1º Juzgado de Letras de Iquique

REHMAN/

Rol

V-115-2024

Fecha

23 de junio de 2025

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 18 de julio de 2024, a folio 1, comparece don GHAUS REHMAN, chileno, soltero, empresario, RUN 14.674.722-1, con domicilio en Avda. Salvador Allende Nº 1668, depto. 32-A, Condominio Buena Vista, Iquique; presentando manifestación minera de 25 pertenencias de 1 hectárea cada una, que totalizan 25 hectáreas, denominadas “TRAFALGAR DEL 1 AL 25”, solicitándose además la concesión de explotación de la misma. En la operación de mensura, se redujo la referida pertenencia a “TRAFALGAR DEL 1 AL 4”, totalizando 4 hectáreas. SEGUNDO: Que, dicha manifestación se inscribió a fojas 219 vuelta Nº 148 del Registro de Descubrimientos de Minas del año 2024 del Conservador de Minas de Iquique. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referida se publicaron con fecha 12 de agosto de 2024 y 18 de noviembre de 2024 respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, a folio 18 se recibió el informe correspondiente del Servicio Nacional de Geología y Minería, emitido el 13 de junio de 2025, consignando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley, y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del Código: DUGWXYKSPLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras denominadas “TRAFALGAR DEL 1 AL 25, reducidas a 1 AL 4”, materia de esta concesión son: VÉRTICES NORTE (metros) ESTE (metros) L1 7.710.200,00 390.800,00 L2 7.710.200,00 391.000,00 L3 7.710.000,00 391.000,00 L4 7.710.000,00 390.800,00 Y, vistos demás lo dispuesto en los artículos 41, 85, 87 y 114 del Código de Minería y artículo 42 de su reglamento,

Fallo

SE DECLARA: Que, SE APRUEBA el plano y el acta de mensura del grupo de pertenencias denominadas “TRAFALGAR DEL 1 AL 25, reducidas a 1 AL 4”, con una superficie de 4 hectáreas, y se declara constituido el grupo de pertenencias a favor de GHAUS REHMAN, RUN 14.674.722-1, ya individualizado. Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su reglamento. Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Iquique, y remítase copia del plano a dicho Conservador de Minas para su archivo. Hágase entrega al interesado del original del plano, de una copia del acta de mensura y de una copia de la presente sentencia, a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento de Minería. Regístrese, y en su oportunidad archívese. Rol Nº 115-2024 Dictada por don HÉCTOR ANDRÉS KOMPATZKI DELARZE, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Iquique. Código: DUGWXYKSPLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Iquique, veintitrés de junio de dos mil veinticinco, se notificó por estado diario la sentencia que antecede, dando cumplimiento a lo ordenado por el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Código: DUGWXYKSPLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificado

Texto Completo (Preview)

PRIMER JUZGADO DE LETRAS IQUIQUE Iquique, veintitrés de junio de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 18 de julio de 2024, a folio 1, comparece don GHAUS REHMAN, chileno, soltero, empresario, RUN 14.674.722-1, con domicilio en Avda. Salvador Allende Nº 1668, depto. 32-A, Condominio Buena Vista, Iquique; presentando manifestación minera de 25 pertenencias de 1 hectárea cada

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