2º Juzgado de Letras de la Serena

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VÁSQUEZ

Rol

C-318-2025

Fecha

27 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que con fecha 03 de febrero de 2025, comparece don Claudio Troncoso Marabol ,í abogado, domiciliado en Los Carrera N°380, Oficina N°210, La Serena, en representaci n del Banco de Cr dito e Inversiones, sociedad an nima bancaria del giro deó é ó su denominaci n, interponiendo demanda ejecutiva en contra de don ó Washington Alex V squez Araya, se ignora su profesi n u oficio, domiciliado en calle Bologna N°438,á ó Puerta del Mar, La Serena, en base a lo que a continuaci n se expondr .ó á Refiere que el ejecutado suscribi , a trav s de su mandatario, a la orden del Bancoó é de Cr dito e Inversiones, un pagar con fecha 10 de julio de 2023, por la suma deé é $6.358.051.- suma que se oblig a pagar en 18 cuotas mensuales, iguales y sucesivas deó $435.328.- cada una, venciendo la primera de ellas el d a 07 de agosto de 2023 y lasí restantes los d as 07 de los meses siguientes. La tasa de inter s de esta obligaci n es delí é ó 2,295% mensual, vencido, durante todo el plazo pactado. Es del caso que llegada la fecha de vencimiento de la d cimo cuarta cuota,é esto es el d a 09 de septiembre de 2024, sta no fue pagada.í é Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Washington Alex V squez Araya -ya individualizado- y despachará mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma $1.842.709.- m s losó á intereses se alados; disponiendo seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer a suñ ó representada entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Que con fecha 13 de marzo de 2025, comparece don Washington Alex V squezá Araya, demandado en este juicio, oponiendo a la ejecuci n las excepciones del art culo deló í 464 N°2, 7, 14 y 11 del C digo de Procedimiento Civil, en base a lo siguiente.ó En primer lugar, refiere que el mandato judicial acompa ado en autos no da fe deñ la representaci n legal de demandante, toda vez que no consta la calidad de gerenteó general de quien dice serlo. Código: BTXFXUVLRFW

Fundamentos

considerando que es un pagar a la vista y por lo mismo la fecha de suá é vencimiento la determina el beneficiario, que en el caso de autos, no cumpli con la cargaó de presentar el documento para su pago. Por otro lado, se ala que, ñ tal como lo se ala el art culo 6 inciso final de la Leyñ í 18.010 “(…) Ser aplicable a las operaciones de cr dito de dinero que realicen losá é bancos, lo dispuesto en el inciso primero del art culo 17 de la Ley N°19.496 y laí obligaci n de informaci n que contempla la letra c) del art culo 37 de la misma ley citada,ó ó í debiendo identificarse el servicio que la origina”; en relaci n con lo dispuesto por eló art culo 17 inciso primero de la Ley 19.496 que establece: í “(…) Los contratos de adhesi n relativos a las actividades regidas por la presente ley deber n estar escritos deó á modo claramente legible, con un tama o de letra no inferior a 2,5 mil metros y en idiomañ í castellano, salvo aquellas palabras de otro idioma que el uso haya incorporado al l xico.é Las cl usulas que no cumplan con dichos requisitos no producir n efecto alguno respectoá á del consumidor (…)”. En el caso de autos, el pagar a su juicio- no cumple con el requisito dispuestoé – por ambas normativas, por cuanto el tama o de letra utilizado en dicho instrumento noñ corresponde al tama o de letra de 2,5 mil metros establecido por la ley; sino que esñ í inferior a ello. Por lo anterior es que al ejecutado, tal cual lo establece el art culo 17 de la Leyí N°19.496, aplicable al caso de autos en virtud de lo dispuesto por el art culo 6 incisoí final de la Ley N°18.010, no le es aplicable ninguna de las cl usulas del pagar de autos,á é ya que el art culo 17 de la Ley N°19.496 refiere que las cl usulas que no cumplan coní á el requisito del tama o de la letra, no le producen efecto alguno.ñ Finalmente, hace presente que su parte se encuentra en conversaciones con la demandante, y se le han concedido esperas y pr rrogas del plazo para pagar la obligaci n.ó ó

Fallo

Por tanto, previas citas legales, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don Washington Alex V squez Araya -ya individualizado- y despachará mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la suma $1.842.709.- m s losó á intereses se alados; disponiendo seguir adelante con la ejecuci n hasta hacer a suñ ó representada entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Que con fecha 13 de marzo de 2025, comparece don Washington Alex V squezá Araya, demandado en este juicio, oponiendo a la ejecuci n las excepciones del art culo deló í 464 N°2, 7, 14 y 11 del C digo de Procedimiento Civil, en base a lo siguiente.ó En primer lugar, refiere que el mandato judicial acompa ado en autos no da fe deñ la representaci n legal de demandante, toda vez que no consta la calidad de gerenteó general de quien dice serlo. Código: BTXFXUVLRFW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 En efecto, no resulta dable presumir que los dichos de una parte son efectivos por el s lo hecho de que sta los pronuncie, es en estrados donde se debe acreditaró é fehacientemente y lejos de toda duda razonable los presupuestos f cticos que sostienen unaá pretensi n. ó En este sentido a su juicio- parece poco sensato suponer que la personer a del– í representante legal de la demandante existe por el s lo hecho de que la actora as loó í se ale, sin acompa ar copia del instrumento donde ella consta. No por el solo hecho d

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Foja: 1 FOJA: 19 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-318-2025 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/V SQUEZÁ La Serena, veintisiete de mayo de dos mil veinticinco Vistos: Que con fecha 03 de febrero de 2025, comparece don Claudio Troncoso Marabol ,í abogado, domiciliado en Los Carrera N°380, Oficina N°210, La Serena, en representac

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