2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VALERA/SERVICIOS ASESORIAS Y SOLUCIONES FINANCIERAS LTDA.

Rol

O-293-2024

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 161, 162, 168, 172, 173, articulo 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457 y 459, todos del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado y por tanto se declara que el despido de la demandante Rosanna Teresa Carabante Martínez, Nicole Estrella González Ortiz y Carolina Andrea Valera Tobar, es injustificado. II. Se condena a la demandada Servicios Asesorías y Soluciones Financieras Ltda. a pagar a las demandantes: i. Respecto de Rosanna Teresa Carabante Martínez, recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio, correspondiente a $792.054. ii. Respecto de la demandante Nicole Estrella González Ortiz: a. Recargo del 30% sobre la indemnizaciones por años de servicio, correspondiente a $1.060.839. b. Reembolso de dineros descontados para préstamo de caja de compensación, correspondiente a $356.570. iii. Respecto de la demandante Carolina Andrea Valera Tobar: a. Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio, correspondiente a $1.951.546. b. Reembolso de dinero descontados en la liquidaciones para el pago en caja de compensación, correspondiente a $730.952. III. Las cantidades señaladas en el punto anterior, deberán ser objetos de reajuste e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo cuando corresponda. IV. Se rechaza la demanda respecto del resto de las prestaciones cobradas. V. Se rechaza la demanda respecto de la nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales. VI. Sin que la demanda resultara completamente vencida, no se le condena en costas. VII. Una vez firme y ejecutoriada la presente sentencia, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional para su ejecución, en los tiempos y formas dispuestos en los artículos 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió don Víctor Riffo

Fallo

se resuelve: I. Se acoge la acción de despido injustificado y por tanto se declara que el despido de la demandante Rosanna Teresa Carabante Martínez, Nicole Estrella González Ortiz y Carolina Andrea Valera Tobar, es injustificado. II. Se condena a la demandada Servicios Asesorías y Soluciones Financieras Ltda. a pagar a las demandantes: i. Respecto de Rosanna Teresa Carabante Martínez, recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio, correspondiente a $792.054. ii. Respecto de la demandante Nicole Estrella González Ortiz: a. Recargo del 30% sobre la indemnizaciones por años de servicio, correspondiente a $1.060.839. b. Reembolso de dineros descontados para préstamo de caja de compensación, correspondiente a $356.570. iii. Respecto de la demandante Carolina Andrea Valera Tobar: a. Recargo del 30% sobre la indemnización por años de servicio, correspondiente a $1.951.546. b. Reembolso de dinero descontados en la liquidaciones para el pago en caja de compensación, correspondiente a $730.952. III. Las cantidades señaladas en el punto anterior, deberán ser objetos de reajuste e intereses según dispone el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo cuando corresponda. IV. Se rechaza la demanda respecto del resto de las prestaciones cobradas. V. Se rechaza la demanda respecto de la nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales. VI. Sin que la demanda resultara completamente vencida, no se le condena en costas. VII. Una vez firme y ejecutoriada la pre

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 8 DE ABRIL DE 2025 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 16 RUC 24-4-0542282-0 RIT O-293-2024 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS EMILIO FELIPE SUAREZ URRA HORA DE INICIO 11:31 HORAS HORA DE TERMINO 13:23 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2440542282-0-1349-250408-00 Nº CUSTOD

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