CASTRO/FERNÁNDEZ
Rol
C-69-2025
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 03 de febrero de 2025, comparece don HÉRNAN SALVO SALAZAR, RUN 9.209.934-2, Abogado con domicilio en calle Baquedano N° 510, de la ciudad de Victoria, en representación de doña ANA ROSA CASTRO ANDAUR, RUN 10.694.925-5, labores de casa, domiciliada en Colima N° 155, Esquina Tolten, sector Javiera Carrera, de la ciudad de Angol, conforme a mandato judicial, quien dedujo demanda de cobro de consumos básicos y gastos de reparación en contra de doña YENIFER VANESSA FERNÁNDEZ HUAÑACO, RUN 18.321.048-3, psicóloga, domiciliada en calle Lago Colico N° 0115, villa Frontera de Victoria, sector Bajo Traiguén, ciudad de Victoria, por los
Fundamentos
fundamentos que expone en su libelo. A folio 12 consta notificación de la demanda a la parte demandada. A folio 20 consta la realización de audiencia de contestación, conciliación y prueba. A folio 20 se citó a las partes a oír sentencia. CONSIDERANDO: Primero: Que en estos autos, don HÉRNAN SALVO SALAZAR, RUN 9.209.934-2, Abogado con domicilio en calle Baquedano N° 510, de la ciudad de Victoria, en representación de doña ANA ROSA CASTRO ANDAUR, RUN 10.694.925-5, labores de casa, domiciliada en Colima N° 155, Esquina Tolten, sector Javiera Carrera, de la ciudad de Angol, conforme a mandato judicial, quien dedujo demanda de cobro de consumos básicos y gastos de reparación en contra de doña YENIFER VANESSA FERNÁNDEZ HUAÑACO, RUN 18.321.048-3, psicóloga, domiciliada en calle Lago Colico N° 0115, villa Frontera de Victoria, sector Bajo Traiguén, ciudad de Victoria, esgrimiendo que su representada con fecha 11 de marzo de 204, suscribe contrato de arriendo de la propiedad ubicada en calle Manuel Rodriguez N° 1235, ciudad y comuna de Victoria, por la renta mensual de $180.000 (ciento ochenta mil pesos), pagaderos por períodos anticipados dentro de los 10 primeros días de cada mes. Refiere que el periodo de duración de dicho contrato de arrendamiento fue pactado con una duración indefinida y que, en dicho contrato, la demandada se obligó en su cláusula sexta a reparar de su costa cualquier desperfecto que experimentara la propiedad, y además a pagar mensualmente las cuentas de gastos de consumos básicos, como luz, gas y agua potable. Obligaciones que, señala, tal como se probará, no se cumplieron. Añade que, la referida con fecha 09 de agosto de 2024, por medio de mensajes de texto a su representada, le señala que hará abandono de la propiedad, la cual se genera el día 12 de agosto del año 2024, retirándose a horas de la noche, sin hacer entrega de las llaves del domicilio, las cuales fueron devueltas posteriormente por la junta de vecinos. Expone, que, debido a dichos hechos, su representada, concurre al domicilio con objeto de revistar su estado, encontrándose con diversos daños a la propiedad, tales como, enchufes quemados, hoyos en paredes, baños, entre otros. Adicionalmente a lo anterior, hace presente que la demandada no hizo pago de los respectivos consumos básicos de luz y agua, por lo que dichas deudas debieron ser pagadas por su representada. Código: BYNXXXHTBYY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Indica que a la fecha doña Ana solo tiene conocimiento que la demandada se encuentra trabajando en la Municipalidad de Victoria en el programa de Adulto Mayor, debido a sus estudios y profesión de Psicóloga. Que, debido a lo anterior, esta situación le ha generado diversos perjuicios económicos a su representada, debido a los daños ocasionados a la propiedad ésta quedó sin arrendar, debido a que debe solventar en primer lugar su reparación por altas sumas de diner
Fallo
Por tanto, solicita tener por interpuesta demanda de cobro de consumos básicos y gastos de reparación en contra de Doña YENIFER VANESSA FERNANDEZ HUAÑACO, ya individualizada en autos, y ordenar que se practiquen las reconvenciones legales por las sumas indicadas en el cuerpo de este escrito, la primera al notificarle la demanda y la segunda en la audiencia de estilo y en definitiva declarar: Que la demandada debe pagar los consumos básicos de luz y agua del inmueble que arrendaba más los gastos de reparación, tanto del inmueble como del sistema eléctrico, todo ello por un total de $4.530.266, más reajustes e intereses, todo ello con expresa condenación en costas. Segundo: Que, la parte demandada no contestó la demanda. Tercero: Que, a folio 20, consta la realización de la audiencia de estilo, donde se fijaron por parte de este Tribunal, como hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos: 1- Efectividad de existir un contrato de arrendamiento entre ambas partes. 2- Efectividad que la demandada se obligó a reparar de su costa cualquier desperfecto que experimentara la propiedad, según consta en clausula sexta del contrato de arriendo. 3- Efectividad que la demandada adeuda la suma de $4.530.266, por concepto de luz, agua y reparación del inmueble. Cuarto: Que, a fin de acreditar sus probanzas, la parte demandante acompañó los siguientes medios de prueba: Documental: 1- Contrato de arrendamiento entre las partes, de fecha 11 de marzo de 2024. 2- Certificado de Instalación
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Victoria CAUSA ROL : C-69-2025 CARATULADO : CASTRO/FERN NDEZÁ Victoria, dieciocho de junio de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1, con fecha 03 de febrero de 2025, comparece don HÉRNAN SALVO SALAZAR, RUN 9.209.934-2, Abogado con domicilio en calle Baquedano N° 510, de la ciudad de Victoria, en representa
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