8º Juzgado Civil de Santiago

JAMB SPA/ELECNOR CHILE S.A.

Rol

C-3123-2024

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Al folio 1, comparece don Jaime Fuentes Ram rez, abogado ení representaci n convencional, por mandato judicial de ó JAMB SpA. representada legalmente por Juan Andr s Mallea Bravo, empresario, ambosé domiciliados en Avenida Providencia 1017, oficina 41, Regi nó Metropolitana deduciendo demanda en juicio ordinario de cobro de pesos, en contra de ELECNOR CHILE S.A., representada por Daniel Salazar Lozano, factor de comercio ambos domiciliados en calle Magdalena N 140,° oficina N 2001, Comuna de Las Condes, Santiago.° Basa su demanda en que con fecha 9 de agosto de 2022 celebr unó contrato con la empresa demandada, en el cual ELECNOR CHILE S.A. le encarg a su representada la realizaci n de trabajos ó ó FTTX, en el que tambi n se indic precios, plazos de ejecuci n, condiciones, etc tera.é ó ó é Expone que los trabajos FTTX consisten en la proyecci n eó instalaci n del tendido de cable a reo con el fin de conectar y dar accesos aó é una inmensa variedad de usuarios conectados a un punto central, en estricto rigor, todos trabajos de ampliaci n de la red de fibra ptica. As Elecnoró ó í Chile le entregaba a su representada un plano que indicaba los puntos de conexi n, proporcionando los materiales para efectuar la instalaci n de losó ó puntos. Agrega que su representada proporcion a la demandada trabajadoresó para ejecutar los servicios contratados y as cumplir con lo pactado en elí contrato marco, por lo que las obligaciones de ejecutar y prestar servicios corr an por su cuenta y riesgo, con trabajadores bajo su dependencia, en uní rea o lugar determinado, sujetos a r gimen de subcontrataci n, seg n seá é ó ú dispuso en la cl usula primera del contrato Servicios Contratados .á “ ” Manifiesta que en el transcurso del per odo comprendido entre losí meses de febrero a junio del a o 2023, la demandada solicit , de manerañ ó Código: EGWZXUJLQLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3123-2024 paralela a l

Fundamentos

considerando la apropiaci n indebida previamenteó se alada, resulta imperativo subrayar que el pago correspondiente a losñ servicios ntegramente prestados no se ha realizado en su totalidad, por loí que no solo se han llevado a cabo retenciones sin el consentimiento apropiado sino que adem s se evidencia una falta de integridad en el pago,á contraviniendo as los principioí s establecidos en el C digo Civil respecto aló cumplimiento de las obligaciones. Indica que ELECNOR le adeuda a su representada por concepto de retenciones del per odo comprendido entre febrero a junio del a o 2023 losí ñ Código: EGWZXUJLQLX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3123-2024 siguientes montos respecto de los cuales se solicita la restituci n inmediataó de acuerdo con el siguiente cuadro:

Fallo

Por tanto, el monto total de retenciones adeudadas asciende a la suma de $24.203.579.- (m s el impuesto al valor agregado)á m s reajustes eá intereses, de corresponder. Cita para dar fundamento a su acci n lo dispuesto en los art culoó í 1545, 1546, 1437 y 1438 del C digo Civil, como as tambi n lo se alado enó í é ñ la cl usula tercera del contrato en cuanto al marco jur dico de ste en laá í é cual se se ala que ñ “Las partes dejan expresa constancia que la relaci nó entre ellas se regir por las estipulaciones del presente contrato, y en lo noá previsto en l y en forma supletoria por las normas del derecho com n, queé ú le fueren aplicable”, por lo que en lo no previsto, se regir de maneraá supletoria por el derecho com n, por lo que el pago de los servicios que porú esta v a se reclaman deber n ser pagados conforme las reglas comunes delí á pago, las que no contempla en absoluto la posibilidad de efectuar retenciones, conforme la ley el pago debe efectuarse de manera ntegra, ení conformidad a lo dispuesto en el art culo 1569 inciso primero del C digo yaí ó indicado, por lo que el pago debe ser total y es tal el que comprende el de los intereses e indemnizaciones que se deban inciso segundo del art culoí 1569 ya citado. En consecuencia, se ala que los contratos y las normas legales citadasñ obligan a ELECNOR CHILE S.A. al pago ntegro de los trabajosí efectuados por el demandante, incluyendo todos los dineros retenidos en cada factura, m s intereses y reajustes que correspon

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C-3123-2024 FOJA: 26 .-Veintis is.-é NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 8 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-3123-2024 CARATULADO : jAMB SPA/ELECNOR CHILE S.A. Santiago, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Al folio 1, comparece don Jaime Fuentes Ram rez, abogado ení representaci n convencional, por mandato judicial de ó JAMB SpA. representada legalmente por Juan Andr

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