ISAAC/I. MUNICIPALIDA.D DE VIÑA DEL MAR
Rol
T-811-2023
Fecha
31 de marzo de 2025
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 19 Nº 4 CPR. Vida Privada y Honra, Costas, Daño moral, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos era bajo el Sr. Patricio Rojo Nayem, y a través de él mantenía comunicación diaria con la alcaldesa para visar sus publicaciones en sus redes personales y con el Sr. Rojo para las publicaciones en redes institucionales. En ocasiones, la alcaldesa se comunicaba directamente con ella. ALTERACIÓN DE SUS CONDICIONES LABORALES Al regresar a sus labores, luego de una licencia médica que terminaba el 21 de septiembre del año 2022, comprobó que se le habían retirado los accesos a las cuentas que administraba, dejándola prácticamente sin funciones, de la misma forma la comienzan a sacar de los grupos a los que pertenecía en las redes sociales del WhatsApp y Telegram: “Municipio de Cuidados”, “Agenda y minutas”, “Fotos para el mundo”, “Fotos espontáneas”, “Versiones y cuñas”, “Basura, materiales, podas”, “Emergencias GRD”, “Ciclorecreovía”, entre otros. En ese mismo mes, se le informó que se cambiaría de espacio físico de trabajo, pasando al edificio Consistorial al 4to piso del Hotel O’Higgins; sin haberlo conversado a cabalidad con ella y sin aclarar desde un principio cuáles serían sus funciones. Ante la sucesión de hechos que alteraban su forma de trabajar, solicitó una reunión para tener mayor claridad y poder seguir con mis labores. Ante la incertidumbre, comenzó un estado de inestabilidad emocional, teniendo que, por recomendación médica, ausentarse de trabajar, licencias que fueron debidamente tramitadas y aceptadas. Esta serie de hechos se mantuvieron hasta el fin del año 2022. En el mes de enero de 2023, y ante la progresiva eliminación de sus labores, realizó varias consultas a sus superiores por estas circunstancias, sin obtener una repuesta directa u oficial. En ese mes, hizo uso de mi feriado legal. ANTECEDENTES DEL HOSTIGAMIENTO LABORAL Finalmente, al regresar de su feriado, el día 8 de febrero de 2023, su jefe directo Patricio Rojo junto al Administrador Municipal, Pedro Hepp, concurrió a su oficina a la cual había sido trasladada e hicieron salir a s
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la presente causa en Procedimiento Especial por Vulneración de Derechos Fundamentales, se ha iniciado por demanda interpuesta por doña CAMILA SOFÍA ISAAC FAURA, cédula nacional de identidad N° 18.634.611-4, funcionaria pública domiciliada en calle Ramón de la Cerda 207 comuna de Limache, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR, R.U.T. 69.061.000-0, representada legalmente por doña MACARENA CAROLINA RIPAMONTI SERRANO, cédula nacional de identidad N° 17.993.305-5, Alcaldesa, ambas domiciliadas en calle Arlegui N°615, comuna y ciudad de Viña del Mar, solicitando se declare que ha sido objeto de una serie de actos de acoso y hostigamiento laboral que concluyeron con su despido, lo que eran constitutivos de una vulneración a su integridad física y psíquica, afectando también su derecho a la honra, por lo que debe también resarcirse su daño moral. SEGUNDO: Que la demandante sostiene que con fecha 29 de junio del año 2021, comenzó a prestar servicios para la Municipalidad de Viña del Mar. Esta contratación se materializó mediante el decreto municipal 4376 de 30 de junio de 2021. La remuneración ascendía a la suma de $3.520.879. Sus labores consistían en organizar y administrar las redes sociales de la alcaldesa, su cuenta privada de Instagram, Twitter y Facebook, además de redactar sus publicaciones y realizar discursos para ella de las distintas actividades a las que asistía, debiendo siempre acompañarle para grabar las instancias y luego de ello hacer las publicaciones respectivas que daban cuenta de su participación en ellas para conocimiento de la comunidad y sus seguidores, siempre resaltando su figura y cualidades. Además de lo anterior, debía coordinar las comunicaciones de la Municipalidad, sus redes institucionales, para lo cual se instruían y realizaba las “bajadas” de los relatos que esta nueva administración deseara comunicar en las distintas unidades. Es así como se encargaba de todo lo relativo a las redes principales del municipio (Instagram, Facebook, Twitter y LinkedIn), generaba material audiovisual, realizaba los relatos, coordinaba con las demás unidades municipales, se reunía con las y los encargados de comunicaciones de las distintas áreas, revisaba y visaba sus publicaciones, coordinaba con equipo audiovisual para generar material para las redes de la alcaldesa y las municipales, revisaba las notas de prensa, entre otras labores. En el cumplimiento de sus funciones, se le solicitaba acompañar a la alcaldesa a todas sus actividades y reuniones, incluso hasta altas horas de la noche, o bien, comenzar muy temprano en la mañana, concurriendo directamente a terreno en las locaciones de las actividades; o en ocasiones, debía salir de su casa directo a la casa de la alcaldesa para que el auto municipal las pasara a buscar e ir directo a la actividad. Estas actividades se desarrollaban tanto en la semana como los fines de semana. Asimismo, trabajaba en minutas para la alcaldesa y junto al equipo d
Fallo
por estas circunstancias, sin obtener una repuesta directa u oficial. En ese mes, hizo uso de mi feriado legal. ANTECEDENTES DEL HOSTIGAMIENTO LABORAL Finalmente, al regresar de su feriado, el día 8 de febrero de 2023, su jefe directo Patricio Rojo junto al Administrador Municipal, Pedro Hepp, concurrió a su oficina a la cual había sido trasladada e hicieron salir a su compañera de oficina para reunirse a solas con ella. Una vez a solas en la oficina, le comentaron que el motivo de la conversación era informarle que su vínculo contractual con el municipio se iba a acabar el próximo 10 de marzo de 2023. Agregaron que para esto debía presentar su renuncia y que esperaban que su salida fuera limpia y respetuosa, haciendo ver que, de no hacerles caso, no sería ni limpia, ni respetuosa. Plantearon además que hiciera uso de todos sus días de vacaciones y días administrativos para no asistir más a trabajar hasta el día en que finalizara el contrato, dado que presentaría su renuncia y de esa forma no pagar aquellos días. Ante su impacto y sorpresa, les preguntó por el motivo de aquella agresión, a lo que respondieron que no tenía relación con su gestión, si no que se debía a su cercanía con un trabajador de la municipalidad que había sido ya despedido, y que en la municipalidad se había acordado “sacarlos a los dos”. Les pregunté, qué pasaba si no renunciaba y le respondieron que, hay varias maneras de despedir a una persona. Inmediatamente después de retirarse sus superiores, volvi
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PROCEDIMIENTO : ESPECIAL. MATERIA : VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES DEMANDANTE : CAMILA SOFÍA ISAAC FAURA DEMANDADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR RIT : T-811-2023 RUC : 23-4-0536341-0 Valparaíso, treinta y uno de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la presente causa en Procedimiento Especial por Vulneración de Derechos Fundamentales, se ha ini
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