2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SEPÚLVEDA/SOCIEDAD DE PROFESIONALES MÁS CONTABILIDAD Y CIA LTDA

Rol

T-2265-2024

Fecha

8 de abril de 2025

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Costas, Daño moral, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: PRIMERO: Que ha comparecido a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña LESLIE MARIOL SEPÚLVEDA FUENTES, técnico superior en enfermería, domiciliada para estos efectos en calle Compañía N°1390, oficina 1509, comuna de Santiago, quien interpone denuncia por vulneración de derechos fundamentales, con ocasión del despido, en contra de la SOCIEDAD DE PROFESIONALES MÁS CONTABILIDAD Y CIA LTDA, representada por doña AURORA ISABEL SEPULVEDA JORQUERA, ambas domiciliadas en calle Padre Mariano N° 253, oficina 06, comuna de Providencia, en atención a las siguientes consideraciones de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone: Señala que comenzó a prestar servicios para la empresa el día 02 de febrero de 2023, bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada y en informalidad laboral, desempeñando funciones de sólo facturación y cobranza, community manager y encargada de la correspondencia de la oficina de Padre Mariano y clasificación de oportunidades por el WhatsApp de "info" de la empresa. Dice que durante el periodo trabajador, jamás fue amonestada o reprehendida por parte del empleador. Hace presente que se encuentra afiliada a FONASA y AFP Capital, y que por los servicios prestados, percibía una remuneración ascendente a la suma de $1.443.890, suma que solicita se tenga presente para todo efecto legal. Refiere que el término de la relación laboral se materializó el día 06 de mayo de 2024 y, asimismo, con fecha 19 de julio de 2024 su parte estampó reclamo por despido, el que quedó bajo el número 1324/2024/20030, cuya conciliación quedó fijada para el día 16 de agosto del corriente, por lo que la presente acción se entabla dentro de los plazos de caducidad que dispone la legislación laboral vigente. Aduce que durante los últimos días de abril e inicios de mayo del corriente, comenzaron los actos que suponen vulneración a los Derechos fundamentales dicen relación con el envío de correos electrónicos de la empleadora a su parte consultando distintas circunstancias laborales, para luego acusar a esta trabajadora de haber cometido delitos, los que consistían en supuestos (sic) “robos” que esta trabajadora habría efectuado en contra de la empresa, en concierto con otros trabajadores de la empresa. Comenta que esta situación devengó en que la representante legal de la empresa enviara una cantidad importante de correos electrónicos a su parte, como también llamadas telefónicas, solicitando primeramente que culparan de los supuestos delitos a una trabajadora llamada Marión Lagos Peña; sin embargo, luego comenzaron las amenazas en orden a que si no delataba a la persona que habría efectuado los supuestos robos, esto se haría público, señalado además que habría efectuado una denuncia ante la Policía de Investigaciones de Chile y Carabineros de Chile, en contra de esta parte y otros trabajadores de la empresas. Dice que se le exigió la entrega de usuarios del Servicio de Impuestos Internos, claves de cuentas bancarias propias y cartolas bancarias tanto propias como de familiares cercanos, con el objeto de que su ex empleadora, doña Aurora Sepúlveda pudiera estudiarlas y comprobar el supuesto robo y estafa que nos imputaba a los trabajadores, todo so pena de tomar acciones en su contra. En este escenario es que su ex empleadora profirió serías y verosímiles amenazas de efectuar “funas” en contra de estos recurrentes, por intermedio de sus redes sociales; frente a lo anterior, es menester indicar que su ex empleadora, representada jurídica y materialmente por doña Aurora Isabel Sepúlveda Jorquera, es una persona que mantiene

Fallo

por tanto, no es posible acceder a ese dominio. ́ Observaciones a la prueba: Las partes realizan las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. C O N S I D E R A N D O: QUINTO: Que en el caso sublite, la denunciante solicita se declare que fueron vulnerados sus derechos fundamentales con ocasión de su despido, se declare injustificado el despido pidiendo se condene a la demandada al pago de las indemnizaciones propias de dicha declaración y demás prestaciones e indemnizaciones que cobra en su demanda. Que en la especie, las prestaciones pretendidas por la demandante son por esencia producto de la materialización de una relación laboral en los términos del artículo 7° del Código del Trabajo, vinculo que es negado categóricamente por la demandada. SEXTO: Que corresponde entonces determinar si entre las partes, existió una relación laboral en los términos establecidos en el artículo 7° del Código del Trabajo, el que señala: “Contrato Individual de Trabajo es una convención por la cual el empleador y el trabajador se obligan recíprocamente, éste a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación del primero, y aquél a pagar por estos servicios una remuneración determinada”. De la definición reseñada precedentemente, emanan los elementos propios del contrato de trabajo que son: a) Un acuerdo de voluntades entre el trabajador y el empleador; b) La obligación del trabajador de prestar servicios personales al emplea

Texto Completo (Preview)

Santiago, a ocho de abril de dos mil veinticinco. VISTO: PRIMERO: Que ha comparecido a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, doña LESLIE MARIOL SEPÚLVEDA FUENTES, técnico superior en enfermería, domiciliada para estos efectos en calle Compañía N°1390, oficina 1509, comuna de Santiago, quien interpone denuncia por vulneración de derechos fundamentales, con ocasión del despido, en

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica