13º Juzgado Civil de Santiago

CALDERÓN/ILTE. MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES

Rol

C-5394-2025

Fecha

17 de junio de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, con fecha 14 de abril de 2025, comparece Tamara Celeste Alvarado Barriga, abogada, domiciliada en calle Huérfanos N°1373, comuna de Santiago, en representación convencional de doña Griselle Ninoska Calderón Fuentes, Administradora Gastronómica, domiciliada en Avenida Lo Errazuriz N°4086, comuna de Maipú, quien interpuso demanda en juicio ordinario por prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su alcaldesa, Catalina Sofia San Martín Cavada, ambos domiciliados en Avenida Apoquindo N°3400, comuna de Las Condes, en base a los antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que a continuación se exponen. Refiere que su representada es dueña del vehículo marca Chevrolet, placa patente KJCL.86-7, Modelo Spin LTZ 1.8 AT del año 2018, y que, de acuerdo con el informe de Estado de deuda de permisos de circulación emitido por la I. Municipalidad de Las Condes, aquel mantiene una deuda que asciende a la suma de $1.627.071.-, correspondiente al periodo comprendido entre los años 2019 y 2025. Funda su acción en haber transcurrido el plazo legal para la prescripción extintiva del cobro de la deuda de los permisos de circulación de los años 2019, 2020, 2021, y 2022, cuyo monto total asciende a la suma de $1.212.438.- Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda de prescripción extintiva de la acción judicial antes indicada, en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su alcaldesa, doña Catalina Sofia San Martín Cavada, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación y en definitiva declarar prescritas las obligaciones civiles emanadas de los derechos municipales anteriormente señalados, emanados por lo adeudado de los permisos de circulación del vehículo marca Chevrolet, placa patente KJCL.86-7, Modelo Spin LTZ 1.8 AT del año 2018, por los períodos comprendidos entre los años 2019 y 2022 que asciende a la suma de $1.212.438.-, todo con expresa condenación en costas. Código: MCXVXXEQURT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 10, con fecha 23 de mayo de 2025, consta notificación de la demanda en conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. A folio 12, con fecha 2 de junio de 2025, la demandada presenta escrito de contestación, allanándose a la demanda respecto de los periodos que van desde 2019 a 2022, ambos inclusive, sin costas por falta de oposición. A folio 16, con fecha 6 de junio de 2025, se tuvo por contestada la demanda y por allanada a ella. A folio 18, con fecha 16 de junio de 2025, y en conformidad al artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 14 de abril de 2025, compareció doña Tamara Celeste Alvarado Barriga, abogada, en representación convencional de doña Griselle Ninoska Calderón Fuentes, quien interpuso demanda en juicio ordinario por prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, representada por su alcaldesa, doña Catalina Sofia San Martín Cavada, todos ya individualizados por los antecedentes que expone en su demanda ya reseñados en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que, la demandada compareció al proceso allanándose, solicitando no ser condenada en costas en razón a su allanamiento. TERCERO: Que, a fin de acreditar sus alegaciones, la demandante acompañó, a folio 1, los siguientes documentos: Certificado de deuda por Permisos de circulación del vehículo marca Chevrolet, placa patente KJCL.86-7,

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1567, 1698, 1700, 1702, 2514, 2515 y 2518 del Código Civil; 144, 160, 170, 254, 313, 342, 346 del Código de Procedimiento Civil; 48 del D.L. 3.063; 53 del Código Tributario y demás pertinentes, se declara: Código: MCXVXXEQURT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl I.- Que, se acoge la demanda de lo principal de folio 1, en la forma establecida en el considerando noveno de este fallo. II.- Que, cada parte pagará sus costas. Regístrese, notifíquese y archívense los autos en su oportunidad. ROL N°C-5.394-2.025. DICTADA POR MARÍA EUGENIA SILVA PACHECO, JUEZA TITULAR DEL DÉCIMO TERCER JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticinco Código: MCXVXXEQURT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-17T13:08:11-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-5394-2025 CARATULADO : CALDERÓN/ILTE. MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES Santiago, diecisiete de junio de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1, con fecha 14 de abril de 2025, comparece Tamara Celeste Alvarado Barriga, abogada, domiciliada en calle Huérfanos N°1373, comuna de Santiago, en representación convencional de

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