndolo en el mes de mayo 2017,ó á noviembre de 2017 y as sucesivamente. í En el acto de celebraci n de contrato, y como consta en ste en lasó é cl usulas D CIMO PRIMERO Y D CIMO S PTIMOá “ É ” “ É É ” Código: HGFJXYZURHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17805-2024 respectivamente, dejamos por concepto de garant
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don Juan Carlos Ram rez Escobarí , y do a ñ Alexandra Preciado Raquejo, en juicio sumario especial sobre devoluci n de garant a y cobro de prestaciones derivadas del contrato deó í arrendamiento, en contra de do a ñ Mirtha Cespedes Olavarr aí , con el fin que se acoja la presente acci n, en el sentido de declarar que se acoja laó demanda y se condena a la demandada hacer devoluci n de la suma deó $185.470.- correspondiente al pago de la garant a dejada en dinero, y,í asimismo, se nos restituya el cheque dejado como garant a por la suma deí $870.000.-, individualizado en el cuerpo de la demanda, y respecto de la suma en dinero, con los reajustes e intereses hasta el d a de su pagoí efectivo, todo ello con condena en costas. Basa su demanda en los fundamentos de hecho y derecho expuestos en anteriormente en el presente fallo. SEGUNDO: Que, sin perjuicio de haber sido legalmente emplazada, seg n consta, se tuyo por evacuado el tr mite de contestaci n de laú á ó demanda en rebeld a de la demandada.í TERCERO: Que el actor, a fin de acreditar los hechos que constituyen el fundamento de su demanda, rindi prueba documental,ó consistente en los instrumentos agregados al folio 1, que no fueron legalmente objetados por la contraria, procediendo en consecuencia tenerlos por reconocidos: 1.- Copia de contrato de arrendamiento suscrito con fecha 9 de noviembre de 2016, celebrado entre Mirtha Cespedes Olavarr a, en calidadí de arrendadora y don Juan Carlos Ram rez Escobar y Alexandra Preciadoí Raquejo, ambos en calidad de arrendatarios, respecto del inmueble ubicado en calle San Pablo 2002, departamento 106, comuna de Santiago; estipul ndose una renta mensual de $290.000, reajustable cada seis meses.á Código: HGFJXYZURHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17805-2024 En lo pertinente en la cl usula d cimo primera se consign que á é ó “Con el objeto de dar fiel cumplimiento de este contrato y de todas las obligaciones que de l deriven del pago de los perjuicios de cualquier naturaleza queé pudiera ocasionar y preferentemente, para garantizar el pago de los deterioros que pudieran causarse a la propiedad arrendada, de atender la reposici n y de los efectos comprendidos en el arrendamiento y que fuerenó devueltos deteriorados al finalizar el contrato, el arrendatario entrega en este acto al arrendador la suma de $290.000 (Doscientos noventa mil pesos), correspondiente al mes de garant a (uno). Esta garant a se reajustar en laí í á misma forma que la renta de arrendamiento. A los 30 d as contados desde la fecha de t rmino de este contrato laí é parte arrendadora restituir dicha garant a al arrendatario, previaá í deducci n de los perjuicios, cuentas impagas y dem s cargos que autorice.ó á ” Asimismo, en la cl usula d cimo s ptimo, se acord que:á é é ó Para garantizar el cumplimiento del presente contrato de arriendo,“ los arrendatarios dejan en garant a un ch
Fallo
se declara: Que se acoge la demanda agregada al folio 1 y en consecuencia se condena a la demandada a restituir al demandante, la suma entregada en garant a correspondiente a $185.470.- (Ciento ochenta y cinco milí cuatrocientos setenta pesos), debidamente reajustado conforme con la variaci n del IPC, en los t rminos dispuestos por el art culo 2 transitorio deó é í la ley N 18.101, con costas; adem s, de procederse por quien corresponda a° á la restituci n del cheque indicado en la sentencia.ó Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í Rol C-17.805-2024. DICTADA POR DO A ISABEL EYZAGUIRRE FLORES,Ñ JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. Código: HGFJXYZURHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-24T16:49:37-0400
Texto Completo (Preview)
C-17805-2024 FOJA: 14 .-Catorce .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-17805-2024 CARATULADO : RAMIREZ/C SPEDESÉ Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veinticinco. VISTO: A folio 1, comparece don Juan Carlos Ram rez Escobarí , pensionado y do a ñ Alexandra Preciado Raquejo, estilista, ambos domiciliado en San Pablo N 2076, departamento N 512,
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