CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./ORELLANA
Rol
C-20015-2024
Fecha
27 de mayo de 2025
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O’Higgins Nº 949, oficina 1901, comuna de Santiago, abogado, para estos efectos con domicilio en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins 949, oficina 1901, comuna de Santiago,, mandatario judicial, en representación de CAT Administradora de Tarjetas S.A., persona jurídica del giro de su denominación, representada por su Gerente General don Eduardo Ignacio Quiroz Paz, Ingeniero, con domicilio en Avenida Vitacura 2736, Piso 13, Depto. 1301, Las Condes, Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de doña María Magdalena Orellana Inostroza, ignora profesión u oficio, domiciliado(a) en calle Quenoa 2093, comuna de La Florida, en virtud de los siguientes argumentos. Refiere que su representado CAT Administradora de Tarjetas S.A., antes denominada Cencosud Administradora de Tarjetas S.A, es actual dueña y legítima tenedora, del pagaré a la orden número 3813090 por la suma de $ 17.318.955, con vencimiento el 03-10-2024, adeudado por la demandada. Indica que este pagaré que señala acompañar en un otrosí de la presentación, fue suscrito en representación del (de la) deudor(a), Cencosud Administradora de Tarjetas S.A., también CAT S.A. y/o ACC S.A., representada individual e indistintamente por uno de los siguientes suscriptores de pagaré, todos trabajadores dependientes, domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura 2736 Piso 13, número 1301, comuna de Las Condes:: Acta 203: Luis Hormazábal Sepúlveda, José Bastidas Ballestero, Miguel Ángel Martínez López, Isabel Margarita Castro Reyes, Ana Regina Reyes Arias Acta 174: Ángel Donkger Pinto Gonzalez, Carlos Patricio Yáñez Díaz, Daniel Alejandro Obando Alvarez, Egon Arriagada López, Daniel Duarte Cuervo, Carolina Andrea Morales Sierra, Tamara González Meza. Código: CXEQXUHGKYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-20015-2024 Foja: 1 Acta 208: S
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, en representación de Cat Administradora de Tarjetas S.A., quien deduce demanda ejecutiva en contra de doña María Magdalena Orellana Inostroza; fundando su acción en los antecedentes de hecho y de derecho reseñados en lo expositivo de esta sentencia y que se dan por reproducidos en este considerando. SEGUNDO: Que legalmente notificada y requerida de pago, doña María Magdalena Orellana Inostroza, opone a la ejecución seguida en su contra las excepciones de los N° 2, 4, 7, 9 y 11 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; de conformidad a lo relacionado en lo expositivo de esta sentencia. TERCERO: Que, a fin de acreditar su pretensión, el ejecutante acompañó los siguientes documentos: 1.- Pagaré N° 3813090 por la suma de $ 17.318.955 a la orden de CAT Administradora de Tarjetas S.A., con fecha de vencimiento 3 de octubre de 2024, suscrito por doña María Isabel Martínez Gómez, en representación de CAT Administradora de Tarjetas S.A., quien actúa a su vez en representación de doña María Magdalena Orellana Inostroza. Consta autorización notarial de la firma de don Francisco Javier Leiva Carvajal, de fecha 3 de octubre de 2024.- 2.- Copia autorizada Contrato de apertura de crédito en moneda nacional y afiliación al sistema y uso de tarjetas de crédito, uso de servicios automatizados y mandatos especiales, de fecha 6 de octubre de 2022 suscrito por doña María Magdalena Orellana Inostroza.- Código: CXEQXUHGKYW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-20015-2024 Foja: 1 3.- Copia autorizada Contrato de apertura de crédito en moneda nacional y afiliación al sistema y uso de tarjetas de crédito, uso de servicios automatizados y mandatos especiales, de fecha 5 de junio de 2016 suscrito por doña María Magdalena Orellana Inostroza.- 4.- Copia autorizada Acta N° 174 Sesión Ordinaria de Directorio de Fecha 22 de abril de 2021 Cat Administradora de Tarjetas S.A. de fecha 2 de junio de 2021, otorgado ante don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago. Repertorio N° 59.450-2021.- 5.- Copia autorizada Reducción a Escritura Pública Acta N° 203 Sesión Ordinaria de Directorio de fecha 15 de noviembre de 2023, otorgada ante don Evaldo Daniel Rehbein Utreras, Notario Público Titular de la Vigésima Novena Notaría de Santiago. Repertorio N° 7994-2023.- 6.- Copia autorizada Acta N° 208 Sesión Ordinaria de Directorio fecha 23 de febrero de 2024, Cat Administradora de Tarjetas S.A. de fecha 4 de marzo de 2024, otorgado ante don Rodrigo Andrés Pinares Alvarado, Notario Público Suplente de la Segunda Notaría de Santiago. Repertorio N° 14.301-2024.- 7.- Copia autorizada Mandato Judicial Cat Administradora de Tarjetas S.A. a Gonzalo Salgado Barros y otro, de fecha 13 de diciembre de 2018, otorgado ante don Francisco Javier Leiva Carvajal, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de San
Fallo
en mérito de lo expuesto y dispuesto en los arts. 254, 434, 438, 440, 441 y demás normas pertinentes del C.P.C., C.C. y ley 18.092, se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don(ña) María Magdalena Orellana Inostroza, ya individualizado(a), admitirla a tramitación, ordenar se despache mandamiento de ejecución y embargo por la suma $ 17.318.955 pesos, más los intereses pactados, según tasa máxima convencional estipulada en el pagaré, devengados desde el día del vencimiento señalado en ésta, hasta el momento de su pago efectivo, reajustes y costas, disponiendo que debe seguirse adelante la ejecución hasta el entero y cumplido pago de estas sumas, si el(la) deudor(a) no pagare en el acto del requerimiento. – Con fecha 25 de noviembre de 2024, a folio 6, el tribunal dio curso a la demanda y ordenó despachar mandamiento de ejecución y embargo. Con fecha 27 de diciembre de 2024, a folio 7, se notifica personalmente la demanda a la demandada y se le requiere de pago con igual fecha, según consta a folio 2 del cuaderno de apremio.- Con fecha 7 de enero de 2025, folio 8, comparece la ejecutada doña María Magdalena Orellana Inostroza, quien opone las siguientes excepciones: 1.- Excepción del artículo 464 N° 2 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personería o representación legal del que comparezca en su nombre.- Señala que cuando se habla de la falta de personería se refiere a la carencia de capacidad procesal para p
Texto Completo (Preview)
C-20015-2024 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 14 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-20015-2024 CARATULADO : CAT ADMINISTRADORA DE TARJETAS S.A./ORELLANA Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco VISTOS: Comparece don Gonzalo Salgado Barros, abogado, con domicilio en Avenida Libertador General Bernardo O’Higgins Nº 949, oficina 1901, comuna de Santia
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica