Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

LAGOS CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO

Rol

O-825-2024

Fecha

7 de abril de 2025

Materia

Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OÍDOS: PRIMERO: Que, comparece MIREYA MARGOT LAGOS SALAZAR, cesante, RUT 9.847.399-8, domiciliada en Volcán Tupungato 2893, San Marcos, comuna de Talcahuano, quien deduce demanda laboral de despido injustificado con declaración de relación laboral, nulidad de despido, y cobro de prestaciones e indemnizaciones, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, RUT 69.150.800-5 representada legalmente por su alcalde HENRY CAMPOS COA, RUT 15.173.261-5, o quien lo subrogue o reemplace, todos con domicilio en Sargento Aldea 250, comuna de Talcahuano, solicitando se acoja la presente demanda en todas sus partes y se condene a la demandada a pagar las prestaciones que se indicarán en el petitorio; todo en razón a los siguientes

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho: Prestó servicios para la demandada ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, como asistente de cuidados del Servicio de Atención Domiciliaria del Programa "Red Local de Apoyos y Cuidados", desde el 25 de mayo de 2021 hasta el 13 de octubre de 2023. Para efectos de lo anterior, suscribió diversos contratos de honorarios a plazo, de manera sucesiva y sin solución de continuidad. El último contrato suscrito fue el de fecha 13 de enero de 2023, el cual establecía en su cláusula TERCERA que los servicios se extenderían hasta el 13 de octubre de 2023. Con respecto a su remuneración, conforme a lo pactado con el empleador y la labor encomendada, ascendía a la cantidad líquida de $500.000.- y un monto bruto de $600.000.- Según los contratos, las funciones que le correspondía llevar a cabo eran las siguientes: · Asistir a la persona en situación de dependencia en las actividades de la vida diaria, en los ámbitos de higiene personal y confort, aseo y orden del espacio del usuario, alimentación, apoyo en la micción y defecación, movilización y traslados. · Apoyar al usuario en la realización de rutinas y roles de la vida diaria, de acuerdo a sus intereses y respetando o estimulando su autonomía · Apoyar la realización de las actividades que faciliten el bienestar de la persona en situación de dependencia. · Organizar y apoyar la ingesta de los medicamentos prescritos por el Centro de salud. · Movilizar a personas postradas. · Apoyar al mantenimiento funcional de las personas con dependencia moderada. Comprende caminar y moverse dentro de la propia casa, habitación, o en distintas zonas. · Apoyar en la alimentación, preparar alimentos de la persona en situación de dependencia y lavar los utensilios ocupados. · Seguir las indicaciones del profesional de la salud para el apoyo en las actividades de estimulación física y cognitiva para prevenir la inactividad y deterioro físico cognitivo. · Apoyar tareas del hogar asociadas a las personas en situación de dependencia. · Mantener el orden y limpieza de las unidades de la vivienda que utiliza la persona en situación de dependencia. · Lavar y mantener la ropa de la persona en situación de dependencia. · Apoyar la vinculación de la persona con familiares, vecinos, amigos, y las redes para prevenir el aislamiento social · Apoyar a la persona en situación de dependencia a caminar y/o moverse, cerca o lejos de la propia vivienda, utilizando las ayudas técnicas correspondientes. · Apoyar a la persona en situación de dependencia a utilizar las redes de salud. · Reportar todo lo relacionado a las atenciones de los usuarios del Programa al Coordinar/a SAD de forma diaria · Participar de las reuniones de coordinación o análisis y gestión de casos de SAD y la Red Local de Apoyos y Cuidados, al menos 1 vez al mes. · Registro y actualización de información en el sistema informático y en instrumentos del Programa Red Local de Apoyo y Cuidados. · Apoyar en la realización de documento

Fallo

Por lo expuesto anteriormente, el despido es nulo para el demandado, en virtud de lo establece el artículo 162 del Código del Trabajo, y procede a su respecto, el cobro inmediato de las prestaciones que la misma norma indica y que se expresan con precisión más abajo y de la sanción que impone el mismo artículo en su inciso 7°. POR TANTO, En mérito de lo expuesto, de los documentos que se acompañan y en virtud de lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 58, 63, 68, 160, 162, 163, 168, 171, 173, 425, 496 y siguientes del Código del Trabajo y demás normas legales, vigentes y pertinentes, solicita tener por interpuesta demanda en procedimiento monitorio de despido injustificado con declaración de relación laboral, nulidad de despido, y cobro de prestaciones e indemnizaciones, en contra de ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TALCAHUANO, ya individualizada, y conociendo de esta, acogerla inmediatamente en consideración a los antecedentes acompañados al estar suficientemente fundadas las pretensiones de esta parte, conforme lo autoriza el inciso 1° del art. 500 del Código del Trabajo y, declare: 1. Que existió una relación laboral entre mi persona y la Municipalidad de Talcahuano, entre el 25 de mayo de 2021 y el 13 de octubre de 2023, o las fechas que Usía estime acreditadas y conforme a derecho. 2. Que el despido ocurrido el 13 de octubre de 2023 fue injustificado. 3. Que el despido de que fui objeto es nulo. 4. Que se condena a la demandada a pagar las cotizaciones de AFP, FONASA, y AFC,

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Concepción, siete de abril de dos mil veinticinco. VISTO Y OÍDOS: PRIMERO: Que, comparece MIREYA MARGOT LAGOS SALAZAR, cesante, RUT 9.847.399-8, domiciliada en Volcán Tupungato 2893, San Marcos, comuna de Talcahuano, quien deduce demanda laboral de despido injustificado con declaración de relación laboral, nulidad de despido, y cobro de prestaciones e indemnizaciones, en contra de la ILUSTRE MUNI

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