Juzgado de Letras de La Calera

CARVAJAL/

Rol

V-36-2024

Fecha

23 de junio de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don Christian Eduardo Carvajal Ortega, chileno, soltero, Ingeniero, cédula de identidad N°7.433.106-8, domiciliado en Pasaje Atardecer N°639, comuna de Limache, con el 50% de las acciones y Rodrigo Gonzalez Navarro, chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad N°7.206.453-4, domiciliado en Av. Apoquindo N°6797, comuna de Las Condes, con el 50% de las acciones, quienes formulan concesión minera de explotación que se denominará "PATRICIA, 1 AL 20". Señalan que desean constituir una concesión minera de explotación y vienen a manifestar un yacimiento productor de sustancias concesibles, ubicado en la comuna de Nogales, Provincia de Quillota, Quinta Región de Valparaíso. Las coordenadas U.T.M. del Punto de Interés, referidas al Datum Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de 1924, Huso 19 son: Norte 6.372.400,00 metros y Este 287.000,00 metros. El área manifestada tendrá la forma de un cuadrado trazado imaginariamente en el plano horizontal, el cual medirá 1.000 metros en la orientación Norte-Sur U.T.M. y 1.000 metros en la orientación Este-Oeste U.T.M. Exponen que para los efectos de constituir la concesión de explotación, solicitan se les otorguen 20 pertenencias mineras de 5,0 hectárea de superficie cada una, en total 100,0 hectáreas, las que se denominarán "PATRICIA, 1 AL 20" Finalizan solicitando tener por presentada la manifestación de las pertenencias mineras "PATRICIA, 1 AL 20", que se acojan a tramitación y se disponga la inscripción y publicación correspondiente, conforme lo dispuesto en el artículo 48 de Código de Minería. A folio 2, consta certificado de ingreso, rectificado a folio 5, bajo el N°3 del Libro de Registro de Minas del año 2024, de este Tribunal, de fecha 18 de marzo de 2024, a las 20:26:50 horas. A folio 3, se tuvo por presentada la manifestación minera y se ordenó publicar e inscribir. A folio 6, comparece Christian Carvajal Ortega, en representación de la SOCIEDAD LEGAL MINERA PATRICIA UNO

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, con fecha 18 de marzo de 2024, a folio 1, comparece don Christian Eduardo Carvajal Ortega y Rodrigo Gonzalez Navarro, ambos ya individualizados, quienes presentan solicitud de constitución de una concesión minera de explotación, sobre sustancias mineras concesibles que denomina “PATRICIA, 1 AL 20”, en favor de la misma, por los fundamentos ya señalados en lo expositivo del fallo, solicitando se tenga por presentada manifestación minera y se ordene inscribir y publicar. Segundo: Que, conforme lo dispone el artículo 59 del Código de Minería, el solicitante limita el terreno manifestado a 12 pertenencias, las que denomina “PATRICIA, 1 AL 12". Tercero: Que, con fecha, 18 de noviembre de 2024, a folio 20, se presenta acta y planos de mensura, de las pertenencias mineras, “PATRICIA, 1 AL 12", por un total de 12 pertenencias, que cubren la superficie total de 51 Hectáreas, respecto de la cual no se presentó oposición. Asimismo, a folio 24, se emitió informe técnico, de fecha 31 de enero de 2025, del Servicio Nacional de Geología y Minería, informando de forma favorable estas operaciones de mensura de las pertenencias mineras de autos. Cuarto: Que, las coordenadas U.T.M de los vértices del perímetro de la mensura correspondiente a la pertenencia minera, son las siguientes: VÉRTICE NORTE (m.) ESTE (m.) L1 6.372.500,00 286.500,00 L2 6.372.500,00 287.500,00 L3 6.371.900,00 287.500,00 L4 6.371.900,00 286.800,00 L5 6.372.200,00 286.800,00 L6 6.372.200,00 286.500,00 Quinto: Que, atendido que en autos se ha cumplido en tiempo y forma con todas de las actuaciones establecidas en la ley y no existiendo faltas o ilegalidades sobre las que este sentenciador deba pronunciarse, así como no se aprecia la existencia de vicios Código: TNXXYEXSCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 procesales que lo anulen o caducidades, se procederá entonces a inscribir la solicitud, tal como se indicará más adelante.

Fallo

Por estas consideraciones y en conformidad con lo previsto en los artículos 87 y siguientes del Código de Minería, se declara que: I.- Se aprueba el plano y acta de mensura de las pertenencias mineras “PATRICIA 1 AL 12”, y se declara constituida la concesión de explotación de ellas, a favor de la interesada, SOCIEDAD LEGAL MINERA PATRICIA UNO DE NOGALES, representada legalmente por don Christian Eduardo Carvajal Ortega y don Rodrigo Gonzalez Navarro, ambos ya individualizados. II.- Publíquese mediante extracto en el Boletín Oficial de Minería e inscríbase esta sentencia y una copia de la respectiva acta de mensura en el Registro de Propiedad del Conservador de Minas de La Calera y archívese una copia del plano de mensura en el referido registro, conforme lo dispone al artículo 42 del Código de Minería. III.- Remítase por el solicitante copia de esta sentencia definitiva, acta de mensura y original del plano al Director Regional Zona Central del Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Dictada por don Carlos Eduardo Jones Fernandez, Juez Suplente, Juzgado de Letras de La Calera. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente. En La Calera, veintitrés de junio de dos mil veinticinco Código: TNXXYEXSCP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-

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Foja: 1 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de La Calera CAUSA ROL : V-36-2024 CARATULADO : CARVAJAL/ La Calera, veintitrés de junio de dos mil veinticinco Vistos: A folio 1, comparece don Christian Eduardo Carvajal Ortega, chileno, soltero, Ingeniero, cédula de identidad N°7.433.106-8, domiciliado en Pasaje Atardecer N°639, comuna de Limache, con el 50% de l

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