MALDONADO/
Rol
V-56-2025
Fecha
18 de junio de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 14 de marzo de 2025 (folio 1), comparece don Francisco Matías Maldonado Rodríguez, Abogado, con domicilio en Avda. Alessandri N°1150, sector Covico, comuna de Coquimbo, quien en virtud de lo establecido en el artículo 18 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces y de conformidad a su calidad de heredero de su abuela paterna por representación de su padre, doña María de la Cruz Puelle Ortiz, cédula de identidad Nº4.8254.642-8, chilena, casada, dueña de casa, solicitando se sirva ordenar al Conservador de Bienes Raíces de La Serena la rectificación de la inscripción del decreto de posesión efectiva de su abuela paterna, acompañada en el primer otrosí, en razón de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho que expone. Señala que como consta en el certificado de defunción emitido con fecha 10 de marzo de 2025, su abuela, doña María de la Cruz Puelle Ortiz, falleció el 09 de octubre de 1972, cuyo deceso fue inscrito bajo el N°417 del año 1972 en la circunscripción de La Serena. Con posterioridad a este suceso, el 17 de mayo de 2022, su prima, doña Rosa María Aguilar Maldonado solicitó la posesión efectiva de la herencia de su abuela ante el Servicio Nacional de Registro Civil, la cual fue conferida mediante Resolución Exenta N°6217 extendida por el Director Regional del mismo servicio con fecha 28 de junio de 2022, tal como consta en el Duplicado de Certificado de Posesión Efectiva N°51.982 del año 2022, el cual con fecha 29 de abril de 2024 fue rectificado por el Servicio de Registro Civil, eliminando uno de los herederos, conforme a los siguientes antecedentes que detalla. Refiere que a la fecha del fallecimiento su abuela era casada, por lo que, en dicho acto administrativo, figuran como herederos de su abuela: doña María Inés Maldonado Código: XHXDXXJSVNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Puelle, RUT N°5.882.870-K; doña Juliaelena Modesta Maldonado Puelle, RUT N°2.835.960-8; doña Agustina Raquel Maldonado Puelle, RUT N°5.612.580-9; doña Rosa Amelia Maldonado Puelle, RUT N°3.036.133-4; doña Fresia del Rosario Maldonado Puelle, RUT N°2.844.801-5; don Manuel Horacio Maldonado Puelle, RUT N°2.058.815-2; y doña Lira Del Carmen Maldonado Puelle, RUT N°5.882.870-K, en calidad de hijos e hijas de la causante. Sin perjuicio de los derechos que pudieran corresponder a don Matías del Rosario Maldonado Aguirre, RUT Nº290.781-K, como cónyuge sobreviviente. Indica que continuando con los trámites, se procedió a inscribir el día 06 de marzo de 2023 en el Conservador de Bienes Raíces de La Serena la inscripción Especial de la Herencia a Fojas 2.081, Número 1.394 del Registro de Propiedad del año 2023. Expresa que posteriormente se percataron de que se incluyó erróneamente a doña Lira del Carmen Maldonado Puelle, RUT N°3.125.030-7, quien había fallecido el 06 de abril del año 1951, respectivamente, su único descendiente don Luis Dager Aguirre Maldonado, (RUT N°14.884.425-9), quien falleció el 02 de diciembre del año 1964 y su cónyuge sobreviviente don Luis Segundo Aguirre Cortés, (RUT N°3.125.030-7), quien falleció el 23 de enero del año 1970, por lo que a la fecha de fallecimiento de su abuela paterna tampoco dejó descendencia ni cónyuges. En circunstancias de que ello no correspondía, ya que fallecieron antes que la causante, tanto doña Lira del Carmen Maldonado Puelle como su descendencia y su cónyuge sobreviviente. Expone que, ante esta situación, acudieron al Servicio de Registro Civil e Identificación para solicitar la rectificación de la Posesión Efectiva, gestión que fue resuelta, tal como consta en el Duplicado de Certificado Posesión Efectiva rectifi
Fallo
Por tanto, visto el mérito de los antecedentes, lo informado por el Conservador de Bienes Raíces de La Serena y lo dispuesto en los artículos 18, 19, 88 y 89 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, y 817, 819 y 820 del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Que se acoge el reclamo deducido en lo principal de la presentación de fecha 14 de marzo de 2025 (folio 1), solo en cuanto se ordena al señor Conservador de Bienes Raíces de La Código: XHXDXXJSVNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Serena, proceder a la subinscripción requerida en la caratula N°10774436, que corresponde al duplicado de certificado de posesión efectiva N°51.982 año 2022, relativa a la eliminación de la heredera doña Lira del Carmen Maldonado Puelle. Regístrese. Rol V-56-2025. Dictada por doña KARLA MALEBRÁN TORRES, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de La Serena. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en La Serena, dieciocho de junio de dos mil veinticinco Código: XHXDXXJSVNY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-18T13:50:20-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : V-56-2025 CARATULADO : MALDONADO/ La Serena, dieciocho de junio de dos mil veinticinco. VISTOS: Con fecha 14 de marzo de 2025 (folio 1), comparece don Francisco Matías Maldonado Rodríguez, Abogado, con domicilio en Avda. Alessandri N°1150, sector Covico, comuna de Coquimbo, quien en virtud de lo establecido en
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