Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco

COFRÉ/COMERCIAL ECCSA S.A

Rol

M-182-2025

Fecha

15 de abril de 2025

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · FIJA HECHOS A PROBAR X · RECEPCION DE PRUEBAS X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDADA 1.- DOCUMENTAL X 2.- TESTIMONIAL X OFRECE E INCORPORA PRUEBA DEMANDANTE 1.- DOCUMENTAL X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDADA X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA PARTE DEMANDANTE X · SENTENCIA X PRUEBA DOCUMENTAL - LEY 20.886 SI NO OBS. ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDANTE       * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X       * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886   X * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL   X ·         PRUEBA DOCUMENTAL DEMANDADA     * ESTA PARTE ACOMPAÑÓ LOS DCTOS. DIGITALIZADOS X        * SE APLICÓ APERCIBIMIENTO ART. 6°, LEY 20.886   X * LOS DOCUMENTOS FÍSICOS QUEDARON EN PODER DEL TRIBUNAL   X DELEGA PODER: El Tribunal tiene presente la delegación de poder efectuada por el abogado SEBASTIÁN RODOLFO BOCK SOTO, RUN 10.677.537-0 al abogado don DIEGO IGNACIO MEDINA RIQUELME. A LOS ESCRITOS DE PRUEBA: Incorpórense en la etapa procesal pertinente. LLAMADO A CONCILIACION: El Tribunal propone las bases para lograr una conciliación, y lo fija en $1.800.000 y esta no se ésta se produce. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1.- Que el demandante prestó servicios bajo subordinación y dependencia a la empresa Ripley desde el 15 de febrero de 2021 hasta el 31 de enero de 2025. 2.- Que la remuneración para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo corresponde a $1.141.621 pesos. 3.- Que la causal de despido aplicada por la empresa demandada es necesidades de la empresa de acuerdo al artículo 161 del Código del Trabajo y cumplió con todos los requisitos legales. HECHOS CONTROVERTIDOS: 1.- Efectividad que el despido del demandante se encuentra justificado. Hecho que configuran la causal necesidades de la empresa. PRUEBA OFRECIDA E INCORPORADA POR LA DEMANDADA: DOCUMENTAL: 1. Contrato de trabajo suscri

Fallo

se declara que el despido acaecido el día 31 de enero de 2025, ha sido injustificado y en consecuencia, se condena a la demandada al pago de las siguientes sumas: 1.- $1.693.945 por concepto de incremento de un 30% en la indemnización por años de servicio. 2.- $950.645 por concepto de descuento o devolución del aporte al seguro de cesantía AFC. II.- Las sumas indicadas en los números 1 y 2, deberán ser pagadas debidamente reajustadas y con los intereses indicados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Por haber sido totalmente vencida, se condena a la demandada al pago de las costas de la causa, que en este caso se regulan en $250.000. Anótese regístrese y archívese en su oportunidad. En la misma oportunidad, pasen los antecedentes a la unidad de cobranza de este Tribunal. R.I.T. M-182-2025 R.U.C. 25- 4-0657879-0 Resolvió don MAURICIO ALEJANDRO TORRES CONTRERAS, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. La presente audiencia se encuentra respaldada en forma íntegra, en el registro de audio del Tribunal.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 15/04/2025 RUC 25- 4-0657879-0 RIT M-182-2025 MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO TORRES CONTRERAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS Bady O. García Vargas, Sala N°6 SALA FÍSICA N°4 HORA DE INICIO 09:32 horas HORA DE TÉRMINO 10:08 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2540657879-0-1344 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE CARLOS AN

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