VERA/
Rol
V-28-2025
Fecha
23 de junio de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece Juana del Carmen Vera Rozas, due a de casa,ñ domiciliada en calle Las Tinajas N 2380, villa Santa Ana, comuna de Maip , solicitando autorizaci n para enajenar un inmueble en calidad deú ó administradora extraordinaria de la sociedad conyugal. El inmueble respecto del cual se solicita autorizaci n corresponde aló sitio lote N 9 de la manzana 8 de la Poblaci n Zelada, comuna de Estaci n° ó ó Central, rol de aval o fiscal N 7127-13. ú ° La referida propiedad la adquiri por herencia de su padre Juanó Orlando Vera Mardones, cuya posesi n efectiva fue inscrita a fojas 53.253ó N 77.803 del a o 2021 del Registro de Propiedad del Conservador de° ñ Bienes Ra ces de Santiago, conforme a la resoluci n exenta N 1.678 de 11í ó ° de enero de 2021 del director regional Metropolitano del Servicio de Registro Civil e Identificaci n.ó Posteriormente, por escritura de cesi n de derechos de 8 deó septiembre de 2021, otorgada en la notar a de Mar a Soledad Lascarí í Merino, se transfirieron derechos a su favor y al de sus hermanas Mar aí Ang lica, Juana del Carmen, Blanca Hermosina, A da Elena y Ana Mar a,é í í todas Vera Rozas, inscrita a fojas 790 N 112.055 del Registro de Propiedad° del a o 2021 del se alado conservador.ñ ñ El inmueble es parte de sus bienes propios en virtud de la herencia de su padre y asimismo forma parte de la sociedad conyugal respecto de los derechos adquiridos mediante cesi n onerosa de su hermano Ricardo Vera.ó Por resoluci n de 8 de mayo de 2024 dictada por el 3 Juzgado Civiló ° de Santiago en causa rol V-114-2024, su c nyuge Daniel Guillermoó Qui ones Tobar, fue privado de la libre administraci n de sus bienes porñ ó haber sido declarado interdicto por causa de demencia. Dicha resoluci n fueó inscrita a fojas 27.107 N 41.012 del Registro de Interdicciones y° Prohibiciones de Enajenar del a o 2024.ñ Código: CPULXYEYXWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Una de las herederas
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la solicitante para acreditar su pretensi n acompaó ñó los siguientes documentos: - certificado de matrimonio de Daniel Guillermo Qui ones Tobar y lañ solicitante. Código: CPULXYEYXWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - sentencia definitiva dictada en causa rol V-114.2024 del 3 Juzgad° o Civil de Santiago que declar la interdicci n definitiva de Daniel Guillermoó ó Qui ones Tobar y su inscripci n en el Registro de Interdicciones de fojasñ ó 27.107 N 41.012 del a o 2024 del Conservador de Bienes Ra ces de° ñ í Santiago. - certificado de inscripci n de dominio vigente de la propiedad deó autos de fojas 53.254 N 7.784 del Registro de Propiedad del a o 2021 del° ñ Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í - copia con vigencia de la inscripci n de cesi n de derechos de laó ó propiedad de fojas 77.090 N 112.055° del Registro de Propiedad del a oñ 2021. - certificado de hipotecas y grav menes de la propiedad.á - certificado de aval o fiscal del primer semestre de 2025 de laú propiedad de autos. - certificado emitido por Tesorer a General de la Rep blica, queí ú se ala que el bien ra z no tiene deudas por contribuciones.ñ í SEGUNDO: Que el inciso final del art culo 1754 del C digo Civilí ó dispone que La mujer, por su parte, no podr enajenar“ á gravar ni dar en arrendamiento o ceder la tenencia de los bienes de su propiedad que administre el marido, sino en los casos de los art culos 138 y 138 bis .í ” Por su parte, el inciso 1 del art culo 1758 establece que La mujer° í “ que en el caso de interdicci n del marido, o por larga ausencia de este sinó comunicaci n con su familia, hubiere sido nombrada curadora del marido,ó o curadora de sus bienes, tendr por el mismo hecho la administraci n de laá ó sociedad conyugal .” TERCERO: Que se encuentra acreditado en autos que la solicitante est casada en r gimen de sociedad conyugal con Daniel Guillá é ermo Qui ones Tobar, quien fue declarado interdicto, siendo aquella la curadorañ definitiva de sus bienes. Asimismo, la solicitante tiene derechos sobre el inmueble que corresponde al sitio lote N 9 de la manzana 8 de la Poblaci n° ó Zelada, comuna de Estaci n Central, los que desea enajenar. ó CUARTO: Que de conformidad a lo informado por el defensor p blico y a lo previsto en el 2 del art culo 138 del C digo Civil, seú ° í ó acceder a lo solicitado.á Código: CPULXYEYXWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En consecuencia y lo dispuesto, adem s, en los art culos 817 yá í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se concede a Juana deló Carmen Vera Rozas, RUN 6,442.996-5, en calidad de curadora de su marido Daniel Guillermo Qui ones Tobar, RUN 5.747.881-0, yñ administradora extraordinaria de la sociedad conyugal, autorizaci n paraó enajenar en un precio no inferior a $5.000.000, pagadero de contado, los derechos que le corresponden en el bien ra z i
Fallo
Por lo expuesto y lo dispuesto en los art culos 463 y 1759 del C digoí ó Civil y 891 del C digo de Procedimiento Civil, pide autorizaci n paraó ó enajenar los derechos que le corresponden en el inmueble individualizado como sitio lote N 9 de la manzana 8 de la Poblaci n Zelada, comuna de° ó Estaci n Central.ó El defensor p blico Juan Jaime Ferrer Puig inform que se puedeú ó autorizar a la solicitante para que, en calidad de curadora de su marido declarado en interdicci n por demencia y, por ende, administradoraó extraordinaria de la sociedad conyugal, act e por s misma en todas lasú í diligencias que digan relaci n con la enajenaci n de los derechos que leó ó corresponden sobre la propiedad, los que adquiri por herencia quedada aló fallecimiento de su padre y por cesi n de su hermano Ricardo Antonioó Vera Reyes, en un precio no inferior a $5.000.000 pagadero de contado. Se rindi informaci n sumaria de testigos el 11 de abril de 2025.ó ó Se trajeron los autos para fallo el 13 de mayo de 2025. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la solicitante para acreditar su pretensi n acompaó ñó los siguientes documentos: - certificado de matrimonio de Daniel Guillermo Qui ones Tobar y lañ solicitante. Código: CPULXYEYXWN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl - sentencia definitiva dictada en causa rol V-114.2024 del 3 Juzgad° o Civil de Santiago que declar la interdicci n definitiva de Daniel Guillermoó ó Qui ones Tobar y su inscrip
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-28-2025 CARATULADO : VERA/ Santiago, veintitr s de junio de dos mil veinticinco.é VISTOS: Comparece Juana del Carmen Vera Rozas, due a de casa,ñ domiciliada en calle Las Tinajas N 2380, villa Santa Ana, comuna de Maip , solicitando autorizaci n para enajenar un inmueble en calidad deú ó administradora extraordinar
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