3º Juzgado de Letras de Copiapó

BRAVO/I MUNICIPALIDAD DE COPIAPO

Rol

C-748-2025

Fecha

26 de mayo de 2025

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, a folio 1 compareció don Jorge Roberto Bravo Rojo, Ecólogo Marino, Cédula Nacional de Identidad N° 13.868.109-2, domiciliado en El Solar del Bramador, parcela 32, Chamonate, Copiapó, e interpuso demanda de prescripción en contra de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, representada legalmente por don Maglio Cicardini Neyra, ambos con domicilio en calle Chacabuco 857, Copiapó, solicitando se declare la prescripción extintiva de la deuda por permisos de circulación correspondiente a los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, y 2022, que recae sobre el vehículo de su propiedad, Placa Patente PU 9127-1, por la suma de $1.263.909, con costas en caso de oposición. Expuso que, es propietario del vehículo, Placa Patente PU 9127-1, que corresponde a un automóvil marca Volkswagen modelo escarabajo 1.6, color plateado tornasol, año 1997 y según consta del documento que acompaña se adeuda el permiso de circulación desde el año 2009, por lo que solicita se declare prescrito el mencionado impuesto respecto de los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, por la suma total de $1.263.909 pesos, por cumplirse los presupuestos legales. Al efecto, citó los artículos 2497 y 2521 del Código Civil y artículo 12 del Decreto Ley 3063 sobre Rentas Municipales y jurisprudencia, para luego aseverar que se cumplen a cabalidad los requisitos para que opere la prescripción, habiendo transcurrido más de tres años sin que la I. Municipalidad de Copiapó haya intentado el cobro de su acreencia, por lo que procede que se declare la prescripción del permiso de circulación correspondiente a las épocas ya indicadas y pide así se declare. Código: XPFGXUEJWDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Admitida la demanda a tramitación, fue notificada legalmente la parte demandada como consta al folio 7. A folio 8, compareció don Luis González

Fundamentos

Considerando: 1°) Que, en lo sustancial, el demandante alegó prescripción de la acción de cobro municipal por permisos de circulación impagos, específicamente los correspondientes a los años 2009 a 2022, que gravan al vehículo PPU PU 9127-1 del cual es propietario. 2°) Que, la demandada compareció contestando la demanda y allanándose totalmente al libelo de prescripción extintiva de las acciones de cobro de la deuda de los permisos de circulación correspondiente a los años 2009 a 2022, del vehículo placa patente PU 9127-1 de propiedad del demandante. 3°) Atendido el allanamiento de la demandada, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se omitió el trámite de recibir la causa a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. 4°) Que, para amparar su pretensión, a folio 1, la demandante acompañó los siguientes documentos no impugnados dentro del plazo legal: a. Certificado de inscripción y anotaciones vigentes del vehículo Placa Patente PU 9127-1. b. Ficha del vehículo en la que consta los permisos de circulación impagos. 5°) Que, con el mérito de los documentos acompañados por el actor, en especial del Certificado de Inscripción emanado del Servicio de Registro Civil e Identificación, es posible tener por acreditado que el vehículo tipo Automóvil, Marca Volkswagen, modelo Escarabajo 1-6, año 1997, Plateado Tornasol, placa patente PU 9127-1, figura inscrito a nombre de don Jorge Roberto Bravo Rojo, al 28 de marzo de 2025, apareciendo como fecha de adquisición el 16 de enero de 2025. Asimismo, conforme a la ficha de vehículo emanada de la I. Municipalidad de Copiapó que da cuenta de la deuda vigente, unido al reconocimiento y allanamiento expreso de la demandada, es posible dar por acreditado que Código: XPFGXUEJWDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl respecto del vehículo Placa Patente única PU-9127-1, se adeudan los períodos comprendidos entre el 31 de marzo de 2009 al el 31 de marzo de 2022 inclusive, por concepto de permiso de circulación, por el monto total de $ 1.263.909. 6°) Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2521 del Código Civil, “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos”. A su vez, la calidad de impuesto del permiso de circulación, fluye de lo dispuesto en el Decreto 2385 del Ministerio del Interior que “Fija texto refundido y sistematizado del Decreto Ley N° 3063, de 1979, sobre Rentas Municipales”, al referirse a los “impuestos municipales” , y del artículo 12 de dicho texto legal, en cuanto dispone: “Los vehículos que transitan por las calles caminos y vías públicas en general, estarán gravados con un impuesto anual por permiso de circulación, a beneficio exclusivo de la Municipalidad respectiva, conforme a las siguientes tasas:…” De lo anterior, se colige que al tratar al permiso de circulación que deben pagar los vehículos

Fallo

se resuelve: I.- Que se acoge la demanda deducida por don Jorge Roberto Bravo Rojo, en contra de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, y se declara prescrita la acción de la demandada para perseguir el cobro de los permisos de circulación, correspondientes al vehículo Placa Patente Única PU 9127-1, tipo Automóvil, Marca Volkswagen, modelo Escarabajo 1-6, año 1997, Plateado Tornasol, devengados entre el 31 de marzo de 2009 y el 31 de marzo de 2022 inclusive. II.- Que no se condena en costas a la demandada por haberse allanado a la demanda. Regístrese, notifíquese por cédula y archívese en su oportunidad. Rol C 748-2025 Dictada por doña Alejandra Jimena Orellana Negrez, Juez Titular. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Copiapó, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. Código: XPFGXUEJWDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2025-05-26T12:57:54-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Copiapº ó CAUSA ROL : C-748-2025 CARATULADO : BRAVO/I MUNICIPALIDAD DE COPIAPO Copiapó, veintiséis de mayo de dos mil veinticinco. Vistos: Que, a folio 1 compareció don Jorge Roberto Bravo Rojo, Ecólogo Marino, Cédula Nacional de Identidad N° 13.868.109-2, domiciliado en El Solar del Bramador, parcela 32, Chamonate, Copiapó, e inter

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