Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

OSORIO/MARKVISION INT CHILE LTDA

Rol

O-597-2024

Fecha

16 de abril de 2025

Materia

Costas, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que, con fecha 17 de octubre de 2024, don ALEJANDRO ENRIQUE OSORIO OLIVA, dependiente, actualmente cesante, domiciliado para estos efectos en calle Patricio Lynch N°1364 de la Ciudad de Iquique, en contra de MARKVISIÓN INT´L CHILE LTDA. RUT Nº76.142.970-1, representada por don MAHMOUD KI AMRO, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Manzana 14 Galpón 10, Zona Franca, ciudad de Iquique, y en forma solidaria o subsidiaria, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO, RUT Nº69.265.100-6, representada por don PATRICIO ELÍAS FERREIRA RIVERA, alcalde, ambos con domicilio en Avenida Ramón Pérez Opazo N°3125, comuna de Alto Hospicio, solicitando se condene a las demandadas al pago de las indemnizaciones y prestaciones que alega, más reajustes, intereses y costas. Que, con fecha 16 de diciembre de 2024, se tuvo por contestada la demanda, por la demandada principal. Que, con fecha 03 de enero de 2025, se tuvo por contestada la demanda por la demandada solidaria o subsidiaria. Que, en audiencia preparatoria celebrada con fecha 29 de enero de 2025, se llamó a las partes a conciliación, la cual no se produjo. Que, en audiencia preparatoria se fijaron los siguientes puntos de prueba: 1.- Efectividad de ser procedente el despido alegado por la demandante hechos y circunstancias. 2.- Efectividad de adeudarse las prestaciones que se alegan; montos. 3.- Existencia de la responsabilidad alegada por la parte demandante en su caso naturaleza jurídica y extensión. Que, las partes ofrecieron prueba al tenor de los puntos de prueba determinados por el tribunal. CON LO RELACIONADO VISTOS, OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el demandante manifiesta que ingresó a trabajar para la demandada principal, con fecha 08 de marzo del año 2024, a fin de desempeñarse como SUPERVISOR DESEGURIDAD, con una remuneración $642.666.-, en régimen de subcontratación con la Municipalidad de Alto Hospicio. En cuanto al despido expresa que, el 15 de julio de 2024, comunicó su decisión de renunciar voluntariamente a su trabajo. Agrega que, no obstante, las gestiones extrajudiciales realizadas para obtener el pago de sus prestaciones laborales, estas resultaron frustradas, y hasta la fecha de la presentación, no se le han pagado los montos a que tiene derecho.

Fallo

POR TANTO, solicita que se acoja su demanda, declarando: 1.- Que, su relación laboral con el demandado ha terminado con fecha 15 de julio 2024, por renuncia voluntaria y que la Municipalidad de Alto Hospicio, es responsable en forma solidaria o en su defecto subsidiaria, según se determine. 2.- Que, se condena a las demandadas al pago de las siguientes indemnizaciones, recargos y prestaciones o lo que se determine conforme a derecho: a) La suma de $321.330.-, por concepto de 15 días trabajados del mes de julio de 2024, o la suma que se considere de derecho y justicia. b) La suma de $128.532.-, por concepto de feriado proporcional correspondiente a 6 días, o la suma que se considere de derecho y justicia. O las sumas que se determine conforme al mérito del proceso. 3.- Que, las indemnizaciones, recargos y prestaciones se paguen debidamente reajustadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. 4.- Que, se condena a las demandadas a las costas de la causa. 5.- Que, se condena a las demandadas solidariamente al pago de intereses y reajustes conforme lo dispone el Art. 63 y 173 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que, contestando la demanda, la demandada principal expresa que: i. Reconoce expresamente la relación laboral con la parte demandante. ii. Reconoce expresamente la fecha de término de la relación laboral, por renuncia del trabajador. II.- Niega expresamente: Que se adeude suma alguna por concepto de indemnizaciones, pretensiones o similares d

Texto Completo (Preview)

N° RIT 0-597-2024 RUC 24-4-0615457-9 OSORIO OLIVA, ALEJANDRO ENRIQUE CON MARKVISIÓN INT´L CHILE LTDA. Y MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO JUICIO ORDINARIO SENTENCIA Iquique, dieciséis de abril de dos mil veinticinco VISTOS: Que, con fecha 17 de octubre de 2024, don ALEJANDRO ENRIQUE OSORIO OLIVA, dependiente, actualmente cesante, domiciliado para estos efectos en calle Patricio Lynch N°1364 de la Ciu

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica