SÁNCHEZ/
Rol
V-105-2025
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
BIENES RAÍCES, RECLAMO NEGATIVA DEL CONSERVADOR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- A folio 1, comparece don GUSTAVO ADOLFO FLORES VARGAS, abogado, Cédula Nacional de Identidad N° 17.580.719-5, en representación procesal de don JUAN CARLOS SÁNCHEZ SÁNCHEZ, Cédula Nacional de Identidad N° 10.171.274-5, domiciliado en calle Hilario Huentenao N° 01751, sector Villa Andes de la ciudad de Temuco, quien a su vez detenta la calidad de curador de don GABRIEL PATRICIO PINNA SÁNCHEZ, Cédula de Identidad Nº 10.496.191-6, con domicilio en Tocopilla N° 275, sector Campos Deportivos de la ciudad de Temuco y presenta reclamo por negativa injustificada de inscripción por parte del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde ubicado en calle Vicuña Mackenna N° 361 de la ciudad de Temuco. Funda su petición indicando que “Con fecha 17 de enero de 2020 se dictó sentencia definitiva en causa RIT V1792019 del Segundo Juzgado Civil de Temuco, que en lo pertinente resolvió lo siguiente: I. Que HA LUGAR a la solicitud efectuada con fecha 05 de julio de 2019, por don JUAN CARLOS SÁNCHEZ SÁNCHEZ, Cédula de Identidad Nº 10.171.2745, y en consecuencia se declara la interdicción definitiva por demencia de don GABRIEL PATRICIO PINNA SÁNCHEZ, Cédula de Identidad Nº 10.496.1916, otorgándole a don JUAN CARLOS SÁNCHEZ SÁNCHEZ, la administración de sus bienes como curador definitivo, eximiéndoseles de la obligación de rendir caución y confeccionar inventario solemne. Consta a su vez a folio 24 de esta carpeta judicial electrónica que se efectuaron las publicaciones que en derecho corresponden, lo cual fue debidamente certificado por el ministro de fe del tribunal civil. Con fecha 09 de marzo de 2023, don JUAN CARLOS SÁNCHEZ SÁNCHEZ aceptó el cargo de curador definitivo y de administrar los bienes del interdicto ya individualizado. Sin embargo, con fecha 16 de marzo de 2021 la inscripción conservatoria fue rechazada en virtud que se advirtió la existenc
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece don GUSTAVO ADOLFO FLORES VARGAS, en la representación que inviste, quien solicita se instruya y ordene al Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco, efectúe la subinscripción de la sustitución de curador definitivo de bienes del interdicto don GABRIEL PATRICIO PINNA SÁNCHEZ. SEGUNDO: Que el señor Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco en informe agregado a folio 4, señala: “ANTECEDENTES PREVIOS: Con fecha 28 de febrero de 2025, ingresó solicitud de subinscripción de sustitución de curador definitivo del interdicto don Gabriel Patricio Pinna Sánchez, en la inscripción de interdicción de fojas Código: SKGCXXJGYEU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1459 vuelta, número 725 del Registro de Prohibiciones e Interdicciones del año 2007. Para lo requerido se acompañó Resolución de fecha 13 de noviembre de 2023 del Segundo Juzgado Civil de Temuco, en causa Rol V 1792019. La solicitud fue rechazada debido que el Tribunal que declaro la interdicción de don Gabriel Patricio Pinna Sánchez, según la inscripción antes citada, fue el Juzgado de Familia de Temuco, en causa Rit C2086 2006,
Fallo
se declara la interdicción definitiva por demencia de don GABRIEL PATRICIO PINNA SÁNCHEZ, Cédula de Identidad Nº 10.496.1916, otorgándole a don JUAN CARLOS SÁNCHEZ SÁNCHEZ, la administración de sus bienes como curador definitivo, eximiéndoseles de la obligación de rendir caución y confeccionar inventario solemne. Consta a su vez a folio 24 de esta carpeta judicial electrónica que se efectuaron las publicaciones que en derecho corresponden, lo cual fue debidamente certificado por el ministro de fe del tribunal civil. Con fecha 09 de marzo de 2023, don JUAN CARLOS SÁNCHEZ SÁNCHEZ aceptó el cargo de curador definitivo y de administrar los bienes del interdicto ya individualizado. Sin embargo, con fecha 16 de marzo de 2021 la inscripción conservatoria fue rechazada en virtud que se advirtió la existencia de una inscripción primitiva de interdicción por demencia de don GABRIEL PATRICIO PINNA SÁNCHEZ radicada en la madre del interdicto doña EDA DEL CARMEN SÁNCHEZ RIVERA, Cédula Nacional de Identidad N° 4.966.0936 lo cual se resolvió en causa RIT C20862006 del Juzgado de Familia de Temuco, inscribiéndose lo pertinente a fojas 1459 vuelta Nº 725 del Registro de Interdicciones y Prohibiciones del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2007. Sin embargo doña EDA DEL CARMEN SÁNCHEZ RIVERA falleció con fecha 24 de Diciembre de 2016, po
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Temuco CAUSA ROL : V-105-2025 CARATULADO : S NCHEZ/Á Temuco, diecisiete de junio de dos mil veinticinco VISTO: 1.- A folio 1, comparece don GUSTAVO ADOLFO FLORES VARGAS, abogado, Cédula Nacional de Identidad N° 17.580.719-5, en representación procesal de don JUAN CARLOS SÁNCHEZ SÁNCHEZ, Cédula Nacional de Identidad N° 10.171.274-5, domi
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