TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/CASTILLO
Rol
C-22053-2024
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 16 de diciembre de 2024 comparece don Felipe Hern ná Frias Jones, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencionaló de Scotiabank Chile S.A., sociedad an nima bancaria, cuyo representanteó legal es don Diego Patricio Masola, argentino, casado, contador p blico,ú c dula de identidad Né ° 27.550.890-K, a su vez en representaci n deó Tesorer a General de la Rep blica de Chile, Rut 60.805.000-0, cuyoí ú representante legal es el Tesorero don Hernan Nobizelli Reyes, c dula deé identidad N 12.242.809-5, contador auditor, domiciliado en Avenida Pedro° de Valdivia 291, piso 11, oficina 1101, comuna de Providencia, quien deduce demanda ejecutiva en contra de do a Yasm n Yasahina Zaidamñ í Castillo Meneses, c dula de identidad N 19.191.504-6, ignora profesi n ué ° ó oficio, domiciliada en Pasaje Municipal 1 N 1566, Villa/Poblaci n Mart n° ó í Contreras, comuna de Quilpu .é Con fecha 19 de diciembre de 2024, se orden despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo.ó Con fecha 29 de marzo de 2025, el ejecutado opuso las excepciones de los numerales d cimo primero, s ptimo, d cimo cuarto y cuarto delé é é art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó Código: WUXXXXNUXGT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22053-2024 Foja: 1 Con fecha 11 de abril de 2025, el demandante evacuo el traslado conferido. Con fecha 15 de abril de 2025, se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 03 de junio de 2025, encontr ndose la causa en estado, seá cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando. Primero: Que, don Felipe Hern n Frias Jones, en representaci ná ó convencional de Scotiabank Chile S.A., cuyo representante legal es don Diego Patricio Masola, a su vez en representaci n de Tesorer a General deó í la Rep blica de Chile, Rut 60.805.000-0, cuyo representante legal es elú Tesorero don Hernan Nobizelli Reyes, deduce demanda ejecutiva
Fundamentos
fundamentos son err neos,ó ya que el modelo de pagar s a utilizarse se encuentra en el Anexo de lasé Bases de Licitaci n, por lo que esta parte no se ha excedido de lasó facultades otorgadas y se ha actuado dentro de la normativa aplicable. A ade que los hechos alegados no pueden ser juzgados bajo lasñ normas de la Ley 19.496, puesto que dicho cuerpo legal no es aplicable respecto de los cr ditos con aval del estado, ya que los contratos y cl usulasé á cuestionadas fueron elaborados por el Estado a trav s de un rganoé ó descentralizado llamado Comisi n Ingresa.ó D cimo: é Que, respecto a la excepci n del numeral cuarto, laó demandante solicita su rechazo, indicando que esta no ha sido fundada en hecho alguno de relevancia, siendo la demanda clara en todos los aspectos, l gica y contundente, no permitiendo a la demandada quedar enó indefensi n, pues ha opuesto las excepciones respectivas, demostrando queó ha comprendido bien la demanda. A ade que no es efñ ectivo que en la demanda no se haya mencionado que se hace valer la garant a estatal, puesto que se deja constancia que losí pagar s se encuentran garantizados con la Garant a Estatal del Fisco deé í Chile, pero eso no implica que esta parte tenga la obligaci n de demandaró conjuntamente al Fisco de Chile; puesto que la misma Ley 20.027 Código: WUXXXXNUXGT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-22053-2024 Foja: 1 contempla un procedimiento especial para solicitar al Fisco el pago de la Garant a.í D cimo primeroé : Que, el ejecutante, a fin de acreditar sus dichos, acompa a los autos los siguientes documentos:ñó a.- Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deí é Educaci n Superior, con garant a estatal seg n Ley 20.027.ó í ú b.- Pagar suscrito por la suma de 24,4557.- Unidades de Fomento.é c.- Pagar suscrito por la suma de 699,7990.- Unidades de Fomento.é d.- Copia de escritura p blica de mandato judicial, repertorioú N 117.973-2018.° e.- Copia de escritura p blica de delega poder, repertorio N 1452-ú ° 2021. f.- Copia de escritura p blica Acta N 48 Sesi n Extraordinaria deú ° ó Directorio de 20 de abril de 2021, repertorio N 8029-2021.° g.- Copia de escritura p blica mandato judicial especial, repertorioú N 8149-2010.° D cimo segundoé : Que, la ejecutada no rindi probanzas en estosó autos. i.- En cuanto a la excepci n del numeral d cimo primero deló é a rt culo 464 del C digo de Procedimiento Civil: í ó D cimo terceroé : Que, la concesi n de esperas o pr rroga del plazoó ó se constituye como una convenci n entre las partes en virtud de la cual eló acreedor renuncia a hacer exigible la obligaci n en el t rmino estipulado,ó é modific ndola en dicho aspecto, otorgando un nuevo lapso al deudor paraá el pago o soluci n de la prestaci n a que se encuentra obligado.ó ó Conforme lo dispone el art culo 1698 del C digo Civil, correspondeí ó al ejecutado el acreditar los antecedentes f cticos en que funda su excepci n.á ó
Fallo
se declararon admisibles las excepciones y, con su m rito, se recibi la causa a prueba.é ó Con fecha 03 de junio de 2025, encontr ndose la causa en estado, seá cit a las partes a o r sentencia.ó í Considerando. Primero: Que, don Felipe Hern n Frias Jones, en representaci ná ó convencional de Scotiabank Chile S.A., cuyo representante legal es don Diego Patricio Masola, a su vez en representaci n de Tesorer a General deó í la Rep blica de Chile, Rut 60.805.000-0, cuyo representante legal es elú Tesorero don Hernan Nobizelli Reyes, deduce demanda ejecutiva en contra de don Felipe Iv n Past n Cisterna, todos individualizados.á é Indica que la demandada es deudora vencida de los siguientes pagar s: é 1.- Pagar de monto capital equivalente a 24,4557 Unidades deé Fomento, suscrito con fecha 04 de noviembre de 2024, y con vencimiento para el d a 14 de noviembre de 2024.í 2.- Pagar de monto capital equivalente a 699,7990 Unidades deé Fomento, suscrito con fecha 04 de noviembre de 2024, y con vencimiento para el d a 14 de noviembre de 2024.í Explica que dichos pagar s fueron suscritos por el representante delé Banco en virtud de la cl usula d cimo quinta y d cimo sexta del Contratoá é é de Apertura, donde el monto del capital asciende a 724,2547 Unidades de Fomento. En el documento se alado se estipul qñ ó ue el capital adeudado devengar a contar del 14 de noviembre de 2024 y hasta la fecha de suá pago efectivo, intereses a la tasa de inter s m xima convencional vigenteé á para opera
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C-22053-2024 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-22053-2024 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/CASTILLO Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticinco Vistos: Con fecha 16 de diciembre de 2024 comparece don Felipe Hern ná Frias Jones, abogado, mandatario judicial, en representaci n convencionaló de
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