Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia

MONTOYA/SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LTDA

Rol

M-68-2025

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Feriado proporcional, Horas extras, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° O-68-2025 compareciendo don ESTEBAN CLODOMIRO MONTOYA SOTO, desempleado, con domicilio en Sector Corvi 1, Pasaje 21, Casa 16 de esta ciudad, asistida en juicio por el abogado don Emilio Menzel Gatica, y la demandada SEGURIDAD Y PROMOCIONES ASOCIADOS LTDA., representada legalmente por don Marcelo Tarjizan Nallar, ambos domiciliados en Avenida Mackenna número 1434 de la ciudad de Osorno, asesorada por la abogada doña Alejandra Andrade Garrido; como demanda solidario- subsidiaria ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALDIVIA representada por su alcalde doña Carla Andrea Amtmann Fecci, ambos domiciliados en calle Independencia número 455 de esta ciudad, representada por el letrado doña Bárbara Catalina Labbé Uribe; y SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACION REGION DE LOS RIOS, representada por doña Karina Angelica Fernández Carrera, ambos con domicilio en Avenida Alemania número 799 de esta ciudad, quien no compareció a ninguna de las audiencias celebradas.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que don Esteban Clodomiro Montoya Soto interpuso demanda de nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales en contra de Seguridad y Promociones Asociados Ltda., representada legalmente por don Marcelo Tarjizan Nallar y en forma solidaria-subsidiaria en contra de la Ilustre Municipalidad de Valdivia y del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos, solicitando: 1.- Que, se declare que se adeudan las horas extraordinarias reclamadas y señaladas en la presentación, o las que se estime acreditadas conforme al mérito del procedimiento; 2. Que, se declare la nulidad del despido. 3.- Que se condena a las demandadas al pago de las cotizaciones previsionales de seguridad social asociadas a las horas extraordinarias devengadas durante la vigencia de la relación laboral, las que no han sido declaradas, informadas ni pagadas a la fecha de la interposición del presente arbitrio; lo anterior, de acuerdo con el apoyo documental acompañado y en atención al recuadro insertado en el libelo; 4.- Que, se condene las demandadas solidarias (o subsidiarias), al pago de las prestaciones aquí demandadas; 5.- Que se condene a la demandada al pago de reajustes e intereses, según artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; 6.- Que, se condene a las demandadas a una ejemplar condena en costas en caso de oposición a la demanda. SEGUNDO: Que doña Alejandra Andrade Garrido, abogada, contesta el libelo solicitando el rechazo del mismo n todas sus partes con costas. TERCERO: Que doña Bárbara Catalina Labbé Uribe, contesta el libelo solicitando el rechazo respecto de su representada y en subsidio para el caso que se acoja la demanda la condena a su representada lo sea en forma subsidiaria y no solidaria. CUARTO: Que la demandada Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos, no contesto el libelo deducido en su contra. QUINTO: Que en audiencia preparatoria se establecieron los siguientes hechos indubitados: 1.- Existencia de la relación laboral entre don Esteban Clodomiro Montoya Soto y la demandada Seguridad y Promociones Asociados Ltda., la que se extendió del 05 de enero al 25 de noviembre de 2024. 2.- Que la función que desempeñaba el demandante correspondía a la de supervisor. 3.- Que la relación laboral terminó el 25 de noviembre de 2024 por despido por la causal de necesidades de la empresa, establecida en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo. 4.- Que se le canceló al actor la indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $859.375 y el feriado proporcional por el monto de $378.340.- 5.- Que el actor prestó servicios para Seguridad y Promociones Asociados Ltda., en un régimen de subcontratación para la demandada I. Municipalidad Valdivia y Servicio de Vivienda y Urbanización Región de Los Ríos. SEXTO: Que a fin de acreditar sus pretensiones el actor produjo la siguiente prueba: 1.- Documental: a) Acta de comparendo ante la inspección del trabajo; b) Listado de los (30) recintos supervisados en su

Fallo

se declara: I.- Que se rechaza la demanda de nulidad del despido injustificado y cobro de prestaciones laborales deducida por don Esteban Clodomiro Montoya Soto en contra de Seguridad y Promociones Asociados Ltda., representada legalmente por don Marcelo Tarjizan Nallar y en forma solidaria-subsidiaria en contra de la Ilustre Municipalidad de Valdivia y del Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Los Ríos. II.- Que se condena en costas al demandante principal al haber sido totalmente vencido, regulándose las personales en $300.000.- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rit N° M-68-2025 Ruc N° 25-4-0646925-8 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. DICTADA POR DOÑA MARIANELA LUNA NEIRA. JUEZ DESTINADO DEL JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALDIVIA.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, ocho de abril de dos mil veinticinco. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia de juicio en procedimiento monitorio en los antecedentes Rit N° O-68-2025 compareciendo don ESTEBAN CLODOMIRO MONTOYA SOTO, desempleado, con domicilio en Sector Corvi 1, Pasaje 21, Casa 16 de esta ciudad, asistida en juicio por el abogado don Emilio Menzel Gatica, y la demandada SEGURIDAD Y P

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica