CABALLERO/INTELLEGO BUSINESS INTELLIGENCE S.A
Rol
O-2293-2024
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
hechos con fecha 14 de diciembre de 2023, interpuso reclamo correspondiente ante la Dirección del trabajo y el 5 de febrero de 2024, se llevó a cabo el comparendo sin lograr acuerdo. Expone consideraciones de derecho y describe que las prestaciones reclamadas son las siguientes: 1) Declarar que el despido fue injustificado y/o improcedente 2) Declarar que se adeuda indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $2.870.633 3) Declarar que se adeuda indemnización por años de servicios por la suma de $8.611.899 4) Declarar que se adeuda recargo legal por despido injustificado (30%), en virtud del artículo 168 del Código del Trabajo, por la suma de $2.583.570. 5) La suma de $4.391.282 por concepto de feriado legal y/o proporcional adeudado 6) Intereses y reajustes legales que correspondan. 7) Costas del presente juicio. Por tanto, en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto por los artículos 2, 4, 45, 67, 71, 73, 161, 162, 163, 168, 169, 172, 173, 432, 446 y siguientes, del Código del Trabajo, y demás normas legales y reglamentarias pertinentes, pide tener por interpuesta demanda en procedimiento ordinario del trabajo por despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de mi ex empleador INTELLEGO BUSINESS INTELIGENCE S.A., representada legalmente por don RODOLFO BERMUDEZ NEUBAUER, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación en todas sus partes, declarando que ha sido despedida de forma injustificada, condenando a la empresa demandada al pago de todas las prestaciones demandadas ya descritas, con los reajustes, intereses y costas correspondientes. CONTESTACION SEGUNDO: Que la parte demandada debidamente emplazada no contestó la demanda teniéndose por evacuado dicho trámite en su rebeldía. TERCERO: Que atendida la rebeldía de la parte demandada se dio por frustrado el llamado a conciliación, estableciéndose como HECHOS CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de una relación laboral entre las partes. En su caso, fecha de inici
Fundamentos
CONSIDERANDO DEMANDA PRIMERO: Que en estos autos comparece doña MARLYS ELIZABETH CABALLERO ZAMORANO, empleada, cédula nacional de identidad N° 13.479.466-6, con domicilio en avenida San José de Maipo N°06997, casa 128 Loteo 2, Las Vizcachas, comuna de Puente Alto, Región Metropolitana quien interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, en contra de INTELLEGO BUSINESS INTELIGENCE S.A., empresa del giro de su denominación, RUT. N° 76.154.675-9, representada legalmente por don RODOLFO BERMUDEZ NEUBAUER, desconoce profesión u oficio, cédula nacional de identidad N°14.729.049-7, ambos domiciliados para estos efectos en avenida Vitacura N° 2670, comuna de Vitacura, Expone que con fecha 12 de abril del año 2021 ingresó a prestar servicios personales para la empresa demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, desempeñando el cargo de Consultor Senior/ jefe de proyectos, de forma ininterrumpida hasta el día 13 de diciembre del año 2023 en un contrato de carácter indefinido. Sus funciones consistían en atender los requerimientos de gestión de la información del cliente Colbún, en las áreas de Auditoría interna e Ingeniería y proyectos. Realizando los proyectos en su completitud desde el análisis, diseño e implementación, y posteriormente en la evolución de los productos ya en utilización, el soporte eventual de ellos. Agrega que estaba exenta de ella conforme al artículo 22 inciso segundo del Código del Trabajo y que su remuneración ascendía a $2.870.633.- En cuanto al término de los servicios indica que con fecha 13 de diciembre de 2023 fue despedida de manera informal en una reunión de trabajo con el equipo de Intellego-BI estando vía Teams (conexión remota) que posteriormente fue respaldado en un correo electrónico enviado el 16 de diciembre de 2023 al que se adjuntaba una carta de aviso de término de contrato por la causal de necesidades de la empresa, señalando que la empresa realizará cambios estructurales para hacer eficientes sus costos y que,
Fallo
por tanto, el cargo y función que desarrollaba sería eliminado. Menciona que la carta es escueta y carece de fundamentos verídicos ya que no es efectivo que la empresa realizará cambios estructurales con el fin de hacer más eficientes sus costos, tampoco es cierto que el cargo y función que desempeñaba en la empresa fuera eliminado. Indica que a la fecha no se le ha pagado el finiquito que ellos mismos reconocen en la mencionada e informal carta de despido, es decir, no se le ha pagado la indemnización sustitutiva de aviso previo, indemnización por años de servicio, el feriado legal ni los días trabajados durante el mes de diciembre de 2024. A raíz de estos hechos con fecha 14 de diciembre de 2023, interpuso reclamo correspondiente ante la Dirección del trabajo y el 5 de febrero de 2024, se llevó a cabo el comparendo sin lograr acuerdo. Expone consideraciones de derecho y describe que las prestaciones reclamadas son las siguientes: 1) Declarar que el despido fue injustificado y/o improcedente 2) Declarar que se adeuda indemnización sustitutiva de aviso previo por la suma de $2.870.633 3) Declarar que se adeuda indemnización por años de servicios por la suma de $8.611.899 4) Declarar que se adeuda recargo legal por despido injustificado (30%), en virtud del artículo 168 del Código del Trabajo, por la suma de $2.583.570. 5) La suma de $4.391.282 por concepto de feriado legal y/o proporcional adeudado 6) Intereses y reajustes legales que correspondan. 7) Costas del presente
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, siete de abril de dos mil veinticinco. Habiéndose dictado la sentencia en una fecha posterior a la señalada en la audiencia de juicio; entiéndanse notificadas las partes con esta fecha. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO DEMANDA PRIMERO: Que en estos autos comparece doña MARLYS ELIZABETH CABALLERO ZAMORANO, empleada, cédula nacional de identidad N
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