17º Juzgado Civil de Santiago

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA/INVERSIONES P Y T SPA

Rol

C-16449-2024

Fecha

28 de mayo de 2025

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 12 de septiembre de 2024, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la oficina judicial virtual, comparece don LUIS FELIPEé MAHALUF PINTO, abogado de la Direcci n Jur dica de laó í Municipalidad de Lo Barnechea, en representaci n judicial de la misma,ó entidad representada legalmente por su Alcalde don Juan Crist bal Liraó Ib ez, ingeniero comercial, todos con domicilio en Avenida El Rodeo Náñ ° 12.777, comuna de Lo Barnechea, quien deduce demanda en juicio ejecutivo en contra de INVERSIONES P Y T SPA., representada por don Patricio Eduardo Meneses Saglietto, de quien ignora profesi n u oficio,ó domiciliado en Alonso de Sotomayor n 4201, dpto 22, Vitacura, Santiago,° a fin de que pague la suma de $12.721.251.- que adeuda por concepto de Patente Comercial y Derechos Municipales, de acuerdo al detalle que se expresa en el Certificado N mero 685 que acompa a. ú ñ Funda su demanda en que la sociedad demandada adeuda a su representada la suma de $12.721.251,- por concepto de Patente Comercial y Derechos Municipales, por los per odos comprendidos entre el 31 de julioí de 2023 y el 31 de julio de 2024. Argumenta que seg n establece el Art culo 47 del Decreto Ley 3063ú í del a o 1979, sobre Leñ y de Rentas Municipales, para el cobro judicial de las Patentes, tendr m rito ejecutivo el certificado que acredite la deuda emitidaá é por el Secretario Municipal. Código: XDUNXVZYXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16449-2024 Foja: 1 Sostiene que la obligaci n es l quida, actualmente exigible y no estó í á prescrita la acci n ejecutiva, por lo que pide se despache mandamiento deó ejecuci n y embargo hasta hacer a su parte entero y cumplido pago de todoó lo adeudado, con costas. Con fecha 11 de noviembre de 2024, a folio 7, consta la notificaci nó de la demanda de conformidad a lo dispuesto por el art culo 44 del C digoí ó de Procedimiento Civil, y con fecha 12 de noviembre de 2024, a

Fundamentos

considerando elá capital propio tributario declarado en el formulario 22 y en virtud de dicha declaraci n, realizada en el mes de abril de cada a o, se determina eló ñ tributo municipal cuyas fechas de vencimiento corresponden a los d as 31 deí julio del mismo a o y 31 de enero del a o posterior, y en la especie, señ ñ demanda por el segundo semestre de 2024, cuyos hechos fundantes del hecho gravado que originan la obligaci n de pagar patente municipal ya noó se configuraban por parte de Inversiones P y T SpA, por el simple hecho que esta sociedad ya no existe desde la fecha de la escritura p blica deú fusi n, y en consecuencia no desarrolla las actividades gravadas con patenteó municipal se aladas en el art culo 23 del Decreto Ley 3.063 sobre rentasñ í municipales. Agrega que, la supuesta obligaci n que se indica en el tó ítulo ejecutivo tiene dos periodos con fecha de vencimiento cuando la sociedad Inversiones P y T Spa ya hab a sido disuelta, dejando de existir para todos los efectosí legales, y

Fallo

por tanto al no tener existencia legal la sociedad demandada por ambos periodos cuyas fechas de vencimiento corresponden al a o 2024,ñ como consecuencia de ello tampoco se configuran los hechos gravados del tributo municipal, al menos las obligaciones cuyos periodos de vencimiento corresponden al a o 2024, son nulas por falta de causa.ñ En cuanto a la excepci n del n 7 del art culo 464 del C digo deó ° í ó Procedimiento Civil, esto es, la falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerzaí Código: XDUNXVZYXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16449-2024 Foja: 1 ejecutiva, sea absolutamente, sea con relaci n al demandado, menciona queó la ley dispone expresamente que la patente comercial se deber pagar en laá comuna correspondiente al negocio o al domicilio registrado por el contribuyente ante el Servicio de Impuestos Internos; aplic ndose la tasaá que fije cada Municipalidad sobre el capital propio declarado ante el mismo Servicio. Se ala que, Inversiones e Inmobiliaria Heiwa Limitada o suñ antecesora legal Inversiones P y T SpA, son sociedades con giro y objeto de inversiones, por lo tanto, Inversiones P y T SpA manten a inversiones ení otras sociedades que hacen procedente las rebajas del art culo 24 delí Decreto Ley N 3063, para efectos de determinar correcta y precisamente el° tributo municipal cuyo cobro pretende la demandante, y a su vez, en

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C-16449-2024 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16449-2024 CARATULADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LO BARNECHEA/INVERSIONES P Y T SPA Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: Que con fecha 12 de septiembre de 2024, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la oficina judicial virtual, comparece don LUIS F

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