22º Juzgado Civil de Santiago

NAVEA/INVERSIONES Y TARJETAS HITES S.A.

Rol

C-6872-2024

Fecha

28 de mayo de 2025

Materia

JACTANCIA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, comparece don FELIX RODRIGO NAVEA ECHEVERRIA, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio 19, piso 25, oficina 2505, Santiago, deduciendo demanda de jactancia en procedimiento sumario en contra de INVERSIONES Y TARJETAS HITES S.A persona jur dica de giro de su denominaci n,í ó representada legalmente por don Walter Krefft Moreno, desconoce profesi n u oficio, ambos domiciliados en Moneda 970, piso 5, comuna deó Santiago. Funda su pretensi n manifestando que con fecha 12 de abril deó 2024, mediante la obtenci n de un informe comercial de la empresaó EQUIFAX tom conocimiento que la demandada ha manifestado que tieneó un cr dito a su favor, cuyas publicaciones y vencimientos vienen desde elé mes de noviembre de 2021 hasta la fecha. A fin de corroborar lo anterior, procedi a ingresar a los sitios web de informes comerciales MAAT, paraó obtener deudas en l nea y al ingresar su n mero de c dula arroj una deudaí ú é ó de $1.208.134.- Adujo que las publicaciones de la supuesta deuda a favor de la empresa demandada le han causado perjuicios, toda vez que le impidieron acceder a un cr dito hipotecario y que verific con su clave nica en sué ó ú oficina judicial virtual, comprobando que dicha entidad no utiliz la v aó í judicial para el cobro de este supuesto cr dito, toda vez que no existeé demanda entablada en su contra. Por lo anteriormente expuesto indica que la demandada, INVERSIONES Y TARJETAS HITES S.A. se está Código: XXHLXVLXKSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6872-2024 Foja: 1 atribuyendo la potestad de determinar que contratos se encuentran incumplidos y cuales no, y que las obligaciones que puedan emanar de ellos son exigibles o no, facultad reservada nica y exclusivamente a losú Tribunales de Justicia, de acuerdo a lo contemplado en el articulo 19 N 3º de la Constituci n Pol tica del Estado. Previas citas legales, solicit que seó í ó acoja su de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don FELIX RODRIGO NAVEA ECHEVERRIA, dedujo demanda de jactancia en procedimiento sumario en contra de la sociedad INVERSIONES Y TARJETAS HITES S.A., seg n fuere indicado en lo expositivo de la presente sentencia.ú SEGUNDO: Que, la demandada encontr ndose debidamenteá emplazada, no contest la demanda en tiempo y forma.ó TERCERO: Que, la demandante para acreditar su pretensi n rindió ó la siguiente prueba. A folio 1 , reiterado a folio 21 : 1. Informe de DICOM EQUIFAX de fecha 12 de abril de 2024. 2. Informe Comercial MAAT de fecha 12 de abril de 2024. CUARTO: Que, por su parte, la demandada sin perjuicio de no contestar la demanda acompa la siguiente prueba.ñó A folio 1 5, reiterado a folio 22 : 1. Informe Equifax demandante. Código: XXHLXVLXKSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6872-2024 Foja: 1 2. Liquidaci n de pago demandante.ó 3. Contrato de cr dito en Moneda Nacional cliente y anexos.é QUINTO: Que, en cuanto a la acci n incoada, esta se encuentraó regulada en los art culos 269 y siguientes del C digo de Procedimientoí ó Civil, el cual establece que “Cuando alguna persona manifieste corresponderle un derecho de que no est gozando, todo aqu l a quien sué é jactancia pueda afectar, podr pedir que se la obligue a deducir demandaá dentro del plazo de diez d as, bajo apercibimiento, si no lo hace, de no serí o da despu s sobre aquel derecho ( )í é … ” Luego, el art culo 270 del C digo de Procedimiento Civil, prescribeí ó “Se entender haber jactancia siempre que la manifestaci n del jactanciosoá ó conste por escrito o se haya hecho de viva voz, a lo menos, delante de dos personas h biles para dar testimonio en juicio civil. Habr tambi n lugar aá á é deducir la demanda de jactancia contra el que haya gestionado como parte en un proceso criminal de que puedan emanar acciones civiles contra el acusado, para el ejercicio de estas acciones” SEXTO: Que, de los art culos citados se desprende que para queí una acci n sea considerada jactanciosa debe reunir los siguientes requisitos:ó a) Que el jactancioso haga alarde injusto y p blico de un derecho que noú este gozando; b) Que dicha manifestaci n sea por escrito o a viva voz, a loó menos, delante de dos personas h biles para dar testimonio en un juicioá civil; c) Que, este derecho no haya sido reclamado; d) Debe ser interpuesta por aquel a quien le pudiera afectar la conducta. SEPTIMO: Que, para dilucidar la controversia sometida al conocimiento de este tribunal, corresponder determinar si la inclusi n en elá ó informe comercial Equifax, conforme a lo que se plantea en el libelo pretensor, constituye o no un alarde injusto y p blico de un derecho que laú demandada no gozar a. As , seg n se aprecia en dicho informe,í í ú acompa ado por la demandante, no objetado por la parte contra qui n señ é hizo valer, existen publicados documentos impagos por un total de $5.067.000.- correspondientes a 50 deudas difere

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y atendido lo dispuesto en los art culos 1698, 1712 y siguientes del C digo Civil, 144, 269, 270, 271,í ó 426 y 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil y 17 de la leyó 19.628 se declara: I.- Que, SE RECHAZA en todas sus partes la demanda de autos interpuesta por don FELIX RODRIGO NAVEA ECHEVERRIA. II.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese y notif quese.í í C-6872-2024 Dictada por MONTSERRAT MARITZA ORTIZ SILVA, Jueza Suplente. Código: XXHLXVLXKSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-6872-2024 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco Código: XXHLXVLXKSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-28T12:49:27-0400

Texto Completo (Preview)

C-6872-2024 Foja: 1 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 22 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-6872-2024 CARATULADO : NAVEA/INVERSIONES Y TARJETAS HITES S.A. Santiago, veintiocho de mayo de dos mil veinticinco VISTO: A folio 1, comparece don FELIX RODRIGO NAVEA ECHEVERRIA, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio 19, piso 25, oficina 25

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica