SANDOVAL DIAZ MATILDE DEL ROSARIO
Rol
V-87-2024
Fecha
17 de junio de 2025
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 15 de febrero de 2024, compareció don PAULA ALVAREZ ROJAS, chilena, abogada, casada, cédula de identidad N°16.687.284-7, con domicilio en calle Faez N°741, Vallenar, en representación convencional, según se acreditará, de doña MATILDE DEL ROSARIO SANDOVAL DIAZ, chilena, empresaria minera, viuda, cédula de identidad N°7.171.651-1, con domicilio en Av. Marambio N°388, Domeyko, comuna de Vallenar, solicitando la concesión de explotación denominada “SAN MANUEL 1 AL 4”, sobre una superficie de 4 hectáreas, cuyo punto de interés se sitúa en la comuna de Vallenar, Provincia del Huasco, Región de Atacama. SEGUNDO: Que tal manifestación se publicó en el Diario Oficial de la República de Chile N° 43.788 de fecha 28 de febrero de 2024, Boletín Oficial de Minería CVE 2460127 y se inscribió en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Vallenar, con fecha 19 de febrero de 2024, a fojas 399 Nº 235 del mismo año. TERCERO: Que a fojas 4, con fecha 10 de junio de 2024, se solicitó la mensura por una superficie de 4 hectáreas, habiéndose publicado tal petición el día 26 de junio de 2024 en el Diario Oficial de la República de Chile N° 43.885, Boletín Oficial de Minería CVE 2510131. CUARTO: Que la superficie mensurada comprende 4 pertenencias con superficie total de 4 hectáreas, con el nombre “SAN MANUEL 1 AL 4”, y los vértices del perímetro del grupo son los siguientes: VÉRTICE NORTE (metros) ESTE (metros) L 1 6.796.080,00 315.250,00 L 2 6.796.080,00 315.450,00 Código: HGGXXXGUHSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl L 3 6.795.880,00 315.450,00 L 4 6.795.880,00 315.250,00 Correspondiendo su punto de interés a la intersección de la coordenada 6.795.980,00 metros Norte con la abscisa 315.350,00 metros Este.- QUINTO: Que en el folio 17, el Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, mediante Ordinario N°4502, de fecha 13 de diciembre de 2024, informó con observaciones los aspectos técnicos de la operación de mensura, ordenándose poner ello en conocimiento del interesado para los tramites de rigor. SEXTO: Que puestas en conocimiento del interesado las observaciones señaladas en el motivo quinto, éste hizo presente al Tribunal, y dentro de plazo contemplado en el artículo 82 del Código de Minería, el haber solucionado las mismas. SEPTIMO: Que en el folio 24, rola Ordinario Nº1511 de fecha 16 de mayo de 2025, el Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó emite un informe favorable señalando que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. OCTAVO: Que no se observan vicios que obsten a la concesión impetrada. NOVENO: Que en el folio 9, y con fecha 23 de septiembre de
Fallo
Por estas consideraciones, y conforme lo disponen los artículos 2, 34, 44, 59, 85 y 87 y siguientes del Código de Minería, resuelvo: I.- Declárese constituidas las pertenencias “SAN MANUEL 1 AL 4”, Rol Nacional Nº03301-6277-5, con una superficie total de 4 hectáreas, a favor de doña SANDOVAL DIAZ MATILDE DEL ROSARIO, ya individualizada. II.- Apruébense su plano y acta de mensura. III.- Cumpla el interesado con entregar al SERNAGEOMIN copia de esta sentencia, del acta de mensura y original del plano. Otórguese extracto conforme al artículo 90 y publíquese. Inscríbase junto con el acta de mensura. Archívense los planos. Anótese, regístrese, notifíquese, dese copias y archívese la causa en su oportunidad. ROL Nº V-87-2024. Dictada por doña SANDRA JANETT ORELLANA ARAYA, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras de Vallenar. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, en Vallenar, diecisiete de junio de dos mil veinticinco Código: HGGXXXGUHSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: HGGXXXGUHSP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-17T10:05:45-0400
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA: 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Vallenar CAUSA ROL : V-87-2024 CARATULADO : SANDOVAL DIAZ MATILDE DEL ROSARIO Vallenar, diecisiete de junio de dos mil veinticinco. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 15 de febrero de 2024, compareció don PAULA ALVAREZ ROJAS, chilena, abogada, casada, cédula de identidad N°16.687.284-7, con domicilio en calle Faez N°741, V
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