AGUILERA CON CLINICA BRANEMARK SPA
Rol
M-110-2025
Fecha
7 de abril de 2025
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos a probar: Los hechos a probar que se fijaron son los siguientes: 1. Existencia del vínculo laboral entre las partes, fecha de inicio y término del mismo, labores ejecutadas por la actora y remuneración percibida por ésta. 2. Causas y fecha del término de los servicios. 3. Efectividad de haber pagado la demandada las cotizaciones previsionales de la actora durante la vigencia de la relación laboral, fechas y montos de los pagos. 4. Si la demandada pagó a la actora el feriado legal y proporcional demandado, o bien, si este fue debidamente otorgado a la trabajadora, periodo en que habría hecho uso de este beneficio. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE.- Documental demandante: Previo ofrecimiento, los documentos incorporados son los siguientes; 1. Acta de comparendo de conciliación de fecha 30 de enero de 2025. 2. Contrato de trabajo de fecha 01 de agosto de 2024. 3. Carta de despido indirecto, constancia en Inspección del Trabajo y certificado de envío. 4. Liquidación de remuneraciones de los meses de agosto, septiembre y octubre de 2024. 5. Certificado de pago de cotizaciones previsionales de AFP Modelo de diciembre de 2021 a octubre de 2024. 6. Certificado de pago de cotizaciones emitido por Fonasa. El Tribunal resuelve: Se tienen por ofrecidos e incorporados los documentos de la parte demandante. PARTE DEMANDADA.- Constancia: Se deja constancia que la demandada no ofrece medios de prueba, en virtud de su rebeldía. OBSERVACIONES A LA PRUEBA Las partes comparecientes hicieron uso en estrados, de su derecho a formular observaciones a la prueba.- Téngase por notificada a las partes de las resoluciones dictadas en la presente audiencia. El Tribunal procede a la dictación y notificación de la sentencia: DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA.- Se deja constancia que conforme al artículo 501 del Código del Trabajo se procede a dictar sentencia íntegra en forma verbal dejando la transcripción del acta solo de su parte resolutiva, conforme lo dispone artículo
Fallo
SE DECLARA: I. Que, SE HACE LUGAR A LA DEMANDA interpuesta por doña ANA ELIZABETH AGUILERA RAMÍREZ en contra de CLINICA BRANEMARK SPA, ambas partes debidamente individualizadas y, en consecuencia, se declara que la relación laboral entre las partes se extendió entre el 03 de noviembre del año 2021 y el 31 de diciembre de 2024, fecha esta última en que finalizó el vínculo por el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato por parte del empleador, debiendo la demandada pagar a la trabajadora las siguientes sumas, por los conceptos que se indican: a) $808.089.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo; b) $2.424.267.-, por concepto de indemnización por años de servicios; c) $1.212.134.-, por concepto de recargo legal del 50%, por sobre la indemnización por años de servicios; d) $835.025.- por concepto de feriado legal y proporcional adeudado; e) Remuneraciones post despido, esto es, que se devenguen desde el 31 de diciembre de 2024 hasta la fecha en que se convalide el autodespido mediante el pago de las cotizaciones morosas, ello a razón de una suma mensual de $808.089.- II. Que, la demandada deberá, además, pagar en las instituciones previsionales correspondientes los periodos de cotizaciones adeudadas a la trabajadora en sus tres aportes de los meses de noviembre de 2021 a noviembre de 2022, abril, mayo, junio, julio, agosto, octubre y noviembre de 2023 y desde enero a diciembre de 2024, debiendo a estos efectos oficiarse a las entidades
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA, PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 07 de abril de 2025.- RUC 25-4-0643923-5 RIT M-110-2025 MAGISTRADO PAMELA PONCE VALENZUELA.- ADMINISTRATIVO DE ACTAS Verónica Olguín Salazar.- SALA 3 HORA DE INICIO 11:24 horas HORA DE TERMINO 11:49 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2540643923-5-1338 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE ANA ELIZABETH AGUILERA RAMÍREZ, representada por s
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