ESPINOZA/MARKVISION INT CHILE LTDA
Rol
O-582-2024
Fecha
16 de abril de 2025
Materia
Costas, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 09 de octubre de 2024, don FELIPE ARTURO ESPINOZA BASSO, dependiente, con domicilio para estos efectos en calle Luis Uribe N°445, oficina 3 H de la ciudad de Iquique, deduce demanda, en contra de MARKVISIÓN INT´L CHILE LTDA. RUT Nº76.142.970-1, representada por don MAHMOUD KI AMRO, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Manzana 14 Galpón 10, Zona Franca, ciudad de Iquique, y en forma solidaria o subsidiaria, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO, RUT Nº69.265.100-6, representada por don PATRICIO ELÍAS FERREIRA RIVERA, alcalde, ambos con domicilio en Avenida Ramón Pérez Opazo N°3125, comuna de Alto Hospicio, solicitando se condene a las demandadas al pago de las indemnizaciones y prestaciones que alega, más reajustes, intereses y costas. Que, con fecha 25 de octubre de 2024, se tuvo por contestada la demanda, por la demandada solidaria o subsidiaria. Que, con fecha 16 de diciembre de 2024, se tuvo por contestada la demanda por la demandada principal. Que, en audiencia preparatoria celebrada con fecha 29 de enero de 2025, se llamó a las partes a conciliación, la cual no se produjo. Que, en audiencia preparatoria se fijaron los siguientes puntos de prueba: 1.- Efectividad de ser procedente el despido alegado por la demandante hechos y circunstancias. 2.- Efectividad de adeudarse las prestaciones que se alegan; montos. 3.- Existencia de la responsabilidad alegada por la parte demandante en su caso naturaleza jurídica y extensión. Que, las partes ofrecieron prueba al tenor de los puntos de prueba determinados por el tribunal. CON LO RELACIONADO VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el demandante manifiesta que ingresó a trabajar para la demandada principal, con fecha 01 de septiembre del año 2023, a fin de desempeñarse como guardia de seguridad, con una remuneración $642.666.- En cuanto al despido expresa que, el 18 de julio de 2024, la empresa demandada le comunicó su decisión de poner término a la relación laboral por la causal contemplada en el artículo 161 inciso 1º del Código del Trabajo, debido al término de contrato con la Municipalidad de Alto Hospicio, por lo que el despido deberá ser calificado como improcedente. En cuanto a la nulidad del despido, alega que el despido debe ser declarado nulo, ya que, su ex empleador no cumplió con el pago de sus cotizaciones previsionales, de AFP, salud y cuenta individual por cesantía, por el mes de junio de 2024.
Fallo
POR TANTO, solicita que se acoja su demanda, declarando: 1.- Que, el despido del cual fue objeto con fecha 31 de julio de 2024 es improcedente. 2.- Que, existe responsabilidad solidaria de las empresas demandadas en virtud de las normas de la ley de subcontratación, y por ello se condena a las demandadas al pago de las siguientes indemnizaciones, recargos y prestaciones: a.- $642.666.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo, o las sumas que se estime apegado a derecho. b.- $257.064.-, por concepto de feriado proporcional (12 días), o las sumas que se estime apegado a derecho. c.- $1.285.332.-, por concepto de remuneraciones devengadas desde la fecha del despido nulo, esto es, desde el día 31 de julio de 2024 a la fecha de presentación del presente libelo, a las que se deberán adicionar todas aquellas remuneraciones que se devenguen hasta la fecha de convalidación, o las sumas que se estime apegado a derecho. 3.- Que, las indemnizaciones, recargos y prestaciones se paguen debidamente reajustadas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 173 del Código del Trabajo. 4.- Que, se condena a la demandada a las costas de la causa. SEGUNDO: Que, contestando la demanda, la demandada principal expresa que: i. Reconoce expresamente la relación laboral con la parte demandante. ii. Reconoce expresamente la fecha de término de la relación laboral. II.- Niega expresamente. i. que se den la hipótesis para el despido improcedente. ii. que se den las hipótesis para la
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N° RIT 0-582-2024 RUC 24-4-0613196-K ESPINOZA BASSO, FELIPE ARTURO CON MARKVISIÓN INT´L CHILE LTDA. Y MUNICIPALIDAD DE ALTO HOSPICIO JUICIO ORDINARIO SENTENCIA Iquique, dieciséis de abril de dos mil veinticinco VISTOS: Que, con fecha 09 de octubre de 2024, don FELIPE ARTURO ESPINOZA BASSO, dependiente, con domicilio para estos efectos en calle Luis Uribe N°445, oficina 3 H de la ciudad de Iquique,
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