PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES TASCO LTDA/IPT LOS ANDES
Rol
I-15-2024
Fecha
14 de abril de 2025
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, a folio 1 comparece el abogado Gonzalo Estay Rojas, en representación de Proyectos y Construcciones Tasco Limitada, ambos domiciliados en calle Coyancura N°2283, oficina 1501, Comuna de Providencia; interponiendo reclamo judicial de multa administrativa, conforme al artículo 503 inciso tercero del Código del Trabajo, contra la Inspección Provincial del Trabajo de Los Andes, representada por Cristian Rovegno Campos, Inspector del Trabajo, ambos domiciliados en Calle Santa Rosa N°252, Comuna de Los Andes; respecto de la resolución de multa N°1268/24/51 de 19 de agosto de 2024. En síntesis, el reclamo se funda en que el 7 de agosto de 2024, Proyectos y Construcciones Tasco Limitada fue notificada a través del correo electrónico dt@grupotasco.cl del proceso de fiscalización N°0505/2024/51 por parte de la fiscalizadora Natalia Vidal Agüero, que nace a raíz del reclamo interpuesto por la trabajadora Claudia Codoceo Astudillo. En el mismo correo electrónico, la fiscalizadora informó que el proceso de fiscalización se llevaría a cabo en modalidad a distancia y solicitó enviar la documentación que estaba detallaba en el mismo correo electrónico; indicando que el plazo para responder el correo electrónico a la misma dirección y enviar la documentación era de dos días hábiles, señalando expresamente al final de dicha comunicación que el “Plazo de respuesta hasta el 16/08/2024 a las 09:30 horas”. Con fecha 16 de agosto de 2024 mediante correo electrónico enviado a las 09:12 horas, personal expresamente facultado por la empresa envió la documentación requerida a la casilla nvidal@dt.gob.cl, manifestando expresamente la voluntad de que en el caso que se constaten infracciones que sean susceptibles de ser corregidas se allanaban a corregirlas íntegramente. Alegan error en los hechos descritos en la supuesta infracción, toda vez que la reclamante sí cumplió y aportó la documentación requerida en el marco del procedimiento de fiscalización. Solicita dejar sin efecto la resolución reclamada, con costas en caso de oposición. Segundo: Que, en la contestación del reclamo se plantea por la reclamada que, habiéndose revisado el correo de la fiscalizadora Sra. Vidal, su bandeja de entrada, elementos eliminados y bandeja de spam o correos no deseados, en general toda su casilla electrónica, no hay registro alguno de la recepción del mencionado correo. Adicionalmente, consultada la Inspectora Sra. Vidal al respecto, esta manifiesta que siempre espera unos cuantos días en estos casos, con la finalidad de no cursar inmediatamente la multa, prueba de ello es el informe de exposición que se encuentra en el expediente administrativo 0505/2024/294 es de fecha 19 de agosto de 2024, en circunstancias que el requerimiento documental tenía plazo lel día 16 de agosto de 2024. Tercero: Que, frustrado el llamado a conciliación, se fijó como hecho a probar el siguiente: “Efectividad de haberse incurrido en errores de hecho en la resolución de la multa
Fallo
se decide: I.- Que se acoge el reclamo judicial deducido por Proyectos y Construcciones Tasco Limitada, contra la Inspección Provincial del Trabajo de Los Andes, ya singularizadas; en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución de Multa N°1268/24/51, de 19 de agosto de 2024. II.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y, en su oportunidad, archívese. RIT I-15-2024 RUC 24- 4-0616783-2 Dictada por Fernando Marcos Alvarado Peña, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Los Andes.
Texto Completo (Preview)
Tribunal: Primer Juzgado de Letras de Los Andes. Procedimiento: Aplicación general. Materia: Reclamo multa administrativa (Art.503 CdT). Carátula: Proyectos y Construcciones Tasco Limitada con Inspección Provincial del Trabajo de Los Andes. RIT: RUC: 24-4-0616783-2 Los Andes, catorce de abril de dos mil veinticinco. Visto y considerando: Primero: Que, a folio 1 comparece el abogado Gonzalo Est
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