1º Juzgado de Letras de Arica

VILLARROEL/

Rol

V-164-2024

Fecha

28 de mayo de 2025

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que en el folio 1, compareció GRACIELA ANTONIA VILLARROEL BRUNA, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad nacional N° 21.258.449- 5, domiciliada en calle Eugenio Villalobos N°127, de la comuna y ciudad de Arica; e interpuso solicitud de cambio -en la inscripción de nacimiento- que se le autorice el cambio de nombre, para que en definitiva se rectifique su partida de nacimiento y pase a ser identificada como ANTONIA GRACIELA VILLARROEL BRUNA. Expuso que nació el 14 de marzo de 2003, habiendo sido inscrita con el nombre de Graciela Antonia Villarroel Bruna, en la oficina del Registro Civil e Identificación de la circunscripción de Arica, bajo el número de inscripción 633 del año 2003. Sostuvo que, no obstante aquello, atendido que su madre también se llama Graciela, para evitar confusiones en el hogar nunca se utilizó el primer nombre “Graciela” para referirse a ella. Indicó que, desde temprana edad, tanto en el jardín infantil como en la sala cuna, se le llamó por su segundo nombre, Antonia, al igual que en su casa. Afirmó que esta situación produjo problemas significativos al ingresar a la educación básica, ya que nunca respondía al nombre de Graciela, experimentando dificultades de adaptación en el entorno escolar y sufriendo burlas de parte de sus compañeros por la diferencia entre el nombre usado en la escuela y el utilizado en el hogar, lo que incrementó su rechazo involuntario hacia su primer nombre. Relató que, a los ocho años, su familia se mudó a Tocopilla por un nuevo trabajo de su padre, y que en esta nueva ciudad la situación se repitió, pues en el colegio la llamaban Graciela, mientras que en casa y en el entorno laboral de sus padres se la conocía como Antonia, generándose conflictos y confusiones al ser preguntada por su nombre, ya que no se identificaba con Graciela, aunque así figuraba en sus documentos oficiales. Código: HMVEXUQSDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pj

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Artículo 1°, letra a) y b) de la Ley 17.344, dispone que: “Cualquier persona podrá solicitar por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente. b) Cuando el solicitante haya sido conocido, durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres, apellidos o ambos, diferentes de los propios”. De este modo, se permite el cambio de nombres o apellidos, o de ambos a la vez, estableciendo como requisito para ello que sean ridículos, risibles o menoscaben moral o materialmente a quien lo solicita y/o que esta última haya sido conocida por más de 5 años con un nombre o apellido diverso, cuestiones Código: HMVEXUQSDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl que la solicitante manifestó fueron el fundamento de su petición, toda vez que no se siente identificada con su primer nombre “Graciela”, el cual nunca ha sido usado en su entorno familiar ni social, así como por haber sido conocida por más de 5 años como Antonia Graciela Villarroel Bruna. SEGUNDO: Que para acreditar los requisitos legales para el cambio de nombre la solicitante acompañó en el proceso los siguientes documentos: 1.- Certificado de nacimiento emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; 2.- Certificado de antecedentes emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación; 3.- Copia simple de captura de pantalla de la página principal de Facebook de la solicitante de autos. El documento signado con el número 1 precedente, da cuenta que efectivamente el nombre completo de la solicitante es Graciela Antonia Villarroel Bruna, a su vez, el documento signado bajo el número 2 precedente, da cuenta de que la actora no registra antecedentes penales. Por su parte, la falta de sentimiento de pertenencia respecto de su primer nombre y el hecho de haber sido conocida por más de 5 años como Antonia Graciela Villarroel Bruna se encuentran acreditados mediante la información sumaria de testigos que presentó en esta causa. Así, sus testigos Patricio Andrés Rojas Jamett y Aarón Benjamín Rodríguez Cabrera manifestaron, en resumen, que conocen a la solicitante desde hace más de cinco años, que la identifican con el nombre “Antonia” ya que siempre se ha hecho llamar por su segundo nombre, toda vez que no se siente a gusto con su primer nombre. TERCERO: Que, como se aprecia del análisis de la prueba rendida, se dan en la especie las exigencias previstas en la Ley N° 17.344 para acceder a la modificación del nombre con el cual actualmente está inscrito la solicitante, esto es, “Graciela Antonia Villarroel Bruna”, por el que se siente identificada, vale decir, por “Antonia Graciela Villarroel Bruna”, pues acreditó que no tiene sentimiento de pertenencia respecto de su primer nombre, razón por la cual desea invertirlos, además de haber sid

Fallo

se declara: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 1 y, se ordena al Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación que proceda a rectificar la inscripción de Código: HMVEXUQSDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl nacimiento N° 633 del año 2003, de la circunscripción de Arica, del Servicio de Registro Civil e Identificación, R.U.N 21.258.449-5, a fin de que se reemplace el nombre de la inscrita “GRACIELA ANTONIA VILLARROEL BRUNA”, por “ANTONIA GRACIELA VILLARROEL BRUNA”, manteniéndose invariables sus demás datos de identificación. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol N° V-164-2024 Dictada por don GONZALO BRIGNARDELLO CRUZ, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras de Arica./fdl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del Código de Procedimiento Civil. En Arica, a veintiocho de mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: HMVEXUQSDXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-28T08:05:19-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de Arica CAUSA ROL : V-164-2024 CARATULADO : VILLARROEL/ VISTOS: Que en el folio 1, compareció GRACIELA ANTONIA VILLARROEL BRUNA, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad nacional N° 21.258.449- 5, domiciliada en calle Eugenio Villalobos N°127, de la comuna y ciudad de Arica; e interpuso solicitud de cambio -en

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