VALDÉS/EMPRESA DE TRANSPORTES LINATAL LIMITADA
Rol
M-1686-2024
Fecha
27 de marzo de 2025
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. Existencia de la relación laboral con inicio el 9 de agosto del 2021. 2. Los servicios prestados por el demandante en calidad de cumplimiento de funciones de descarga, cobrador y recaudador de boletos. 3. El despido ocurrido el 2 de septiembre del 2024, por la causal del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de obligaciones que impone el contrato de trabajo. 4. Monto de la remuneración del actor a la fecha del despido que asciende la suma de $921.761. 5. Que se le adeuda al trabajador remuneraciones y feriado proporcional. · Parte Demandante: Repone último punto en relación al monto señalado. · Tribunal: Se Acoge, se modifica punto. CAUSA A PRUEBA: 1. Hechos y
Fundamentos
fundamentos de la comunicación de despido y la efectividad de configurarse el incumplimiento grave que se atribuye al trabajador, de obligaciones del contrato de trabajo. 2. Montos adeudados por concepto de remuneraciones y feriado proporcional. 3. Efectividad de adeudarse semana corrida y gratificación legal en los términos alegados en la demanda. En su caso, montos y periodos adeudados. 4. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social del demandante por concepto de diferencias en el cálculo de la semana corrida. TRIBUNAL ADMITE LA SIGUIENTE PRUEBA OFRECIDA POR LAS PARTES. DEMANDADA OFRECE E INCORPORA: Documental: Minuta folio 49 1. Contrato de Trabajo de fecha 09 de agosto de 2021 y anexos entre Empresa de Transportes Linatal Ltda. y don Aníbal Valdés de fecha 01 de enero de 2022, 01 de mayo de 2022, 01 de septiembre de 2023 y 10 de julio de 2024. 2. Recepción del Reglamento Interno a fecha 09 de agosto de 2021. 3. Carta de aviso de Término de Contrato de fecha 02 de septiembre de 2024 y comprobante de envío por Correos de Chile de fecha 03 de septiembre de 2024. 4. Comprobante de Carta de Aviso de Terminación del Contrato de Trabajo ante la Dirección del Trabajo de fecha 03 de septiembre de 2024. 5. Finiquito del ex trabajador de fecha 09 de septiembre de 2024 y detalle respectivo. 6. Liquidaciones de sueldo de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre del año 2024. 7. Certificado de Pagos de Cotizaciones Previsionales desde agosto de 2021 a septiembre de 2024. 8. Carta de amonestación a don Aníbal Valdés de fecha 04 de enero 2024 y comprobante de constancia laboral ante la DT a fecha 05 de enero 2024. 9. Carta de amonestación verbal con toma de conocimiento a don Aníbal Valdés de fecha 23 de abril de 2024 e informe de asistencia mensual de abril 2024. 10. Carta de amonestación verbal con toma de conocimiento a don Aníbal Valdés de fecha 30 de mayo e informe de asistencia mensual mayo 2024. 11. Correo del departamento de tráfico a gerencia informando ausencia sin justificativo de don Aníbal Valdés, de fecha 10 de junio 2024. 12. Carta de amonestación a don Aníbal don Aníbal Valdés de fecha 10 de junio de 2024 y comprobante de constancia laboral ante la DT a fecha 12 de junio 2024. 13. Carta de amonestación a don Aníbal don Aníbal Valdés de fecha 14 de junio de 2024 y comprobante de constancia laboral ante la DT a fecha 17 de junio 2024. 14. Informe de supervisión N° 13 emitido por el supervisor de cámaras de fecha 24 de julio de 2024. 15. Correo instructivo de gerencia al jefe de Recursos Humanos donde solicita amonestación a don Aníbal Valdés de fecha 24 de julio de 2024. 16. Carta de amonestación a don Aníbal don Aníbal Valdés de fecha 24 de julio de 2024 y comprobante de constancia laboral ante la DT a fecha 30 de julio 2024. 17. Parte N° 0018612, carátula N° 236980 cursado a don Aníbal Valdés por el Inspector de Ruta don Miguel Felice a fecha 28 de agosto de 2024. 18. R
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 162 y siguientes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, SE ACOGE la demanda presentada por Aníbal Alonso Valdés Sánchez en contra de la empresa de Transportes Linatal Limitada, solo en cuanto se declara que su despido es injustificado y se condena a la demandada a pagar las siguientes prestaciones: a) La suma de $921.761, por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) La suma de $2.765.283, por concepto de indemnización por 3 años de servicios. c) La suma de $2.212.226, por concepto del incremento legal del 80% sobre la indemnización por año de servicios. d) La suma de $22.979, por concepto de remuneraciones de septiembre del 2024. e) La suma de $1.328.110, por concepto de feriado proporcional. II. Que, se desestima en todo lo demás la referida demanda. III. Que, las sumas antes señaladas deberán ser pagadas con más los reajustes e intereses que contempla los artículos 63 o 173 del Código del Trabajo, según corresponda. IV. Que, no se condena en costas a la parte demandada por no haber sido totalmente vencida. Regístrese y archívese Quedan notificados personalmente. Dictada por don RODRIGO HERNAN VERA GARCIA, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes.
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA DE CONCILIACIÓN, CONTESTACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada semipresencial) FECHA 27 de Marzo de 2025 RUC 24-4-0628558-4 RIT M-1686-2024 Registro MAGISTRADO RODRIGO HERNAN VERA GARCIA De Audio ADMINISTRATIVO DE ACTAS Leslie Poulette Schulz Durán Remoto 2 HORA DE INICIO 11:14 horas HORA DE TERMINO 13:12 horas Nº REGISTRO DE A
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