9º Juzgado Civil de Santiago

TESORERIA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE/MORGADO

Rol

C-16482-2024

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En presentaci n de ó 12 de septiembre de 2024 comparece el abogado Felipe Fr as Jones, mandatario judicial en representaci n convencional deí ó Banco Internacional, sociedad an nima bancaria, cuyo representante es eló gerente general Mario Chamorro Carrizo, ingeniero comercial, y este en representaci n de Tesorer a General de la Rep blica, representadaó í ú legalmente por el Tesorero Hern n Nobizelli Reyes, contador auditor, todosá domiciliados en avenida Pedro de Valdivia N 291, piso 11, oficina 1.101,° comuna de Providencia, demandando ejecutivamente de cobro de pagar aé Felipe Ignacio Morgado Zarate, ignora profesi n u oficio, domiciliado enó calle Aranjuez Oriente N 444, comuna de Quilicura, por la cantidad de° 578,5439 UF por concepto de capital, m s los intereses pactados yá devengados, con costas. Indica que el ejecutado es deudor vencido de 2 pagar s, por montosé de capital equivalentes a 563,3139 UF y 15,2300 UF, suscritos el 5 de agosto de 2024 y con vencimiento para el d a 9 del mismo mes y a o. Laí ñ sumatoria de los montos de capital asciende a 578,5439 UF. Los pagar s est n suscritos por representanteé á s del ejecutante, quien a su vez act a en representaci n del deudor, en virtud de la cl usula 15 N 1,ú ó á ª ° 2 y 3 del Contrato de Apertura. El capital adeudado devengar a a contar del 9 de agosto de 2024 yí hasta la fecha de su pago efectivo, intereses a la tasa de inter s m ximaé á convencional vigente para operaciones de cr dito de dinero reajustables ené moneda nacional. En caso de mora o simple retardo en el pago del capital adeudado, se devengar a un inter s penal igual al inter s m ximo convencional que seaí é é á permitido estipular para operaciones en moneda nacional reajustables, que se encuentre vigente a la fecha en que se produzca la mora o simple retardo o la que se encuentre vigente al momento del pago de la obligaci nó adeudada en virtud de los pagar s. El inter s penal se calcular a sobre elé é í Código: VGTDXUEVNUT Este

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen dos Pagar s-Siní é Obligaci n de Protesto, Financiamiento de Estudios de Educaci n Superioró ó con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), suscritos el 5 deí agosto de 2024 por Hees Mauricio Viera Opazo en representaci n de laó ejecutante y esta a su vez, actuando como mandataria del ejecutado, por las sumas de 563,3139 UF y 15,2300 UF, pagaderas al 9 de agosto de 2024. Los pagar s é est n garantizados con la garant a estatal del Fisco deá í Chile, en conformidad a las disposiciones de la Ley N 20.027.° Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s el ejecutante acompa :á ñó - “Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deí é Educaci n Superior, con Garant a Estatal, Seg n Ley N 20.027ó í ú ° ”, firmado por el ejecutado. - informe de situaci n acad mica de 12 de septiembre de 2024,ó é emitido por la Comisi n Administradora del Sistema de Cr ditos paraó é Estudios Superiores, en el que consta el ejecutado egres el 30 deó septiembre de 2022 y, con ello, se dio inicio al per odo de servicio normalí Código: VGTDXUEVNUT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del financiamiento, gener ndose la obligaci n de pago del cr dito el 10á ó é de abril de 2024. TERCERO: Que en lo relativo a la excepci n de concesi n deó ó esperas y pr rroga del plazo, atendido lo dispuesto en el art culo 1698 deló í C digo Civil, tocaba al ejecutado acreditar los fundamentos de su defensa,ó lo que no hizo, por lo que ser desechada.á CUARTO: Que sobre la excepci n de falta de requisitos del t tuloó í para que tenga fuerza ejecutiva, basada en no estar suscrito el pagar por elé ejecutado, as como respecto del primer fundamento í de la excepci n deó nulidad, sustentada en que el ejecutante hizo uso abusivo del mandato conferido para suscribir los pagar s, excedi ndose en lo referente al montoé é adeudado, condiciones de pago y tasa de inter s aplicada, é ser ná desestimadas pues como se refiri en la motivaci n segunda, el ejecutadoó ó facult al ejecutante para que se firmaran pagar s ó é en su representaci n anteó notario p blico o autoriz ndose la firma ante notario p blico, constando enú á ú la cl usula 16 del contrato á ª las instrucciones para su llenado, las que no han sido desatendidas. QUINTO: Que en lo relativo al segundo argumento de la excepci nó de nulidad -constituir el cr dito con aval del Estado una grave violaci n aé ó los derechos de los consumidores y una inmoralidad deber tal cantidad de dinero para acceder al derecho constitucional a la educaci n- cabe se alaró ñ que los pagar s fueron suscritos de acuerdo con la normativa legal vigenteé que rige la materia, no siendo aplicable la regulaci n establecida para losó derechos de los consumidores, adem s de exceder á las alegaciones el mbitoá del presente juicio, por decir relaci n con pol ticas p blicas educacionales,ó í

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba.ó Por resoluci n de 2ó de mayo de 2025 se cit a las partes a o ró í sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que los t tulos ejecutivos lo constituyen dos Pagar s-Siní é Obligaci n de Protesto, Financiamiento de Estudios de Educaci n Superioró ó con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), suscritos el 5 deí agosto de 2024 por Hees Mauricio Viera Opazo en representaci n de laó ejecutante y esta a su vez, actuando como mandataria del ejecutado, por las sumas de 563,3139 UF y 15,2300 UF, pagaderas al 9 de agosto de 2024. Los pagar s é est n garantizados con la garant a estatal del Fisco deá í Chile, en conformidad a las disposiciones de la Ley N 20.027.° Las firmas del suscriptor est n autorizadas por notario p blico.á ú SEGUNDO: Que adem s el ejecutante acompa :á ñó - “Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deí é Educaci n Superior, con Garant a Estatal, Seg n Ley N 20.027ó í ú ° ”, firmado por el ejecutado. - informe de situaci n acad mica de 12 de septiembre de 2024,ó é emitido por la Comisi n Administradora del Sistema de Cr ditos paraó é Estudios Superiores, en el que consta el ejecutado egres el 30 deó septiembre de 2022 y, con ello, se dio inicio al per odo de servicio normalí Código: VGTDXUEVNUT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del financiamiento, gener ndose la obligaci n de pago del cr dito el 10á ó

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16482-2024 CARATULADO : TESORERIA GENERAL DE LA REP BLICA DEÚ CHILE/MORGADO Santiago, veintis is de mayo de dos mil veinticinco.é VISTOS: En presentaci n de ó 12 de septiembre de 2024 comparece el abogado Felipe Fr as Jones, mandatario judicial en representaci n convencional deí ó Banco Internacional, sociedad an

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