1º Juzgado Civil de San Miguel

DISTRIBUIDORA DE VINOS Y LICORES PLACIDO OYARZÚN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LA PINTANA

Rol

C-5653-2024

Fecha

6 de junio de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece Distribuidora de Vinos Licores y Botiller a Placido Oyarz n SpA,í ú representada por su gerente don Placido Adri n Oyarz n Silva, empresario, domiciliadoá ú en calle Almirante Latorre N 10.734 de la comuna de la Pintana, quien deduce° demanda en contra de la Ilustre Municipalidad de La Pintana, representada por su alcalde do a Claudia Pizarro Pe a, Administradora P blica, ambos domiciliados enñ ñ ú Avenida Santa Rosa N 12.975 de la comuna de La Pintana, para que se declare la° prescripci n de la acci n y de la deuda derivada del cobro de patentes municipales de laó ó Distribuidora de Vinos y Licores Oyarz n SpA, atendido a que el municipio estú á cobrando per odos prescritos de patentes municipales, devengadas en el primer semestreí de 2021 y las anteriores en el tiempo hasta llegar al a o 2015.ñ Previa inserci n de una tabla que contiene la deuda de patentes a la que haceó referencia, se ala que la demandada est cobrando las cuotas de patentes municipales delñ á primer semestre 2021 por $595.357, segundo semestre 2020 por $627.025, primer semestre 2020 por $492.130, segundo semestre 2019 por $517.301, primer semestre 2019 por $537.762, segundo semestres 2018 por $560.826, primer semestre 2018 por $386.990, segundo semestre 2017 por $402.587, primer semestre 2017 por $255.788, segundo semestre 2016 por $265.400, primer semestre 2016 por $220.109, segundo semestre 2015 por $227.704. Indica que conforme lo dispone el art culo 2521 del C digo Civil, prescriben en 3í ó a os las acciones a favor o en contra del fisco y de las municipalidades provenientes deñ toda clase de impuestos. Código: EBXBXWRVMFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5653-2024 Foja: 1 Refiere que, en este caso, el cobro de patentes municipales prescribe en cada cuota semestral y as lo ha reconocido la I. Corte de Apelaciones de Santiago en losí autos Rol 9466-2019, en donde su

Fundamentos

considerando und cimo expresa: que en el caso deé “ las obligaciones cuyo vencimiento se pacta en cuotas, esta corte de manera uniforme ha se alado que la exigibilidad debe considerar cada una de ellas por separado. Lo anteriorñ no implica que se realice un fraccionamiento de la obligaci n, puesto que, no hay tantasó obligaciones como cuotas, sino varios pagos estipulados en relaci n a una sola.ó ” Arguye que, toda deuda de patente semestral devengada en el primer semestre de 2021 y las anteriores, por un monto total de $5.088.979, se encuentra prescrito hoy, lo cual debe ser declarado por el Tribunal. Finaliza solicitando, previa cita legal, que se declare la prescripci n ó de toda deuda y acci n accesoria a las patentes municipales con devengamiento igual y/o anterior aló primer semestre del a o 2021, con costas en caso de oposici n.ñ ó A folio 9, se notific la demanda a la demandada de conformidad al art culo 44ó í de C digo de Procedimiento Civil, previas b squedas de rigor.ó ú A folio 12, se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la demandada.í A folio 22, consta certificado del se or Secretario Subrogante del Tribunal en elñ que se ala que habi ndose realizado el llamado a las partes para la realizaci n delñ é ó comparendo de conciliaci n, ellas no comparecieron.ó A folio 24, se recibi la causa a prueba.ó A folio 30, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Distribuidora de Vinos Licores y Botiller a Placido Oyarz ní ú SpA, representada por su gerente don Placido Adri n Oyarz n Silva, dedujo demandaá ú en contra de la Ilustre Municipalidad de La Pintana, solicitando que se declare la prescripci n extintiva de la acci n para el cobro de las patentes comerciales devengadasó ó en el primer semestre de 2021 y las anteriores hasta el a o 2015, las que al monto oñ cuant a indicada y a los documentos acompa ados, se desprende que incluyen losí ñ derechos de aseo y de propaganda, por lo que debe entenderse que tambi n se solicita laé prescripci n extintiva de la acci n de cobro de dichos conceptos por el mismo periodo,ó ó respecto del mismo deudor, con costas en caso de oposici n.ó SEGUNDO: Que se tuvo por contestada la demanda en rebeld a de la parteí demandada. Código: EBXBXWRVMFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5653-2024 Foja: 1 TERCERO: Que, la parte demandante a fin de acreditar sus alegaciones acompa la siguiente prueba documental:ñó 1.- Copia del certificado de deuda de patentes del demandante entregado por el Municipio demandado. 2.- Copia del extracto social del demandante, extendido por el Conservador de Comercio de Santiago. 3.- citaci n certificado de vigencia de poder del demandante Placido Oyarzunó Silva, extendido por el Conservador de Comercio de Santiago. CUARTO: Que, por su parte la demandada no alleg probanza alguna.ó QUINTO: Que, el art culo 2492 del C digo Civil, dispone que: La prescripci ní ó “ ó es un modo de adquiri

Fallo

se declara la extinci n de la acci n para el cobro de los reajustes, intereses, multas y cualquier recargoó ó que accedan a los derechos de patente comercial, derechos de aseo y de propaganda correspondientes a los per odos antes referidos.í Código: EBXBXWRVMFH Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5653-2024 Foja: 1 Y vistos, adem s lo dispuesto por los art culos 144, 160, 170, 342 y siguientes delá í C digo de Procedimiento Civil, art culos 2492, 2493, 2497ó í , 2521 y 2515 del C digoó Civil, Decreto Ley N 3063, se resuelve: ° I.- Que, se acoge parcialmente la demanda, en consecuencia, se declara que se encuentran prescritas las acciones para el cobro de patente comercial que se hicieron exigibles, esto es, desde el segundo semestre de 2015 al primer semestre de 2021; y las acciones para el cobro de derechos de aseo y de propaganda que se hicieron exigibles desde el segundo semestre de 2015 hasta el segundo semestre de 2019, ambas fechas inclusive, en todos los casos m s reajustes, intereses, multas y cualquier recargo queá accedan a ellos, respecto de Distribuidora de Vinos Licores y Botiller a Placido Oyarz ní ú SpA, representada por su gerente don Placido Adri n Oyarz n Silva. á ú II.- Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C-5653-2024 DICTADA POR DO A SUSANA CHAC N ARANCIBIA, JUEZAÑ Ó TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispue

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C-5653-2024 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de San Miguelº CAUSA ROL : C-5653-2024 CARATULADO : DISTRIBUIDORA DE VINOS Y LICORES PLACIDO OYARZ N/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LA PINTANAÚ San Miguel, seis de junio de dos mil veinticinco VISTOS: Comparece Distribuidora de Vinos Licores y Botiller a Placido Oyarz n SpA,í ú representada por su gerente don Placi

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