CASTILLO/EMPRESAS LA POLAR
Rol
M-88-2025
Fecha
14 de abril de 2025
Materia
Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos no se ajustan a la causal por lo que su despido debe ser declarado improcedente. Cita normas legales y concluye solicitando tener por interpuesta demanda de despido improcedente, carente de motivo plausible, y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleador, ABC S.A., representada legalmente por don María Loreto Rossler Yavar, acogerla a tramitación, y en definitiva, dar lugar a las declaraciones, peticiones precisas y concretas que se formulan a continuación: 1. Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 172, se declare que la remuneración mensual promedio, ascendía a la suma de $1.091.984.- (un millón noventa y un mil novecientos ochenta y cuatro pesos) o la suma que se determine. 2. Que se declare que el despido es improcedente conforme lo expuesto en lo principal de esta demanda. 3. Que se condene al demandado al pago de las indemnizaciones y prestaciones laborales que a continuación se indican, o en su caso, a la suma menor que conforme el mérito del proceso, en equidad y justicia se determine: 3.1 En virtud de la improcedencia del despido, se pague de conformidad a lo dispuesto en el artículo 168 letra a) del Código del trabajo, un incremento del 30% de la indemnización por años de servicios, esto es, la suma de $2.293.166.- (dos millones doscientos noventa y tres mil ciento sesenta y seis pesos) o la suma que se determine. 4. Asimismo, y atendida las mismas declaraciones de improcedencia del despido, se me otorgue (reintegre) el descuento que se le hizo para AFC que corresponde a la suma de $767.541.- (setecientos sesenta y siete mil quinientos cuarenta y un pesos) o la suma que se determine. 5. Reajustes e intereses: Todas las cantidades de dinero expresadas en los puntos anteriores, las demando con reajustes e intereses, según lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 6. Costas: Todo lo demandado con expresa condenación en costas,
Fundamentos
considerando que el despido por falta de probidad carece de todo motivo plausible. Tercero: Contestación de la demanda. En la audiencia de juicio, la demandada contestando la demanda, reconoce la relación laboral, las funciones y los hechos del término de la relación laboral. La desvinculación se fundó en el inciso primero del artículo 161 del Código del trabajo. Se dieron cumplimiento a todas las formalidades legales. La carta de manera lata da cuenta de la crisis económica y como le ha afectado, lo que ha llevado a tomar medidas de racionalización y reestructuración. Se acompañan en la carta imágenes de los estados financieros que dan cuenta de la realidad económica de la empresa. En los últimos 4 años ha habido resultados negativos, solo en el último año hubo resultado positivos a raíz del retiro de los fondos previsionales, pero las perdidas han superado los últimos resultados. Se han cerrado 14 tiendas, lo que ha permitido que la empresa sea más competitiva. Las desvinculaciones han sido necesarias. Solicita el rechazo de la demanda. Cuarto: Prueba de la parte demandante. Que la parte demandante en la audiencia de juicio incorporó en forma legal los siguientes medios de prueba. Prueba documental. 1. Carta de aviso de despido, de fecha 10 de enero de 2025. 2. Finiquito suscrito con fecha 17 de enero de 2025. 3. Comprobante de pago de remuneraciones correspondiente a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2024. 4. Noticia obtenida del sitio Web. https://america-retail.com/paises/chile/lafusion-entre-la-polar-y-abcdin-ha-resultado-en-un-notable-aumento-deingresos. 5. Noticia obtenida del sitio Web. https://www.latercera.com/pulso/noticia/abc-registra-primer-trimestre-conganancias-tras-fusion-entre-la-polar-yabcdin/SIAVEY25URA7FLIXLO33AHQHS4/ 6. Noticia obtenida del sitio Web https://www.theclinic.cl/2024/08/23/unaexitosa-fusion-la-polar-abcdin-aumentan-sus-ingresos Quinto: Prueba de la parte demandada. Que la parte demandada a fin de probar sus alegaciones y defensas incorporó los siguientes medios de prueba. Prueba documental. 1- Carta terminación de contrato de Jonathan Andrés Castillo Fuentes de fecha 10 de enero del 2025. 2- Finiquito de Johana Jonathan Andrés Castillo Fuentes de fecha 15 de enero del 2025. 3- Análisis razonado La Polar S.A. cuarto trimestre del 2022. 4- Análisis razonado La Polar S.A. cuarto trimestre del 2023. 5- Análisis razonado La Polar S.A. primer trimestre del 2024. 6- Análisis razonado La Polar S.A. segundo trimestre del 2024. 7- Comprobante libro de remuneraciones La Polar S.A. enero 2022, 8- Comprobante libro de remuneraciones La Polar SA. marzo 2023. 9- Comprobante libro de remuneraciones La Polar S.A. enero 2024 Prueba testimonial. 1. Compareció don Luis Danilo Pardo Becerra, quien legalmente interrogado, expuso: Conoce a las partes del juicio. El demandante trabajaba en la empresa en líneas duras. Era cajero de líneas asistidas. El cargo expiró de la compañía, solo existen asistente
Fallo
fallo dictado en la causa Rol N° 555-2007, expuso: “La causal de necesidades de la empresa es de carácter objetivo, por cuanto la separación del trabajador es producto de hechos graves de naturaleza económica que se imponen en forma exógena a una administración diligente del empleador”. También se ha sostenido que corresponde a una causal objetiva que no puede menoscabar la estabilidad en el empleo, y si el empleador decide efectuar un cambio en el diseño de trabajo, no puede traspasar ese costo a sus dependientes y debe asumirlo personalmente. Así se ha resuelto en causa Rol N° 7022-2009 de la Corte Suprema. Noveno: Que los documentos incorporados por la parte demandada, consistentes en Análisis razonado La Polar S.A cuarto trimestre del 2022, Análisis razonado La Polar S.A cuarto trimestre del 2023, Análisis razonado La Polar S.A primer trimestre del 2024, Análisis razonado La Polar S.A segundo trimestre del 2024, corresponden a informes cuyo origen se desconoce, toda vez que ninguno de los testigos se refirió a sus contenidos o los explicó, y en cuanto a su autoría conforme a lo que se desprende de cada documentos es atribuible a la propia parte que lo presenta. En cuando a su contenido, para su entendimiento, en relación con la necesidad del término de la relación laboral del actor, se requiere una explicación profesional pericial por un profesional que domine actividad financiera, contable, tributaria y/u otra afín, sin que ello se haya realizado en juicio. Lo mismo p
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Causa Ruc 25-4-0651167-K Rit M-88-2025 Materia Despido injustificado Procedimiento Monitorio Demandante Jonathan Andrés Castillo Fuentes C.I. 16.822.440-0 Abogados Luis Osvaldo Sepúlveda López Susana Gabriela Mayorga Alarcón C.I. 13.304.869-3 C.I. 12.717.171-8 Demandado ABC SA Rut 96.874.030-K Abogados Matías Andrés Godoy Caniullán Antonio José López Roberto Fernando Velásquez
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