7º Juzgado Civil de Santiago

ARÁNGUIZ/

Rol

V-106-2024

Fecha

19 de junio de 2025

Materia

BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto 1 Que, a folio 1 comparece don ° Jos Guillermo Rojas Inostroza, abogado, ené representaci n convencional de do a Mar a Teresa Aranguiz G mez, chilena, soltera,ó ñ í ó labores de hogar, RUN N 14.516.597-0, con domicilio en Casiopea N 8529, comuna de° ° Pudahuel, quien viene en solicitar autorizaci n para la enajenaci n de bienes ra ces yó ó í derechos que posee don Rodrigo Andr s Varela Ar nguiz, hijo de la solicitante, RUNé á N 17.708.652-5, pensionado por invalidez e interdicto mediante decreto de interdicci n° ó de fecha 19 de agosto de 2017, inscrito en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar a fojas 5836 n mero 9023 del a o 2017.ú ñ Refiere, que don Rodrigo Andr s Varela Ar nguiz, es due o de derechosé á ñ hereditarios por el fallecimiento de su padre, que recaen sobre tres inmuebles, pero, en la presente acci n se centrar en los derechos hereditarios que recaen en el inmueble de laó á comuna de Pudahuel, ubicado en calle El Cobre. Agrega, que en dicho sentido, la cuota hereditaria que recae en dicho inmueble se debe calcular en base a la disoluci n yó liquidaci n de la sociedad conyugal del padre de Rodrigo Varela y su c nyuge,ó ó hered ndose elá 50% de los derechos como gananciales y sobre stos que son el 100%é heredado para c nyuge sobreviviente e hijos del causante, siendo 4, tres del matrimonio,ó y Rodrigo, por lo que, aplic ndose las reglas sobre herencia intestada a ste leá é corresponden sobre el inmueble el equivalente al 8,3% de los derechos hereditarios mencionados sobre el 50% del inmueble o del 100% del 16,6. La propiedad ra zí se encuentra ubicada en calle El Cobre (ex De Los Melossi) N 8582, departamento 31 y dem s derechos en proporci n al valor de lo adquirido en° á ó uni n de los otros adquirientes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra eló terreno de la comuna de Pudahuel, Regi n Metropolitana, bien inmueble adquirido poró sucesi n por causa de muerte, inscrita a fojas 40195 n mero 37400 del a o 2003 ante

Fundamentos

considerando que en una p blica subastaá ú puede subir el precio de compra, como puede disminuir, se fija en 150 unidades de fomento. 7 ° Que, a folio 17, el Defensor P blico don Juan Jaime Ferrer, y siempre queú previamente se acompa e certificado de hipotecas y grav menes y de interdicciones yñ á prohibiciones de enajenar actualizado, respecto al bien ra z materia de la presenteí autorizaci n, evacu informe favorable, estimando que proced a autorizar a do a Mar aó ó í ñ í Código: XXJQXYUBSNC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Teresa Ar nguiz G mez, para que, en calidad de curadora general, leg tima y definitivaá ó í de su hijo, Rodrigo Andr s Varela Ar nguiz, enajene en p blica subasta la totalidad deé á ú los derechos que a su pupilo le corresponden sobre el bien ra z consistente en elí Departamento N 31 del tercer piso, del Edificio Colectivo n mero diecisiete, de la° ú Poblaci n Santiago Amengual, ubicado en calle El Cobre (Ex De los Melossi) N 8582,ó ° comuna de Pudahuel, inscrito a fojas 40195 n mero 37400, correspondiente al Registroú de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago del a o 2003, en un precioí ñ m nimo, no inferior a 150 U.F.í 8 ° Que, a folio 23, la solicitante acompa Certificados actualizados de Hipotecasñó y Grav menes, Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar y de Dominio Vigente, dandoá cumplimiento a lo solicitado por el Defensor P blico.ú 9° Con fecha 02 de junio de 2025, se trajeron los autos para fallo. TENIENDO PRESENTE Con lo relacionado y antecedentes acompa ados, adem s lo previsto en losñ á art culos 817, 818, 891 del C digo de Procedimiento Civil y 393, 394 y 688 N 2 delí ó ° C digo Civil, ó

Fallo

Por lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el art culo 891 del C digoí ó de Procedimiento Civil, 153 del C digo Org nico de Tribunales y 393 del C digo Civil,ó á ó solicita que se le otorgue autorizaci n en su calidad de curador de don Rodrigo Varelaó Ar nguiz, para enajenar los derechos que le corresponden en el inmueble antesá singularizado. 2° Consta haberse acompa ado: Certificado de dominio vigente del inmueble deñ El Cobre; Certificado de Hipotecas y grav menes de dicho inmueble; Certificado deá Aval o fiscal; Sentencia y certificado de ejecutoria de interdicci n de don Rodrigoú ó Varela Ar nguiz.á 3° Que, a folio 8 la parte solicitante acompa a informe de tasaci n del inmuebleñ ó materia de autos. 4° Que, a folio 10 se rindi informaci n sumaria, ante el Receptor Judicial donó ó Fernando Patricio Claro Contardo. Al efecto comparecen do a Marcela Andrea Varelañ Otelo, RUN N 10.549.531-5 y do a Elena Oriana Otelo Ruiz, RUN N 5.183.743-6, la° ñ ° primera hermana por parte de padre del interdicto, y la segunda c nyuge del padre deó ste. Ambas refieren conocer la situaci n de discapacidad que afecta a don Rodrigoé ó Varela Ar nguiz, y saber que la venta del inmueble materia de autos le reportar a uná í beneficio a ste. Adem s, dada su condici n, al no trabajar, no ha podido concurrir nié á ó ayudar con los gastos que genera el departamento que se quiere enajenar. 5° Que, a folio 11, el Defensor P blico don Juan Jaime Ferrer Puig, evacuú ó informe, estimando que

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Foja: 1 FOJA: 23 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-106-2024 CARATULADO : AR NGUIZ/Á Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticinco Visto 1 Que, a folio 1 comparece don ° Jos Guillermo Rojas Inostroza, abogado, ené representaci n convencional de do a Mar a Teresa Aranguiz G mez, chilena, soltera,ó ñ í ó labores de hogar, RUN N 14.516.59

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