1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CONTRERAS/TORRES

Rol

O-2536-2024

Fecha

9 de junio de 2025

Materia

Despido indirecto, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos relatados constituyen un incumplimiento grave por parte del empleador. 1.- No pago de cotizaciones previsionales 2.- Falta de entrega del uniforme de trabajo de guardia de seguridad que lo obligo a costera su vestuario con recursos propios, ya que el empleador tiene la obligación de proveer al trabajador con la vestimenta adecuada para realizar sus funciones de manera segura. Falta de entrega de bloqueador solar para protegerse del sol durante las altas temperaturas, a pesar de la exposición directa a la que eme encontraba durante mi jornada laboral, toda vez que el empleador tiene la obligación de velar por la salud y seguridad de sus trabajadores, como lo señala el artículo 184 del Código del Código del Trabajo. 3.- No entrega de liquidaciones de sueldo correspondiente a los meses trabajados, incumplimiento el artículo 54 del Código del Trabajo. 4.- No pago de remuneración mensual correspondiente al mes de diciembre de 2023 y 16 días del mes de enero de 2024, conforme quedó pactada en el contrato de trabajo suscrito. Derecho que se encuentra establecido en el artículo 55 del Código del Trabajo. 5.- No pago de cotizaciones previsionales en las instituciones FP provida, Fonasa y AFC Chile, de los meses de diciembre de 2023 y proporcional, enero de 2024. Con posterioridad al envío de la carta de despido y atendida la cuantía de la demanda, con fecha 22 de enero de 2024, presentó reclamo por despido indirecto. Sin embargo, no se llegó a acuerdo en aquella instancia atendido que la demandada no se presentó al comparendo de conciliación. Alega, que las empresas demandadas constituyen una unidad económica. Al efecto expone que la sociedad demandada Tácticos SWAT Chile SPA, se dedica al rubro de servicio de seguridad privada prestada por empresas fue creada y es dirigida por doña Valeria De las Mercedes Torres Albornoz quien es su única socia y controladora. Además, doña Valeria De las Mercedes Torres Albornoz tiene inicio de actividades económicas vigentes i

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don OSCAR BERNARDO CONTRERAS ROMERO, cesante, domiciliado en Morandé N°835, oficina 1314, comuna de Santiago, deduce demanda en procedimiento de aplicación general, por despido indirecto, declaración de unidad económica, subcontratación, nulidad del despido y cobro de prestaciones, en contra de su ex empleador empresa Tácticos SWAT Chile SPA, RUT N°77.423.811-5, del giro seguridad privada, representada por doña VALERIA DE LAS MERCEDES TORRES ALBORNOZ, C.I. N°13.837.035-6, factor de comercio, ambas domiciliadas en calle Alameda Oriente N°9589, comuna de La Florida; y en contra de VALERIA DE LAS MERCEDES TORRES ALBORNOZ, C.I. N°13.837.035-6, ignora profesión u oficio, domiciliada en calle Alameda Oriente N°9589, comuna de La Florida; y como demandada solidaria o subsidiaria, en contra de la empresa PATIO COMERCIAL SPA, RUT N°76.362.959-7, representada por don PABLO MANRIQUEZ PALACIOS, C.I. N°10.405.344-0, factor de comercio, ambos domiciliados en Alonso de Córdova N°3788, Piso1, comuna de Vitacura, Funda su demanda, en el hecho que con fecha 27 de noviembre de 2023, inició una relación laboral con la empresa Tácticos SWAT Chile SPA, en calidad de guardia de seguridad, desempeñándome en las dependencias de la empresa mandante ubicadas en Salomón Sumar N°3600, comuna de San Joaquín, en virtud de un contrato de trabajo de naturaleza indefinida, en jornada de trabajo distribuida de lunes a viernes de 7:00 a 19:00 horas, con una hora de colocación entre las 12:00 y 13:00 horas, percibiendo una remuneración de $657.000, que se compone de sueldo base de $460.000; gratificación legal de $115.000; Bono de colación de $41.000; y Bono de movilización de $41.000. Expone que, con fecha 16 de enero de 2024, con motivo de una serie de incumplimientos contractuales de carácter grave de su empleador puso término a la relación laboral de conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 el Código del Trabajo, fundada en la causal del artículo 160 N°7 del mismo cuerpo legal, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, comunicándolo a su empleador mediante carta certificada, con copia a la Inspección del Trabajo. Luego de transcribir en su libelo el texto de la carta de auto despido, se puede extraer que los incumplimientos que alega son los siguientes: Sostiene que los incumplimientos invocados en la carta de despido le han causado graves perjuicios en el ámbito económico y moral, situaciones que, en su concepto, son de suma gravedad y que

Fallo

por tanto no le permitieron continuar con la relación laboral que lo unía con su empleador. Explica que, los hechos relatados constituyen un incumplimiento grave por parte del empleador. 1.- No pago de cotizaciones previsionales 2.- Falta de entrega del uniforme de trabajo de guardia de seguridad que lo obligo a costera su vestuario con recursos propios, ya que el empleador tiene la obligación de proveer al trabajador con la vestimenta adecuada para realizar sus funciones de manera segura. Falta de entrega de bloqueador solar para protegerse del sol durante las altas temperaturas, a pesar de la exposición directa a la que eme encontraba durante mi jornada laboral, toda vez que el empleador tiene la obligación de velar por la salud y seguridad de sus trabajadores, como lo señala el artículo 184 del Código del Código del Trabajo. 3.- No entrega de liquidaciones de sueldo correspondiente a los meses trabajados, incumplimiento el artículo 54 del Código del Trabajo. 4.- No pago de remuneración mensual correspondiente al mes de diciembre de 2023 y 16 días del mes de enero de 2024, conforme quedó pactada en el contrato de trabajo suscrito. Derecho que se encuentra establecido en el artículo 55 del Código del Trabajo. 5.- No pago de cotizaciones previsionales en las instituciones FP provida, Fonasa y AFC Chile, de los meses de diciembre de 2023 y proporcional, enero de 2024. Con posterioridad al envío de la carta de despido y atendida la cuantía de la demanda, con fecha 22 de e

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago RIT: O – 2536 - 2024 RUC: 24 – 4 - 0564812 - 8 Partes: CONTRERAS CON TORRES Y OTROS. Materia: DESPIDO INDIRECTO/DECLARACION UNIDAD ECONOMINA… Santiago, nueve de junio de dos mil veinticinco. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don OSCAR BERNARDO CONTRERAS ROMERO, cesante, domiciliado en Morandé N°835, oficina 1314, comuna de Santiago, deduce dem

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