23º Juzgado Civil de Santiago

ANTIGUAY/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE AIPÚ

Rol

C-2339-2025

Fecha

10 de junio de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: En autos rol C-2339-2025 comparece don Robinson Antiguay Gaez, pensionado, con domicilio en Pasaje Galicia N°2994, comuna de Maipú, representado por don Marco Bustamante Navarro, abogado, con domicilio en Félix Aldao N°2145, comuna de Maipú, interponiendo demanda ordinaria de declaración de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de Derecho Público, representada legalmente por don Tomás Vodanovic Escudero, alcalde, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril N°0260, Maipú, Santiago. Expone que es residente y dueño del inmueble ubicado en Pasaje Galicia N°2994, comuna de Maipú; inmueble respecto del cual existe una deuda por concepto de derechos de aseo y que abarca desde el 30 de abril del año 2001 hasta el 30 de junio de 2024 y habiendo transcurrido un plazo superior al establecido por la ley, en relación a la deuda comprendida entre el día 30 de abril de 2001 hasta el 30 de noviembre de 2019, solicita que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ordinaria de prescripción extintiva en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcalde don Tomás Vodanovic Escudero y en definitiva, se declare la prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal impagos, más sus respectivos reajustes, intereses y eventuales multas respecto de la propiedad ubicada en pasaje Galicia N°2994, comuna de Maipú, correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de noviembre de 2019, ascendentes a la suma de $2.625.421 o a la cantidad que esta juez determine conforme a derecho. A folio 9 consta el estampado receptorial de fecha 10 de abril de 2025 que da cuenta de la notificación personal realizada al representante legal de la parte dem

Fundamentos

Considerando: Primero: Que comparece don Robinson Antiguay Gaez, representado por don Marco Bustamante Navarro, abogado, interponiendo demanda ordinaria de declaración de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de Derecho Público, representada legalmente por don Tomás Vodanovic Escudero, alcalde, fundada en los hechos y argumentos de derecho consignados en la parte expositiva de la presente sentencia, que se dan por íntegramente reproducidos. Segundo: Que notificada la demanda en forma legal, la demandada contestó y se allanó íntegramente a la pretensión formulada por la demandante respecto de las acciones de cobro por concepto de derechos de aseo. Tercero: Que acorde a lo previsto en el artículo 1698 del Código Civil, incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta. Cuarto: Que la parte demandante para acreditar los fundamentos de su acción acompañó en forma legal y sin objeción de la contraria a folio 1: 1) Copia con vigencia del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente a la inscripción 78054 número 113362 del año 2023, emitido con fecha 3 de septiembre de 2024. 2) Copia de certificado de residencia Nª000764 de la Junta de Vecinos “Fe y Esperanza” de fecha 20 de agosto de 2024. 3) Copia de documento denominado “Estado de cuenta de aseo domiciliario” de la Ilustre Municipalidad e Maipú de fecha 13 de agosto de 2024, por el tiempo que media entre el 30 de abril de 2001 y 30 de junio de 2024. Quinto: Que, por su parte la demandada, no rindió prueba en relación a la demanda que le es dirigida. Sexto: Que el actor comparece alegando la prescripción extintiva de acciones de cobro de derechos de aseo, por el período comprendido entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de noviembre del 2019, sobre el inmueble ubicado en pasaje Galicia N°2994, comuna de Maipú y al respecto, cabe señalar en primer término que corresponde a la parte interesada impetrar la prescripción de deuda por concepto de derechos de aseo, ello porque el artículo 2493 del Código Civil Código: PLEXXWXEKGV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2339-2025 Foja: 1 señala que quien quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla, no pudiendo el Juez declararla de oficio. Séptimo: Que se debe atender a la distinción legal entre el concepto de “impuesto” y el de “derecho”, para efectos de determinar la norma de prescripción extintiva aplicable a su respecto y, conforme a ello, este tributo -derechos de aseo- corresponde a aquellos -como las tasas y contribuciones- en las que el Estado en compensación al pago presta o debe prestar un servicio determinado específico, para todos o un grupo de contribuyentes; en el caso, el pago se refiere a una actividad determinada que beneficia directamente al contribuyente, que teniendo un carácter distinto al del

Fallo

se declarará la extinción del derecho de cobro de los reajustes, multas y cualquier recargo que accedan a los derechos de aseo correspondientes a los períodos referidos en el párrafo anterior, atendida precisamente la calidad de accesorios de aquellos en relación a éstos. Por estas consideraciones y además, lo previsto en los artículos 44, 160 y 170 del Código de Procedimiento Civil y 1437, 1698, 2521 y 2493 del Código Civil, se declara que: I.- Se acoge la demanda de prescripción extintiva y se declara extinguida la acción de cobro respecto de derechos de aseo del inmueble ubicado en Pasaje Galicia N°2994, comuna de Maipú, por el período que media entre el 30 de abril de 2001 hasta el 30 de noviembre de 2019, ambos inclusive, así como la extinción de los recargos, multas y accesorios que correspondan al periodo antes referido, atendida precisamente la calidad de accesorios de estos. II.- Que cada parte deberá pagar sus costas del juicio. Código: PLEXXWXEKGV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2339-2025 Foja: 1 Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Dictada por Katherine Campbell Espinosa, juez titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diez de junio de dos mil veinticinco Código: PLEXXWXEKGV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-06-10T14:30

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C-2339-2025 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 23 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2339-2025 CARATULADO : ANTIGUAY/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE AIPÚ Santiago, diez de junio de dos mil veinticinco Vistos: En autos rol C-2339-2025 comparece don Robinson Antiguay Gaez, pensionado, con domicilio en Pasaje Galicia N°2994, comuna de Maipú, representado por don Marco Bus

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