Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua

CARREÑO CON ANAKENA SPA

Rol

O-481-2024

Fecha

12 de abril de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, motivo por el cual se va a hacer un receso para efectos de dictación de sentencia hasta las 13:50 horas, autorizándose al apoderado de la parte demandante a comparecer telemáticamente a la continuación de la audiencia en caso que así lo desee. Dictación de sentencia tácita: Siendo las 14:04 horas se reanuda la audiencia y se procede a dictar sentencia de inmediato transcribiéndose sólo lo resolutivo del fallo (En conformidad a resolución de la Excma. Corte Suprema de fecha 22 de mayo de 2018, AD 267-2048), quedando las demás consideraciones debidamente registradas en la pista de audio respectiva. En Rancagua, a once de abril del dos mil veinticinco. Por estos antecedentes y visto además lo dispuesto en los arts. 1, 7, 63, 73, 162, 160,171, 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don JOSÉ FLORES SANCHEZ y doña NICOLLE VILCHEZ MIRANDA en contra de ANAKENA SPA declarándose que la relación laboral terminó por el auto despido de los actores por haber incurrido el ex empleador en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: A.- Don JOSÉ FLORES SÁNCHEZ: 1.- Indemnización por años de servicio por la suma de $575.000.-, recargo legal del 50% conforme al artículo 171 del Código del Trabajo por la suma de $287.750.- 2.- Remuneración de abril de 2024 por la suma de $575.000.- y 3 días de mayo de 2024 por la suma de $57.500.- 3.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $575.000.- 4.- Feriado legal del período 2023-2024 por 21 (veintiún) días corridos por la suma de $402.000.- 5.- Feriado proporcional del periodo 2024 por 4,5 días corridos por la suma de $86.250.- 6.- Cotizaciones previsionales en la Administradora de Fondo de Pensiones A.F.P. PlanVital equivalente al 10% de la remuneración del trabajador por cada mes impago, esto es, al mes de octubre por la suma de $ 57.500.- del añ

Fallo

fallo (En conformidad a resolución de la Excma. Corte Suprema de fecha 22 de mayo de 2018, AD 267-2048), quedando las demás consideraciones debidamente registradas en la pista de audio respectiva. En Rancagua, a once de abril del dos mil veinticinco. Por estos antecedentes y visto además lo dispuesto en los arts. 1, 7, 63, 73, 162, 160,171, 446 y siguientes del Código del Trabajo, SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda interpuesta por don JOSÉ FLORES SANCHEZ y doña NICOLLE VILCHEZ MIRANDA en contra de ANAKENA SPA declarándose que la relación laboral terminó por el auto despido de los actores por haber incurrido el ex empleador en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, condenándose a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: A.- Don JOSÉ FLORES SÁNCHEZ: 1.- Indemnización por años de servicio por la suma de $575.000.-, recargo legal del 50% conforme al artículo 171 del Código del Trabajo por la suma de $287.750.- 2.- Remuneración de abril de 2024 por la suma de $575.000.- y 3 días de mayo de 2024 por la suma de $57.500.- 3.- Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $575.000.- 4.- Feriado legal del período 2023-2024 por 21 (veintiún) días corridos por la suma de $402.000.- 5.- Feriado proporcional del periodo 2024 por 4,5 días corridos por la suma de $86.250.- 6.- Cotizaciones previsionales en la Administradora de Fondo de Pensiones A.F.P. PlanVital equivalente al 10% de la remuneración del trabajador por cada mes impago,

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO APLICACIÓN GENERAL FECHA 11/04/2025 RUC 24-4-0589977-5 RIT O-481-2024 MAGISTRADO VANIA LEÓN SEGURA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ana B. Villagra Aránguiz SALA 2 HORA DE INICIO 12:36 horas HORA DE TERMINO 14:35 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440589977-5-1339 PARTE DEMANDANTE 1.- NICOLLE ANDREA VILCHEZ MIRANDA C.I. N°16.882.361-4 (no comparece) 2.

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