3º Juzgado de Letras de Coquimbo

SCOTIABANK CHILES/CISTERNAS

Rol

C-146-2025

Fecha

28 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, y con fecha 23 de enero de 2025, comparece MANUEL AGUIRRE MANR QUEZÍ , chileno, abogado, c dula de identidad N 7.510.221-6, ené ° representaci n convencional de ó Scotiabank Chile, empresa bancaria, Rol nicoÚ Tributario N 97.018.000-1, ambos domiciliados en Matta N 218, La Serena, y steº ° é representado legalmente por Mariana Castro Lledó, chilena, casada, abogada, c dulaé de identidad N 8.536.934-2, con domicilio en Avenida Costanera Sur N 2.710, comuna° ° de Las Condes, Santiago; deduciendo demanda ejecutiva de cobro de pagar en contraé de DAVIES ALBERTO CISTERNAS D AZ, Í ignora profesi n u oficio, domiciliadoó en Los Chaguales N 784, Coquimbo; seg n los

Fundamentos

fundamentos de echo y derecho que a° ú continuaci n expone: ó 1.- Que el demandado suscribi eló Pagar a la vista N 710150446747,é ° suscrito por Sebasti n Rammsy Cruz, en representaci n del Banco y ste ltimo delá ó é ú demandado seg n se har constar, por la suma de ú á $622.601.-, por concepto de capital que recibi por parte del Banco en dinero efectivo, cr ditos asociados a productosó é contratados por el deudor con el Banco. Presentado dicho pagar para su cobro el 27 de diciembre de 2024, ste no fueé é pagado. Las condiciones de estas obligaciones se encuentran establecidas en Contrato Cliente Banca Persona, cuya copia se encuentra protocolizado bajo el Nro. 6333 en la notar a de Santiago don Eduardo Diez Morello con fecha 18 de octubre de 2019, cuyaí copia recibi conforme el deudor con fecha 16 de noviembre de 2021.ó Se estipul que el capital adeudado devengar inter s, a una tasa igual a laó á é m xima convencional fijada mensualmente por la autoridad a la fecha de suscripci n delá ó pagar , a menos que la rija hasta el pago superior, en cuyo caso se cobrar esta ltima.é á ú Código: XRWCXVXHXJB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 El deudor se encuentra en mora en los pagos de las obligaciones que contrajo en los pagar s referidos, por lo que mi parte viene en exigir el pago de todas lasé obligaciones, que por el solo concepto de capital asciende a $622.601.-, caducando a contar de la fecha de notificaci n de la demanda el plazo establecido para el pago de laó deuda. Siendo la deuda l quida, actualmente exigible, no estando prescrita y constandoí de t tulo ejecutivo, por haber sido la firma del obligado puesta en el pagar autorizadaí é por Notario P blico, es procedente que SS. ordene despachar mandamiento de ejecuci nú ó y embargo en contra del ejecutado. Finalmente, y previas citas legales, solicita al tribunal se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don DAVIES ALBERTO CISTERNAS D AZ, Í como deudor principal, ya individualizado y ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma de ó $622.601.-, m s intereses penales,á ordenando se siga adelante con la ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago deó todo lo adeudado de acuerdo a la forma se alada en el cuerpo de la demanda, y enñ definitiva acoger la demanda a tramitaci n, y disponer se siga adelante la ejecuci n hastaó ó hacer a mi representado entero y cumplido pago de las sumas adeudadas con sus comisiones y costas de la causa. A folio 6, y con fecha 31 de enero de 2025, se notific personalmente, a donó DAVIES ALBERTO CISTERNAS DIAZ, la demanda ejecutiva de folio uno y resoluci n de fecha 27 de Enero de 2025.ó Con la misma fecha fue requerido de pago, seg n consta a folio 2 del cuadernoú de apremio. A folio 7, y con fecha 06 de febrero de 2025, comparece DAVIES ALBERTO CISTERNAS D AZÍ , con domicilio para estos efectos en Colon N 352 OF 426, Edificioº Empres

Fallo

fallo de fecha 7 de agosto de 2015, en la causa rol 5.784-2015, establece un interesante argumento, indicando que el mandatario -en este caso el acreedor instituci n financiera-, debe rendir cuenta al mandante para los efectos de que esteó ltimo tenga la posibilidad de aceptar o rechazar el monto por el cual fue otorgado elú pagar , y es as é í que en su considerando s ptimo indica:é Código: XRWCXVXHXJB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 “Que, por otra parte, el ejecutado ha objetado la actuaci n deló mandatario, en cuanto no ha sido informado de la liquidaci n de la deuda,ó materia a la que no se ha referido el ejecutante, pese a fundar la emisi n o eló llenado de los documentos que sirven de base a la ejecuci n precisamente en eló mandato con el que el banco ejecutante complet un pagar en blanco oó é procedi a emitir un pagar cuyo nico beneficiario era nicamente eló é ú ú mandatario. Corte de Apelaciones Rol 5.784-2015. ” Esto ltimo se encuentra en concordancia con lo establecido por el C digo Civilú ó en relaci n a que el mandatario debe rendir cuenta al mandante, y qu a su vez, puedeó é o no estar de acuerdo con dicha rendici n, lo que en el mbito del Derecho deló á Consumidor se encuentra reforzado por el art culo 17B letra G de la Ley n meroí ú 19.496, el cual establece en forma expresa que el proveedor tiene la obligaci n deó se alar en el contrato los mecanismos mediante los cuales se rendir cu

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 17 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Coquimboº CAUSA ROL : C-146-2025 CARATULADO : SCOTIABANK CHILES/CISTERNAS Coquimbo, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: A folio 1, y con fecha 23 de enero de 2025, comparece MANUEL AGUIRRE MANR QUEZÍ , chileno, abogado, c dula de identidad N 7.510.221-6, ené ° representaci n convencional de ó Scot

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica